viernes, 31 de agosto de 2012

INCUCAI: SE APRUEBA AMPLIACIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA AL SEGUIMIENTO POST TRASPLANTE

Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante
REGISTRO NACIONAL
DE PROCURACION Y TRASPLANTE
Resolución 335/2012
Apruébase la ampliación de la información relativa al seguimiento post trasplante.
Bs. As., 21/8/2012
VISTO el Expediente Nº 1-2002-4638000479/11-0 del registro de este INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI), la Ley Nº 26.066, el Decreto Nº 1071/07 del P.E.N. la Resolución M.S. Nº 1676/07 y las Resoluciones INCUCAI Nº 117/04 y 116/05, y
 CONSIDERANDO:

jueves, 30 de agosto de 2012

LOS EXPERTOS ASEGURAN UN ENVEJECIMIENTO DE LA POBLACIÓN AÚN MÁS DRÁSTICO DEL ESPERADO PARA 2100

MADRID, 21 Ago. (EUROPA PRESS) -
   El envejecimiento de la población será aún más drástico del esperado para 2100, tal y como han explicado investigadores de la Universidad de Washington (Estados Unidos) y de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Así, según un nuevo modelo estadístico desarrollado por ambas instituciones, el número de personas de más de 85 años será más cuantioso del esperado al cumplirse el primer siglo del nuevo milenio.
   De esta forma, este trabajo publicado en la revista PNAS, y recogido por la Agencia SINC, concluye que en las próximas décadas disminuirá de forma drástica el número de personas en edad de trabajar, lo que "supondrá un detrimento del apoyo a los programas de seguridad social para mayores", manifiestan los especialistas.

ESPAÑA: MÁS DE 1.700 PROFESIONALES SANITARIOS SE DECLARAN OBJETORES PARA SEGUIR ATENDIENDO A LOS "SIN PAPELES"

SemFYC propone a Sanidad que elabore un paquete básico de servicios para este colectivo

   MADRID, 30 Ago. (EUROPA PRESS) -
   Un total de 1.731 profesionales sanitarios de toda España, la mayoría médicos de Atención Primaria, han mostrado su intención de recurrir a la objeción de conciencia para poder atender a los inmigrantes irregulares o 'sin papeles' a partir del 1 de septiembre, cuando entra en vigor la norma del Ministerio de Sanidad por la que pierden su derecho a tener una tarjeta sanitaria. 

SE APRUEBA EL TARIFARIO MÉDICO PREVISIONAL POR LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Disposición 2/2012
Apruébase el “Tarifario Médico Previsional”.
Bs. As., 23/8/2012
VISTO el Expediente N° 10.809/11 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 24.241, N° 24.557 y N° 26.425, los Decretos N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994 y N° 2.104 de fecha 4 de diciembre de 2008, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) N° 384 de fecha 17 de mayo de 1996, N° 32 de fecha 8 de mayo de 1998, la Resolución S.R.T. N° 772 de fecha 29 de julio de 2009, las Disposiciones de la Gerencia Médica (G.M.) N° 3 de fecha 26 de agosto de 2011, N° 1 de fecha 14 de marzo de 2012, y CONSIDERANDO: Que a través del artículo 51 de la Ley N° 24.241 se crearon las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central.

miércoles, 29 de agosto de 2012

martes, 28 de agosto de 2012

MEDICINA FORENSE: LOS OBLITOS QUIRÚRGICOS


 Fuente: http://www.csjn.gov.ar/cmfcs/cuadernos/2_1_43.htm

OBLITOS QUIRÚRGICOS
ASPECTOS MEDICO LEGALES Y ETICOS
RESEÑA JURISPRUDENCIAL
Por José Luis Lupi, José Luis Divito y Carlos Fernando Leoncio Poggi


I.- Introducción
Los oblitos son un motivo de permanente preocupación en todos los ambientes quirúrgicos. El avance tecnológico en lo que hace a procedimientos invasivos en hemodinamia, cirugías endoscópicas y recursos técnicos automáticos para la práctica de la cirugía convencional; ha condicionado un incremento en la frecuencia de esta contingencia, con respecto de los textilomas y oblitos tradicionales(21). En nuestro medio, distinguidos cirujanos y académicos se han ocupado en numerosas publicaciones y ponencias(1-5-6-15-16-20-21) de estudiar su incidencia, sus formas clínicas, sus posibilidades y oportunidad diagnóstica, su tratamiento, y asimismo las medidas profilácticas para tratar de evitarlos.
Las nefastas consecuencias reconocidas y la elevada morbimortalidad de los oblitos, que registran todos estos trabajos; han generado desde siempre cuestionamientos a la responsabilidad profesional del cirujano. Quienes nos movemos cotidianamente en un ambiente quirúrgico, convivimos con la factibilidad tangible de que ocurra este incidente. Situación que por otra parte, no ha sido ajena a cirujanos experimentados, capaces y precavidos. Sin embargo para el común de la gente, el tomar conocimiento de la existencia de un oblito y la casi segura reintervención consecuente para solucionarlo; no deja de ser una circunstancia que siempre va a llevar implícita una actitud desaprensiva o negligente del operador, y por ende pasible de sanción y reparación por la vía judicial.

ESPAÑA: EL SUPREMO RECHAZA QUE SE INDEMNICE A UNA MADRE A QUIEN NO SE LE DETECTÓ QUE SU HIJO TENÍA SÍNDROME DE DOWN


Fuente_ jano.es 
La mujer tenía 34 años y ocho meses en el momento de la gestación, y los protocolos médicos no recomiendan la amniocentesis hasta los 35.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por unos padres que reclamaban ser indemnizados por la administración sanitaria madrileña, al no haberse detectado en su hijo el síndrome de Down antes de nacer. La mujer no había sido sometida a una amniocentesis debido a diversos factores, entre ellos la edad.

EL CONSUMO HABITUAL DE MARIHUANA ANTES DE LOS DIECIOCHO AÑOS MERMA LA INTELIGENCIA

Fuente: jano.es
El seguimiento de casi un millar de neozelandeses desde el nacimiento hasta los 38 años muestra que los consumidores habituales de esta sustancia presentan una pérdida media de ocho puntos de cociente intelectual. 
El consumo persistente de marihuana antes de los 18 años causa daños duraderos en la inteligencia, la atención y la memoria, según asegura un estudio de un equipo internacional de investigadores cuyos resultados se publican en la revista Proceedings of the National Academy of Sciences (PNAS).

FALLO CELIAQUIA


CELIAQUÍA. Menor celíaca. Obra social. Negativa de cobertura. Ley 9938 de Entre Ríos. Ley Nacional 26588. Falta de reglamentación. Aplicación al caso. Procedencia de la demanda.
El accionar de la obra social demandada, al denegar la prestación aduciendo que no se ha reglamentado lo dispuesto en las leyes respectivas (art. 3, Ley 9938 de Entre Ríos y art. 9, Ley 26588), siendo que el resultado que emana de la armonización de las disposiciones aplicables no necesita interpretación alguna, convirtiéndose en directamente operativo y exigible, lleva a concluir que la omisión de cobertura deviene manifiestamente arbitraria e ilegítima. Ello así, se revoca el fallo en crisis denegatorio del amparo y se condena a la obra social demandada a cubrir el 100 % de las harinas y premezclas libres de gluten, por reintegro, en el plazo de cinco días de presentados los tickets correspondientes.


Marrama de Gamberini, Paola Leonor y otro vs. Osde s. Acción de amparo
STJ Entre Ríos, 19/04/2010

ACUERDO:
En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los diecinueve días del mes de abril de dos mil diez, reunidos en el Salón de Acuerdos los Sres. miembros de la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, a saber: Presidente Dr. DANIEL OMAR CARUBIA y los Vocales Dres. CLAUDIA MÓNICA MIZAWAK y CARLOS ALBERTO CHIARA DIAZ, asistidos de la Secretaria autorizante fueron traídas para resolver, las actuaciones caratuladas: "MARRAMA DE GAMBERINI, Paola Leonor y otro c/ OSDE s/ ACCIÓN DE AMPARO".
Practicado el sorteo de ley resultó que la votación debía tener lugar en el siguiente orden: Sres. Vocales Dres. MIZAWAK, CHIARA DIAZ y CARUBIA.
Examinadas las actuaciones, el Tribunal planteó las siguientes cuestiones a resolver:
PRIMERA CUESTIÓN: ¿Existe nulidad?
SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué cabe resolver?
A LA PRIMERA CUESTIÓN PLANTEADA LA SEÑORA VOCAL DRA. MIZAWAK, DIJO:
El recurso de apelación en contra de la sentencia de amparo, de acuerdo a lo normado por el art. 16º de la Ley Nº 8369, importa también el de nulidad.

LEY NACIONAL DE CELIAQUIA


Ley Celíaca Nacional en el Boletín Oficial del 31/12/2009
SALUD PUBLICA

Ley 26.588
Declárase de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca.
Sancionada: Diciembre 2 de 2009
Promulgada de Hecho: Diciembre 29 de 2009


RECHAZAN ACCION DE AMPARO PARA REAFILIAR A PACIENTE ONCOLÓGICO A EMPRESA DE MEDICINA PREPAGA

Fuente: abogados.com


La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal rechazó una acción de amparo promovida con el fin de obtener la reafiliación de los actores a una empresa de medicina prepaga que los había dado de baja por falta de pago, al considerar que si bien la parte actora se encontraba bajo control oncológico y cardiológico, no se habían agregado indicaciones de los médicos tratantes que indiquen algún tratamiento o la aplicación de medicamentos de manera urgente.

lunes, 27 de agosto de 2012

EL MOVIMIENTO DENTRO DE UNA NEURONA , VISTO COMO NUNCA ANTES

 Fuente: lanacion.com
Una nueva técnica de registro de imágenes le ha permitido a un grupo de científicos de Estados Unidos grabar el movimiento de proteínas en el interior de una neurona humana.
Usando proteínas bioluminiscentes de una medusa, lograron "iluminar" el interior de la célula nerviosa y captar espectaculares imágenes en las que se puede ver el movimiento de las proteínas en su labor de renovación de la estructura celular.
"Tu cerebro está siendo montado y desmontado todos los días", explicó Don Arnold, profesor asociado de biología computacional y molecular de la Universidad del Sur de California. "En una semana desde hoy, tu cerebro estará hecho de proteínas completamente distintas a las de hoy", aclaró. "Este video muestra el proceso. Sabíamos que esto pasaba, pero ahora podemos verlo pasar".

Cómo se regenera el cerebro

La nueva técnica utilizada en este experimento intenta mostrar cómo las proteínas son dirigidas a uno de los dos tipos de compartimentos existentes en una neurona: el axón y las dendritas.
El axón es la región de la célula responsable de transmitir señales eléctricas a otras células, mientras las dendritas reciben las señales de otras células.
"Durante décadas se ha sabido que las proteínas se dirigen específicamente a un compartimento u otro. Sin embargo, no podíamos entender cómo sucedía esta redirección hasta que pudimos ver a las proteínas viajando de un compartimento a otro", dijo Sarmad Al-Bassam, estudiante de doctorado y autor principal del artículo que presentó el proyecto en la revista Cell Reports.
Desde mediados de 1990, los científicos han sido capaces de iluminar proteínas en el interior de las células, incluyendo neuronas. Lo hicieron incorporando una proteína aislada de una medusa, conocida como proteína verde fluorescente, que emite un brillo verdoso cuando se le expone a luz azul.

DESARROLLAN UNA NUEVA TÉCNICA PARA TRATAR LOS DERRAMES CEREBRALES

 Fuente: miradaprofesional.com
Investigadores de la Universidad de California han descubierto una nueva técnica basada en la extracción de coágulos de sangre mediante pequeñas redes que puede convertirse en un futuro tratamiento para pacientes que han sufrido un derrame cerebral, según dos estudios publicados en 'The Lancet'.
Los coágulos bloquean los vasos sanguíneos evitando que el oxígeno llegue al cerebro, lo que genera síntomas como parálisis o pérdida de la capacidad del habla.

viernes, 24 de agosto de 2012

ULTIMAS VACANTES!!


CURSO INTRODUCTORIO SOBRE MEDICAMENTOS Y SU REGULACIÓN JURÍDICA
A dictarse en   3   módulos de 3 hs cada uno, los días…6- 13 y 20/9……. De 17 a 20 hs.
INICIO: Mes de Setiembre

MÓDULO I   6/9
Marco legal y regulatorio del medicamento y de las autoridades sanitarias
La investigación clínica: aspectos éticos y jurídicos.
MÓDULO II 13/9
El mercado de medicamentos en Argentina. Medicamentos innovadores. Las patentes
Leyes 24.481 y 24.766. El Acuerdo Adpic. El rol de la O.M.C.
MÓDULO III 20/9
Los medicamentos ilegítimos. El rol de la ANMAT como autoridad de fiscalización y contralor. El sistema nacional de trazabilidad como respuesta al problema.
Los amparos por provisión de medicamentos. La responsabilidad de los laboratorios elaboradores por los efectos adversos.
DOCENTES:
Dra. María Cristina Cortesi. Vicepresidenta de la Comisión de Derecho Sanitario
Dr. Sergio Iribarren Pugach. Presidente de la Comisión de Derecho Sanitario
Dr. Ariel Manoff. Presidente de la Comisión de Derecho de la Propiedad Industrial
ORGANIZA
Comisión de Derecho Sanitario
Arancel: $290.-  $130.- socios AABA
Informes e Inscripción:
Uruguay 485 – 3 piso – CABA – TE 4371-8869 de 10 a 19 hs.

EN 2100 LA POBLACIÓN MUNDIAL HABRÁ ENVEJECIDO DRÁSTICAMENTE

 Fuente: miradaprofesional.com
Un nuevo modelo estadístico desarrollado por investigadores de la Universidad de Washington (EE UU) y las Naciones Unidas predice que en 2100 el número de personas de más de 85 años aumentará en todo el mundo más de lo estimado hasta el momento, por lo que habrá un menor número de adultos en edad de trabajar para apoyar a los jubiladosEsta tendencia general afectará tanto a los países en desarrollo como a los actuales países desarrollados
Los resultados de un estudio publicado por investigadores de la Universidad de Washington y las Naciones Unidas en la revista PNAS concluyen que en las próximas décadas disminuirá de forma drástica el número de personas en edad de trabajar, lo que supondrá un detrimento del apoyo a los programas de seguridad social para mayores.

jueves, 23 de agosto de 2012

FALLO: ABLACIÓN Y TRASPLANTE DE RIÑÓN A PERSONA SIN VÍNCULO FAMILIAR CON EL DONANTE



TRANSPLANTES DE ORGANOS.
Fuente_ : Medical-Lex JJ 10390
DEMANDA QUE BUSCA LA AUTORIZACION JUDICIAL PARA LA ABLACION DE UN RIÑON Y SU TRASPLANTE A PERSONA QUE NO POSEE VINCULO FAMILIAR CON EL DONANTE. LEY 24.193 DE TRANSPLANTES DE ORGANOS. ARTICULO 15. DELIMITACION LOS CASOS CONDICIONANDOLOS A CIERTAS RELACIONES ENTRE EL DADOR Y EL RECEPTOR DEL ORGANO Y AL INDISPENSABLE DICTAMEN PROPICIO DEL EQUIPO MEDICO. RECURRIMIENTO A LA ACCION JUDICIAL CIVIL (ART. 56 Y C.C.). GRATUIDAD DEL ACTO. ACTO VOLUNTARIO DEL DADOR. CONSENTIMIENTO INFORMADO DEL DADOR Y EL RECEPTOR. INFORME MEDICO FAVORABLE. ACOGIMIENTO DE LA DEMANDA.

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina a los. 14 días del mes de mayo de dos mil doce, reunidos en acuerdo los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Buenos Aires, 30 de julio de 2012.
Vistos los autos: "Mihanovich Sandra s/ Sumarísimo ley 24.193" que se encuentran para dictar sentencia, de los que RESULTA: 1) Que a fs. 9/57 se presenta la actora Srta. Sandra Mihanovich con su letrada patrocinante, solicitando la autorización judicial para donar un riñón a su ahijada, S. O. O. "…sorteando la prohibición genérica determinada por el artículo 56 y cctes. del la Ley Nacional de Transplantes..." pues –indica- carece del vínculo parental que determina la ley de Transplantes de Órganos 24.193 entre los familiares donantes vivos.
Explica los motivos que la llevaron a tomar tal determinación y sus vínculos afectivos con S. O. y con la familia de ésta.
Indica que se ha efectuado todos los exámenes y controles médicos para determinar la compatibilidad y evitar el rechazo del órgano.
Ratifica su voluntad de donar uno de sus riñones a S. O. O. y dice estar plenamente informada respecto de que su salud y su vida no corren peligro más allá de los riesgos lógicos y habituales de una intervención quirúrgica con anestesia general, como así también que la ablación – implante será llevada a cabo por el Dr. F. C. y su plantel médico del Hospital Alemán.
Pone de relieve que su decisión es libre y absolutamente voluntaria.
Funda en derecho su petición y ofrece prueba.
2) A fs. 44/46 se lleva a cabo la audiencia prevista en el art. 56 de la ley 24.193, a la que asisten la Srta. Sandra Mihanovich; la Sra. S. O. O.; el Sr. Fiscal Federal y los peritos médicos –clínico y psiquiatra- y el asistente social designados por el Juzgado y los representantes del INCUCAI.
A fs. 56/57 obra el informe del Sr. asistente social y a fs. 79/81 los de los Sres. peritos médicos. A fs. 59/62 se encuentran agregadas las declaraciones testimoniales ofrecidas por la solicitante. También luce agregado el informe elaborado por el Dr. F. C., médico tratante de la Sra. S. R. O..
A fs. 93/100 dictamina el Sr. Fiscal Federal y, CONSIDERANDO: Interpretación del marco legal de las daciones de órganos para transplantes entre personas vivas: I) Que el artículo 15 de la ley 24.193 establece que "sólo estará permitida la ablación de órganos o materiales anatómicos en vida con fines de transplante sobre una persona capaz mayor de dieciocho (18) años quien podrá autorizarla únicamente en caso de que el receptor sea su pariente consanguíneo o por adopción hasta el cuarto grado, o su cónyuge, o una persona que, sin ser su cónyuge, conviva con el donante en relación de tipo conyugal no menos antigua de tres (3) años, en forma inmediata, continua e ininterrumpida. Este lapso se reducirá a dos (2) años si de dicha relación hubiesen nacidos hijos". 

viernes, 17 de agosto de 2012

FALLO CONENANDO A O.S. POR DAÑO MORAL POR MORDEDURA DE PERSONA VIVIENDO CON HIV


Y VISTOS: Estos autos caratulados “........ C/ OBRA SOCIAL
PARA EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCIÓN S/ DAÑOS Y
PERJUICIOS”, de los cuales,
RESULTA:
-AA
fs.19 a 29 se presenta ER promoviendo demanda por daños y perjuicios contra “OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA CONSTRUCCIÓN” por la suma de $876.928 y/o lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse, con más sus intereses y costas. La pretensión deducida se basa en el carácter de empleador y por omitir el deber de cuidado y seguridad a su respecto.
Destaca que es de profesión médico y que el día 24 de septiembre de 2007 se encontraba prestando sus funciones, o sea, atendiendo a pacientes en el Centro de Atención Médica Primaria de la Obra Social de la Construcción, sito en la localidad de San Martín, Pcia. de Buenos Aires.
En tales circunstancias, se presentó para una consulta una paciente de nombre NR, acompañada de su esposo. Al ingresar al consultorio la pareja comenzó a discutir.
Intentó disminuir el nivel de agresión entre ambos, pero no lo logró.
Le pidió al marido que se retirara, pero se negó , motivo por el cual solicitó personal de seguridad, pero no existe dicho personal las 24 horas. Al solicitarle nuevamente que se retirara y tras continuas agresiones el esposo le mordió el pulgar y la pareja huyó.

jueves, 16 de agosto de 2012

MISTERIO EN CÓRDOBA: IMPUTARON A UN MÉDICO POR LA MUERTE DE DOS PACIENTES


Fuente: clarin.com

Por Gustavo Molina

Una enfermera denunció que vio cuando les inyectó potasio. Y que aunque eran casos terminales, eso les habría provocado la muerte. El acusado la desmintió y dijo que sólo les suministró sedantes.
Cordoba. Corresponsalia - 16/08/12
Tras dos semanas de investigación, el fiscal de Río Cuarto, Javier Di Santo, imputó en las últimas horas a un médico por la muerte de dos pacientes de terapia intensiva de una clínica privada de Río Cuarto, a los que habría matado inyectándole una sobredosis de potasio, según denunció una enfermera. La imputación legal es “homicidio calificado por alevosía en grado de sospecha leve”.
El martes 31 de julio, Roque Centeno (67) y Ana Amaya de Campos (42) murieron cerca de las 20 en la unidad de terapia intensiva (UTI) de la Clínica Regional del Sud de Río Cuarto, con una diferencia de pocos minutos.
Al otro día, la enfermera E.B. (45) fue a la Policía y denunció que el jefe de la UTI, Martín Isa, les había inyectado a los pacientes Centeno y Amaya tres frascos de potasio, que les causaron la muerte . La declaración de unas tres horas de duración abundó en detalles. El hombre fallecido, estaba internado desde el 8 de julio con un accidente cerebro-vascular (ACV), mientras que la mujer padecía de lupus. Ambos estaban en estado de coma.
E.B. refirió además en su declaración que tras la muerte de los pacientes, discutió acaloradamente con el médico Isa por lo que había sucedido. Trascendió que la mujer le reprochó al médico porque las inyecciones de potasio habían sido mortales y éste le habría respondido: “¿Para qué les iba a prolongar más la agonía?.
Tras recibir la denuncia, el fiscal Di Santo ordenó una serie de actuaciones que incluyeron retirar ambos cuerpos mientras los estaban velando sus familiares para que se le realizaran las autopsias y otros estudios anatomopatológicos para determinar la existencia de potasio en sangre o tejidos de vísceras. Esos estudios, que se realizan en el Laboratorio Genético de Policía Judicial de Córdoba, estarán listos recién la semana próxima.

UN ANÁLISIS DE SANGRE PODRÍA DESVELAR SI UNA MUJER ESTÁ SIENDO MALTRATADA

 Fuente: miradaprofesional.com
Investigadoras de la Universidad de Sevilla han demostrado que el nivel de hormonas, como la oxitocina, la prolactina o el cortisol, se ve alterado en la mujer cuando es sometida a una situación de estrés prolongado extremo como el producido por la violencia de género. El estudio señala que con un simple análisis de sangre se podrían obtener datos “fiables y objetivos” para demostrar que una mujer está siendo maltratada.
Un proyecto llevado a cabo por las ofesoras del departamento de Fisiología de la Universidad de Sevilla, Susana Pilar Gaytán, Ana María Gómez y María Rosario Pásaro, y la estudiante Johanna Roxy Fernández, ha puesto de manifiesto que el nivel de ciertas hormonas, como la oxitocina, la prolactina o el cortisol, se ve alterado en la mujer cuando es sometida a una situación de estrés prolongado extremo como el producido por la violencia de género. "Incluso cuando la violencia cesa no vuelven a la normalidad de forma inmediata", señala el estudio.

NUEVA NORMATIVA PARA HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS PARA TRASPLANTE

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
Resolución 294/2012
Apruébanse las Normas para Habilitación y Rehabilitación de Establecimientos Asistenciales y Equipos de Profesionales, para la Movilización, Recolección, Criopreservación y Trasplante de Células Progenitoras Hematopoyéticas.
Bs. As., 9/8/2012
VISTO el expediente Nº 1-2002-4638000237/12-5 y las funciones asignadas a este INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI) por la Ley Nº 24.193 (t.o. Ley Nº 26.066) y Decreto Nº 512/95 (t.o. Decreto Nº 1949/06), y CONSIDERANDO: Que se ha procedido a la revisión de los requerimientos actualmente vigentes en relación a las prácticas de movilización, recolección, criopreservación y trasplante de células progenitoras hematopoyéticas (CPH), entendiendo como tal a la infusión de dichas células provenientes de: médula ósea, sangre periférica y cordón umbilical. Que como consecuencia de tal revisión, resulta necesario actualizar las disposiciones relativas a la habilitación y rehabilitación de establecimientos asistenciales, como así también de los equipos de profesionales que realizan dicha Práctica, introduciendo modificaciones en materia de recursos físicos, tecnológicos y humanos que garanticen resultados terapéuticos adecuados. Que en dicho marco, se ha considerado la necesidad de introducir nuevos criterios para la evaluación y reacreditación periódica, según los resultados terapéuticos, de los mencionados establecimientos asistenciales y equipos de profesionales. Que han sido consultados para el proceso de revisión normativa, la Sociedad Argentina de Trasplantes; la Sociedad Argentina de Hematología: la Sociedad Argentina de Histocompatibilidad e Inmunogenética y la Asociación Argentina de Hemoterapia e Inmunohematología. Que el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH), la Dirección Científico Técnica y el Departamento de Asuntos Jurídicos, han tomado la intervención de su competencia. Que canalizando el asesoramiento del Consejo Federal de Salud (CO.FE.SA.) previsto en el inciso b) del artículo 44 de la Ley 24.193 y Decreto Nº 512/95, la Comisión Federal de Trasplante ha tomado la intervención correspondiente. Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio en sesión ordinaria de fecha 09 AGO 2012, conforme surge del texto del Acta Nº 26. Que se actúa en el marco de las competencias asignadas por el artículo 44 de la Ley Nº 24.193 y Decreto Nº 512/95.

martes, 14 de agosto de 2012

FALLO ORDENANDO A MUTUAL A CUBRIR 100% HORMONA POR CONSIDERARLA INCLUIDA ENTRE LAS ENTIDADES QUE DEBEN PRESTAR EL PMO

L. M. N. y otro c/ Obra Asist. Mutual de los agentes municipales
| Partes: L. M. N. y otro c/ Obra Asist. Mutual de los agentes municipales s/ amparo
 Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata Fecha: 24-may-2012 Cita: MJ-JU-M-73561-AR | MJJ73561 | MJJ73561

 Se ordena a la mutual demandada cubrir el 100% de la hormona Somatotrofina, por considerársela incluida dentro las entidades que prestan servicios médicos que deben cumplir con las mismas prestaciones que las obras sociales.

RECHAZAN MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA SOCILITADA CONTRA PREPAGA ANTE EL AUMENTO DE LA CUOTA POR LA EDAD DE AFILIADO


 Fuente: abogados.com
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió rechazar una medida cautelar innovativa solicitada contra una empresa de medicina prepaga ante el incremento de la cuota por edad del afiliado, teniendo en cuenta el largo tiempo transcurrido desde que se habría efectuado el aumento de la cuota médico asistencial respecto del actor, lo que desdibuja el peligro en la demora invocado.

En la causa “Campolonghi Roberto c/ Staff Médico S.A. s/ ordinario, incidente de apelación”, la demandada apeló la resolución del juez de grado que admitió la pretensión cautelar y dispuso que debía abstenerse de continuar aplicando a la cuota médico asistencial correspondiente al actor cualquier adicional por franja etaria y /o incrementos inconsultos y no autorizados.

miradaprofesional | Genera dudas supuesta compra millonarios de medicamentos del ministerio de Salud nacional

EL FUTURO DE LA SEGURIDAD SOCIAL: SECTORES GREMIALES RECLAMAN POR FONDOS DE OBRAS SOCIALES

 Fuente: miradaprofesional.com
BUENOS AIRES, agosto 14: La CGT de Hugo Moyano y un sector de la CTA afirmaron que esta semana renovarán la ofensiva para que el gobierno salde las millonarias deudas con sus obras sociales. Le apuntan al APE y la Superintendencia de Salud. Podrían generar protestas en conjunto.
Es un tiempo complicado para la seguridad social en la Argentina. A los problemas de financiamiento que sufren las obras sociales públicas, muchas de ellas con un virtual corte de servicios, se le suman las enormes deudas que distintos gremios denuncian tiene el Estado con sus sistemas de atención sanitario. Por eso, desde distintos sectores adelantan que se vienen tiempos complicados para los afiliados. Varios gremios ya comienzan a presionar para recuperar los fondos necesarios para una mejor atención. Todos apuntan a la Administración de Programas Especiales (APE), recientemente absorbida por al Superintendencia de Servicios de Seguridad (SSS), y que maneja millonarios fondos para medicamentos de alta complejidad. La pelea puede pasar al plano político por la pelea entre el gobierno y la CGT.

UN AVANCE PLATENSE PARA MEJORAR LA FERTILIZACIÓN ASISTIDA


Es un trabajo realizado por investigadores locales que apunta a aumentar las tasas de embarazos y disminuir los nacimientos múltiples. Recibió un importante premio internacional
FUENTE: www.eldia.com.ar

Científicos de la Universidad Nacional de La Plata (Unlp) recibieron una distinción internacional por un innovador proyecto en fertilización asistida que con una metodología no invasiva y de bajo costo podría aumentar las tasas de embarazos alcanzados y disminuir los porcentajes de embarazos múltiples.
El Premio titulado “Grant for Fertility Innovation” fue adjudicado por el laboratorio alemán Merck Serono a profesionales del Centro de Investigación y Desarrollo en Fermentaciones Industriales (Cindefi), un organismo dependiente de la Facultad de Exactas de la Unlp y del Conicet. La distinción otorgada a los doctores en bioquímica platenses Osvaldo Yantorno y Alejandra Bosch fue compartida con los doctores Marcos Horton y Marcelo Garcea, pertenecientes al Centro de Medicina Reproductiva de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Pregna.

MEDICINA DEFENSIVA

Muchas pruebas de laboratorio pueden resultar altamente lucrativas y de allí la tentación

RAFAEL RANGEL ALDAO |  EL UNIVERSAL www.eluniversal.com
sábado 11 de agosto de 2012  12:00 AM
"A más pruebas y medicamentos, mayores errores". Así concluye una nota editorial del New York Times (31/7/2012) firmada por Sanjay Gupta, connotado neurocirujano y corresponsal médico de CNN.

Gupta usa el término de "medicina defensiva" ante un amplio espectro de medidas para evitar demandas judiciales y maximizar el lucro, a costa del riesgo de recetar a destiempo medicamentos y pruebas de amplio uso en la práctica clínica de su país, y de muchos otros del planeta. La cosa no para allí.

Un día antes (30/07/2012), el mismo periódico (NYT) reporta la recomendación oficial para evitar en sujetos sanos, la llamada prueba de esfuerzo, a menos que previamente se haya detectado un claro riesgo o síntomas de enfermedad cardíaca, tales como dificultad para respirar o dolor precordial. El informe completo aparece en Annals of Internal Medicine, sin cargo alguno (http://annals.org/onlineFirst.aspx).

lunes, 13 de agosto de 2012

ESPAÑA: UN MILLÓN DE MÉDICOS DISPUESTOS A OBJETAR CONTRA LA EXCLUSIÓN SANITARIA DE LOS INMIGRANTES IRREGULARES

Fuente: jano.es
El Consejo de Enfermería advierte a los enfermeros acerca de la "inviabilidad jurídica" de la objeción ante casos de no beneficiarios de la asistencia pública en España.

Un mes después de que la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (SEMFYC) instara a los médicos que recurrieran a la objeción de conciencia para atender a los inmigrantes,1.035 profesionales se han acogido a este derecho.

DAÑO MORAL POR REALIZACIÓN DE TEST VIH SIN CONSENTIMIENTO


Partes: C. C. M. c/ A.M.I. Zarate s/ daño moral

Tribunal: Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Zarate-Campana

Fecha: 31-jul-2012

Cita: MJ-JU-M-73677-AR | MJJ73677 | MJJ73677

Procedencia del daño moral ante la realización del test de HIV por parte de la empresa de medicina prepaga, sin el consentimiento informado de la actora, quien pretendía afiliarse.










jueves, 9 de agosto de 2012

LA PARTICIPACIÓN DEL PACIENTE EN LA TOMA DE DECISIONES: DEBILIDADES, DILEMAS Y DESAFÍOS


Fuente: jano.es

Roger Ruiz Moral y Jose Ramón Loayssa Lara
Médico de Familia. Unidad Docente de Medicina de Familia y Comunitaria de Córdoba. Médico de Familia. Centro de Salud de Azpilagaña (Pamplona)
“La sociedad humana debe su fortaleza y vitalidad a la intrínseca virtud de sus miembros”
Jorge Santayana.
Dominaciones y Poderes

En los últimos años, la práctica de una medicina centrada en el paciente (MCP) se ha convertido en algo universalmente aceptado. Este tipo de práctica supone una renovada atención a la persona y a su experiencia de enfermedad. Aunque el concepto tiene sus orígenes en la escuela hipocrática, la personalización de la medicina se retoma en la clínica médica occidental con Von Weiszacker. Pedro Laín teoriza brillantemente sobre esta perspectiva práctica que en nuestro contexto tiene a Rof Carballo como figura destacada. En esta línea de pensamiento, Carl Rogers, promotor de la terapia centrada en el cliente y George Engel, creador del modelo biopsicosocial en medicina, dieron a la MCP un impulso y una difusión definitivos en los países de habla inglesa. Esta corriente ha ido ganado adeptos y popularidad en las últimas décadas y ahora es ya globalmente aceptada y ha sido introducida en la educación médica.

LAS PROFESIONES DE LA SALUD EN EL SIGLO XXI

Fuente: jano.es

Marciano Sánchez Bayle
Médico y portavoz de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública

Las implicaciones sociales de las profesiones sanitarias son bien conocidas y vienen desde muy antiguo, seguramente porque existe una relación indisoluble entre salud y sociedad. Desde hace tiempo se conocen los condicionantes sociales de la salud, entre los que destacan algunos tan importantes como el nivel socioeconómico, las condiciones de trabajo y el medio ambiente, que están reflejados en informes de la Organización Mundial de la Salud, en Europa. The Solid Facts, en su segunda edición (2003), recoge una amplia documentación sobre las relaciones encontradas entre los determinantes sociales y la salud, y es esta relación la que hizo en el siglo XIX que se desarrollase una escuela higienista encabezada por Virchow.

miradaprofesional | Se reunen el Confederal de COFA aguardando el pago de PAMI de la Industria de los Medicamentos.

miradaprofesional | Farmacias sin medicamentos por falta de pago: Inminente corte de servicio a los jubilados de PAMI

martes, 7 de agosto de 2012

MÉDICOS DEL HOSPITAL SANTOJANNI PARARÁN MAÑANA PARA PEDIR SEGURIDAD

 Fuente: clarin.com
Ayer, 60 personas provocaron destrozos y atacaron a empleados, enfermeros y médicos. Reclamaban justicia por una joven de 18 años que, denuncian, murió por un caso de mala praxis tres días después de dar a luz en el centro de salud.
Unas sesenta personas irrumpieron ayer en el Hospital Santojanni, provocaron destrozos y atacaron a médicos, enfermeros y empleados administrativos del centro de salud. Reclamaban “Justicia por Jennifer Farías”, una joven de 19 años que  -según denuncian- falleció como consecuencia de un caso de mala praxis el 18 de julio pasado, tres días después de haber dado a luz a su bebé en ese hospital porteño. Tras los incidentes, los médicos del Santojanni anunciaron que mañana harán un paro de 24 horas para pedir seguridad.
Todo pasí poco antes del mediodía de ayer, cuando dos micros se detuvieron en la puerta del Santojanni. En apenas segundos, unas 60 personas bajaron de los colectivos con bombos, redoblantes y pancartas y coparon la planta baja del hospital. Entraron a los gritos y comenzaron a insultar a los empleados administrativos del centro de salud que intentaron frenarlos. No pudieron. A partir de allí, todo fue peor: los manifesantes provocaron destrozos, hicieron pintadas y golpearon a un enfermero y a una estudiante de medicina que se encontraba en el hospital. Llegaron incluso hasta las áreas de maternidad y de neonatología, donde había mamás y bebés internados.

RESOLUCIÓN DEL INCUCAI CON REQUISITOS PARA EXTRANJEROS

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
Resolución 288/2012
Modifícase la Resolución N° 342/09. Inscripción de extranjeros.
Bs. As., 2/8/2012
VISTO el expediente N° 1 2002 4638000232/03-4 del Registro de este INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE, las Leyes N° 24.193 (t.o. Ley N° 26.066) y N° 25.871, la Resolución INCUCAI N° 342/09, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 24.193 regula la ablación de órganos y tejidos para el implante de los mismos de cadáveres humanos a seres humanos y entre seres humanos, en todo el territorio de la República, y en dicho marco normativo, el INCUCAI se encuentra facultado para establecer los requisitos técnicos o criterios de inclusión de pacientes en lista de espera para trasplante.

lunes, 6 de agosto de 2012

OBRA SOCIAL DEBE REINCORPORAR A AFILIADO Y BRINDARLE COBERTURA MÉDICA



Fuente: abogados.com
ACA Salud Cooperativa de Prestación de Servicios Médicos Asistenciales LTDA deberá dejar sin efecto la baja del certificado de Salud de un afiliado con la cobertura pactada al tiempo de la contratación.

Además y como consecuencia, la obra social tendrá la obligación de autorizar los estudios médicos prescriptos al accionante y el posterior tratamiento que resulte aconsejado por el tratante del paciente.

De esta manera lo decidió el juez federal de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, Aldo Mario Alurralde, al hacer lugar a una acción de amparo presentada por el damnificado contra la entidad.

SE APRUEBA UN CONVENIO DE ASISTENCIA ENTRE EL INSSJyP Y LA SSSALUD

Superintendencia de Servicios de Salud
ACUERDOS
Resolución 759/2012
Apruébase Acuerdo de Nivel de Servicio del Convenio Específico de Asistencia Técnica y Tecnológica con el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
Bs. As., 31/7/2012
VISTO el Expediente Nº 207.095/12-S.S.SALUD, y CONSIDERANDO:

viernes, 3 de agosto de 2012

PROYECTO DE LEY PARA LA COMPRENSIÓN DEL CONCEPTO DE DISCAPACIDAD EN TODOS LOS NIVELES EDUCATIVOS

H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE LEY
Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente
4777-D-2012
Trámite Parlamentario
086 (11/07/2012)
Sumario
EDUCACION NACIONAL - LEY 26206 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 11, SOBRE COMPRENSION DEL CONCEPTO DE DISCAPACIDAD.
Firmantes
LANDAU, JORGE ALBERTO.
Giro a Comisiones
EDUCACION; DISCAPACIDAD.
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1.- Incorpórase como inciso w del artículo 11 de la ley 26.206 el siguiente texto:
"w) Promover en todos los niveles educativos la comprensión del concepto de discapacidad a efectos de garantizar el respeto, la aceptación, la igualdad y la inclusión social efectiva de las personas con capacidades diferentes"
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FALLO JUDICIAL ORDENANDO A PREPAGA A HACERSE CARGO DE LA INTERNACIÓN DEL ACTOR EN GERIÁTRICO


Partes: R. M. C. c/ CEMIC s/ sumarísimo

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal

Sala/Juzgado: II

Fecha: 1-mar-2012

Cita: MJ-JU-M-73459-AR | MJJ73459 | MJJ73459

Se ordena a la empresa de medicina prepaga demandada hacerse cargo del total del valor de la internación del actor, quien sufre demencia senil, en un geriátrico, en tanto su médico tratante ha indicado dicho tratamiento.







PEDIDO DE INFORMES AL P. EJECUTIVO SOBRE EL ESTADO PATRIMONIAL DE LA OBRA SOCIAL FERROVIARIA

H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente
4983-D-2012
Trámite Parlamentario
090 (23/07/2012)
Sumario
PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS RESPONSABLES Y LA SITUACIÓN PATRIMONIAL DE LA OBRA SOCIAL FERROVIARIA (OSFE) Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Firmantes
BULLRICH, PATRICIA.
Giro a Comisiones
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA.
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que informe, a través de quien corresponda, sobre los responsables y la situación patrimonial de la Obra Social Ferroviaria (OSFE), y respecto de las siguientes preguntas:
- ¿Quiénes están a cargo actualmente de la administración y la gestión de la OSFE? Remita la lista de los mismos con sus respectivas declaraciones juradas patrimoniales actualizadas.
- ¿Por qué no figura en la página web de dicha obra social (http://www.osfe.org.ar/institucional) la nómina de autoridades y de representantes de los gremios ferroviarios? 

PEDIDO DE INFORMES AL P. EJECUTIVO SOBRE EL DESTINO DE LOS FONDOS DE LA A.P.E.

H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente
5002-D-2012
Trámite Parlamentario
090 (23/07/2012)
Sumario
PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL DESTINO DE LOS FONDOS Y LA RETRIBUCION A LAS OBRAS SOCIALES DEL MONTO ADEUDADO DE LA "ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES -APE-", ORGANISMO ABSORBIDO POR LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD A TRAVES DEL DECRETO 1198/12.
Firmantes
AGUILAR, LINO WALTER.
Giro a Comisiones
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA.
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Ministerio de Salud de la Nación informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, atento al Decreto 1198/12 mediante el cual la Administración de Programas Especiales (APE) ha sido absorbida por la Superintendencia de Servicios de Salud, cuáles serán las medidas que tomará dicho organismo respecto a los fondos que poseía la APE y cómo se le va a retribuir a las obras sociales el monto adeudado.

miradaprofesional | Advierten sobre el riesgo de los geles con benzocaína en chicos

jueves, 2 de agosto de 2012

ADVIERTEN SOBRE SUPLEMENTOS ILEGALES PARA DEPORTISTAS

Fuente: medicamentosseguros.com

Los productos pueden causar fallo renal, convulsiones y problemas cardíacos.
suplementos
El uso de suplementos deportivos no aprobados puede causar fallo renal, convulsiones y problemas cardíacos, alertó la Agencia Regulatoria de Medicinas y Productos para el Cuidado de la Salud (MHRA, según sus siglas en inglés), del Reino Unido, en una campaña lanzada durante los Juegos Olímpicos que se realizan en ese país.

TAN SOLO 10 PROVINCIAS ADHIRIERON AL PROGRAMA NACIONAL DE TRAZABILIDAD

Fuente: miradaprofesional.com
A poco más de medio año de la entrada en vigencia del Sistema Nacional de Trazabilidad de medicamentos ya han adherido a la normativa nacional las Provincias de Chubut, Córdoba, Jujuy, Mendoza, Misiones, Tucumán, San Juan, San Luis, Corrientes y Neuquén, a la vez que en otras provincias se encuentran avanzados los procesos de adhesión, informó la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

miércoles, 1 de agosto de 2012

BANCO DE CÉLULAS MADRE: INSTAN A LA CORTE SUPREMA A RECHAZAR LA MEDIDA

Fuente: abogados.com
El Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) había establecido, mediante resolución fundada, la obligatoriedad de donar las células madre para asignarles un uso público.

En tal sentido, la procuradora adjunta, Laura Monti, consideró la determinación como “inválida” desde el punto de vista constitucional e instó a la Corte Suprema de Justicia a rechazarla.

SALUD SIN PAPELES

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Historia Clínica
Administración Hospitalaria
Salud Pública, etc.

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LEY DE IDENTIDAD DE GENERO INCLUIDA EN EL PMO


IDENTIDAD DE GENERO - INCLUIDA EN PRESTACIONES OBLIGATORIAS - LEY 26743
 

Ley Nro: 26743  Vigente

Poder Legislativo Nacional  23 de mayo de 2012. 

AMADO BOUDOU. - JULIAN A. DOMINGUEZ. - Gervasio Bozzano. - Juan H. Estrada.
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El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

Sanciona con Fuerza de Ley: 

 

Artículo 1º -

Derecho a la identidad de género. Toda persona tiene derecho:

a) Al reconocimiento de su identidad de género;

b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género;

c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.

Artículo 2° -

Definición. Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.

Artículo 3º -

Ejercicio. Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.

Artículo 4º -

Requisitos. Toda persona que solicite la rectificación registral del sexo, el cambio de nombre de pila e imagen, en virtud de la presente ley, deberá observar los siguientes requisitos:


1. Acreditar la edad mínima de dieciocho (18) años de edad, con excepción de lo establecido en el artículo 5° de la presente ley.

2. Presentar ante el Registro Nacional de las Personas o sus oficinas seccionales correspondientes, una solicitud manifestando encontrarse amparada por la presente ley, requiriendo la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original.

3. Expresar el nuevo nombre de pila elegido con el que solicita inscribirse.

En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.