MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 2965/2019
RESOL-2019-2965-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2019
VISTO el EX-2019-96876423- -APN-DD#MSYDS, la Resolución N° 623/2018 y el Decreto N° 802/18, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 623/2018 del entonces Ministerio de Salud creó en el ámbito de la UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL la Comisión Nacional de Evaluación de Tecnologías de Salud (CONETEC)
Que la función principal a su cargo consiste en la determinación, basada en el máximo conocimiento científico disponible, del impacto en nuestro contexto de las diferentes tecnologías sobre el estado de salud-enfermedad de los individuos.
Que para ello se requiere promover la toma de decisiones legitimadas en el marco de procesos deliberativos previsibles y justos, que eviten distorsiones y contemplen, entre otros, los aspectos médicos, sociales, éticos y económicos.
Que estas evaluaciones deberán enfocarse, según cada caso, en criterios previamente determinados vinculados a calidad, seguridad clínica y técnica, eficacia y relación costo efectividad, todo ello en beneficio de la salud pública.
Que a los fines de cumplir con las funciones encomendadas en el artículo 8º de la resolución citada precedentemente, es necesario contar con Manuales Operativos de funcionamiento de la CONETEC así como con los documentos técnicos que establezcan los marcos de criterios a aplicar.
Que la UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL ha prestado conformidad al dictado de la medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 802/18.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Documento Técnico Nº 1: “Manual Operativo de Funcionamiento” que como Anexo I (IF-2019-96888311-APN-UCGMS#MSYDS) forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “Documento Técnico Nº 2: Elementos para el marco de valor para la evaluación de tecnologías sanitarias” que como Anexo II (IF-2019-96891091-APN-UCGMS#MSYDS) forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el “Documento Técnico Nº 3: Herramienta de priorización para la selección de tecnologías a evaluar” que como Anexo III (IF-2019-96898217-APN-UCGMS#MSYDS) forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Documento Técnico Nº 4: Manual metodológico para el desarrollo de reportes de evaluación de tecnologías sanitarias” que como Anexo IV (IF-2019-96898122-APN-UCGMS#MSYDS) forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Apruébase el “Documento Técnico Nº 5: Guía para la mesa de pacientes” que como Anexo V (IF-2019-96901685-APN-UCGMS# MSYDS) forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida no implica erogación presupuestaria.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.- Adolfo Luis Rubinstein
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/11/2019 N° 86184/19 v. 08/11/2019
Fecha de publicación 08/11/2019
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