C. M. L. c/ Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/ amparo de salud
Ver archivo adjunto
SUMARIO
Corresponde hacer lugar a la acción de amparo contra una obra social a fin de que se ordene la afiliación a la demandada del hijo de la pareja conviviente del actor, puesto que, dado el fallecimiento del padre del menor, el progenitor afín asume una responsabilidad en el cuidado y protección, lo que incluye su asistencia integral y hace surgir la co-responsabilidad del Estado de adoptar medidas apropiadas para dar efectividad a los derechos y responsabilidades consagrados en los arts. 18 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN).
Fuente del sumario: SAIJ
No hay comentarios:
Publicar un comentario