lunes, 18 de marzo de 2019

ACTUALIZACIÓN EN DERECHO Y LEGISLACIÓN SANITARIA 2019

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

Formación del Profesional con capacidad para operar dentro de los distintos subsistemas que componen el sector salud y el Derecho Farmacéutico, actualizando sus conocimientos frente al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y todas las últimas novedades surgidas en la materia.



Coordinadora Académica: Dra. Maria Cristina Cortesi.

viernes, 8 de marzo de 2019

FALLO PARA QUE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES PROVEA MEDICAMENTO ONCOLÓGICO

Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de Ciudad de Buenos Aires
Ciudad de Buenos Aires, 27 de Diciembre de 2018.- 

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I. Que C. L. A., con el patrocinio letrado de la señora Defensora de Primera Instancia, Dra. María Lorena González Castro Feijóo, inició la presente acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires –en adelante, GCBA- a fin de que se le ordene la provisión de medicación oncológica para llevar a cabo el tratamiento de quimioterapia que le fuera indicado por sus médicos tratantes (fs. 1/2013).

Hizo hincapié en que la falta de entrega de la medicación recetada la obligó a interrumpir el tratamiento médico prescripto (fs. 1).

Relató que tiene cuarenta y ochos (48) años de edad y que se atiende en el Hospital Municipal de Oncología “María Curie” por padecer cáncer de mama izquierda, tipo IV (fs. 2 y 17).

Explicó que el 17 de agosto del corriente año se le prescribió un tratamiento de quimioterapia con palbociclib 125 mg. y fulvestrant 250 mg. Destacó que ese mismo día solicitó la medicación en la farmacia del mencionado nosocomio donde le extendieron un comprobante con la leyenda “Sin Existencia en Farmacia” (fs.

2).Agregó que el pasado 4 de septiembre realizó idéntico pedido ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas pero que su demanda no fue satisfecha por no encontrarse la medicación prescripta en el vademécum (fs. 2 y 22). Asimismo, refirió que efectuó dos pedidos ante el Ministerio de Salud de la Nación, donde tampoco obtuvo respuesta favorable (fs. 2 y 23/26).

jueves, 7 de marzo de 2019

FALLO: SE ORDENA REAFILIAR AL ACTOR A EMPRESA DE MEDICINA PREPAGA Y DARLE COBERTURA MÉDICA, A PESAR DE HABER FALSEADO LA DECLARACIÓN JURADA

Partes: M. P. F. A. c/ Met Córdoba S.A. s/ ley de medicina prepaga
Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba
Sala/Juzgado: B
Fecha: 21-ago-2018
Cita: MJ-JU-M-114175-AR | MJJ114175 | MJJ114175

La empresa de medicina prepaga debe reafiliar al actor pese a haber existido un falseamiento en la declaración jurada de afiliación y brindarle cobertura de una prótesis, con adecuación del monto de la cuota mensual.
Sumario:
1.-Corresponde ordenar a la empresa de medicina prepaga mantener la afiliación del actor y brindar la cobertura integral del equipamiento protésico que necesita más autorizando la adecuación del monto de la cuota mensual, ya que si bien existió un falseamiento de los datos incluidos en la declaración jurada de afiliación que fue firmada por la madre del actor pese a que éste era capaz y mayor de edad, la accionada aceptó la celebración del contrato por la madre -quien no podía desconocer las afecciones de su hijo- y no arbitró los medios para comprobar el real estado de salud del actor, a lo cual se agrega que la desafiliación y/o falta de cobertura podría afectar su derecho de salud y configurar un presumible actuar discriminatorio en violación a la Ley de Discapacidad N° 22.431 y demás normas protectorias del derecho a la salud.

FALLO: RESPONSABILIDAD DEL SANATORIO POR INFECCIÓN INTRAHOSPITALARIA

Partes: D. R. A. c/ Clínica Santa Rosa s/ daños y perjuicios
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributaria de Mendoza
Sala/Juzgado: 1ra circ.
Fecha: 3-dic-2018
Cita: MJ-JU-M-115967-AR | MJJ115967 | MJJ115967