domingo, 28 de diciembre de 2025

PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN PREJUDICIAL EN MATERIA DE SALUD (PROMESA)

 FUENTE: www.argentina.gob.ar

El Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA) ofrece a los ciudadanos una opción más económica para resolver conflictos de salud, mediante un trámite rápido, con plazos cortos. Favorece el diálogo entre las partes y permite llegar a una solución de manera eficiente y justa.


Procedimiento

El procedimiento de mediación previa será opcional para el reclamante en casos de conflictos de salud con entidades reguladas por las leyes números 23.660, 23.661 o 26.682. En estos casos, la entidad no podrá rechazar este proceso.

FALLO: La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó que una entidad no puede aplicar aumentos por “déficit operativo”, “estado de necesidad” ni por edad si esas condiciones no estaban previstas en el contrato original.

 

FUENTE: Diario Judicial

La decisión fue dictada en los autos “Gambolati, Ricardo y otros c/ Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otro s/ daños y perjuicios” (CIV 2165/2021/CA2-CA1), con votos de los jueces Florencia Nallar, Fernando Alcides Uriarte y Juan Perozziello Vizier.

La Cámara Civil y Comercial Federal, Sala III, confirmó una sentencia que declaró ilegítimos los aumentos aplicados por una entidad a sus afiliados, al considerar que no podían justificarse ni por supuestas necesidades financieras ni por el solo paso del tiempo o el cambio de franja etaria si tales incrementos no habían sido previstos de manera clara en el contrato.

Los actores promovieron demanda contra la entidad demandada solicitando que se declarara la ilegitimidad de los aumentos generales de cuota y de aquellos aplicados por rango etario a partir del año 2017, en la medida en que superaban los autorizados por la autoridad de aplicación. También reclamaron la restitución de las sumas abonadas en exceso, con intereses, y la indemnización de daños y perjuicios.

 

viernes, 19 de diciembre de 2025

La Justicia Federal de San Martín ordenó cubrir la internación geriátrica prescripta para una afiliada con discapacidad visual y psiquiátrica

FUENTE: diariojudicial.com

 En la causa “S., AC c/ Medicina Prepaga Hominis SA s/ prestaciones médicas – sumarísimo”, el juez federal Oscar Alberto Papavero, titular del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N.° 1 de San Martín, dictó una sentencia que vuelve a poner en primer plano el alcance del derecho a la salud cuando se trata de personas con discapacidad y necesidades de acompañamiento permanente.

La afiliada, portadora de un certificado de discapacidad y con un cuadro de ceguera bilateral, miopía degenerativa, esquizofrenia paranoide y deterioro cognitivo leve, había iniciado el reclamo para obtener la cobertura integral de su internación en la “Residencia Aires de Martínez”, un hogar permanente con centro de día. La derivación había sido indicada por su médico tratante ante la necesidad de terapias y acompañamiento continuo.

SE CREA LA COMISIÓN NACIONAL DE BIOÉTICA EN EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN

 

COMISIÓN NACIONAL DE BIOÉTICA

Decreto 893/2025

DECTO-2025-893-APN-PTE - Creación.

Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-65162213-APN-DGD#MS y el Decreto N° 426 del 16 de abril de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 426/98 se creó la COMISIÓN NACIONAL DE ÉTICA BIOMÉDICA en el ámbito del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL.

Que el progreso científico y tecnológico en las ciencias biológicas y médicas ha generado nuevos desafíos éticos, legales y sociales en el ejercicio profesional de la salud, que requieren respuestas actualizadas por parte del Estado Nacional.