MINISTERIO DE SALUD
Y
MINISTERIO DE AMBIENTE
Y
DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución Conjunta 2/2023
RESFC-2023-2-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2023
VISTO el Expediente N° EX -2022-111439109-APN-DD#MS, las Leyes Nros. 24.295, 27.270 y 27.520, el Decreto N° 1.030 del 17 de diciembre de 2020, la Resolución N° 447 del 26 de noviembre de 2019 de la ex Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA, las Resoluciones Nros. 555 de fecha 1 de febrero de 2021 y 2.956 del 10 de noviembre de 2021, ambas del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que en el año 2008 en la 61ª Asamblea Mundial de la Salud, se instó a los Estados Miembros a elaborar medidas sanitarias e incorporarlas en los planes de adaptación al cambio climático, promoviendo la participación eficaz del sector sanitario a fin de reducir los riesgos sanitarios actuales y previstos derivados del cambio climático (Resolución WHA61.19).
Que en el año 2009 los Ministros de Salud del MERCOSUR acordaron una Estrategia de Acción para proteger la Salud Humana de los efectos del Cambio Climático, elaborada por la Comisión Intergubernamental de Salud Ambiental y del Trabajador (RMS/ACUERDO Nº12/09).
Que posteriormente en el año 2011 en el 51º Consejo Directivo de la ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD, se estableció la Estrategia y Plan de Acción Sobre el Cambio Climático, cuya meta es equipar y fortalecer los sistemas nacionales y locales de salud a fin de proteger la salud humana de los riesgos relacionados con el cambio climático (Resolución CD51.R15).
Que los Ministros de Salud del MERCOSUR en el año 2018 emitieron una declaración donde resaltan la importancia de la participación activa de Salud en los Planes Nacionales de Adaptación al Cambio Climático, y destacan la necesidad de los Ministerios de Salud de liderar los procesos de elaboración de los capítulos específicos dentro de los citados Planes Nacionales con enfoque de vulnerabilidad, riesgo y resiliencia.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA, mediante las Leyes Nº 24.295 y Nº 27.270 aprobó la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO y el ACUERDO DE PARÍS asumiendo el compromiso de formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente los programas nacionales que contengan medidas orientadas a la adaptación y mitigación del cambio climático.
Que la Ley N° 27.520 y su Decreto Reglamentario N° 1030/2020 establece los presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas.
Que en su Artículo 7° la mencionada Ley crea el GABINETE NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO, cuya función es articular entre las distintas áreas de gobierno de la Administración Pública Nacional -incluido el MINISTERIO DE SALUD- la implementación del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático promoviendo el desarrollo de Planes de Acción Sectoriales para la mitigación en sectores estratégicos en pos de alcanzar los objetivos nacionales, y para la adaptación en sectores vulnerables a los impactos del cambio climático.
Que, a tal fin, el GABINETE NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO cuenta con un Grupo de Trabajo de Salud y Cambio Climático en el marco de la MESA DE PUNTOS FOCALES, la que es liderada por el MINISTERIO DE SALUD.
Que por la Resolución de Nº 447 del 26 de noviembre de 2019 de la entonces SECRETARIA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE se dio por concluida la etapa de elaboración del primer Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, entre los que se encontraba, como Anexo VI (IF2019-102521397-APN-DNCC#SGP), el Plan de Acción Nacional de Salud y Cambio Climático.
Que en el año 2021 la República Argentina presentó su Segunda Contribución Determinada a Nivel Nacional a la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO, en la que se incorpora a la Salud como uno de los ejes rectores que guiarán el diseño, la implementación y el monitoreo de todas las acciones de adaptación y mitigación nacionales.
Que la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 555 del 1 de febrero de 2021 creó el PROGRAMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOS PARA LA SALUD ASOCIADOS AL CAMBIO CLIMÁTICO dependiente de la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL, que tiene por objetivo general impulsar la adopción de medidas de adaptación y mitigación del cambio climático por parte del sector salud.
Que la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 2956 del 10 de noviembre de 2021 creó la MESA DE TRABAJO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Y SALUD, coordinada técnicamente por la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL, unidad dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.
Que la citada MESA DE TRABAJO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Y SALUD tiene entre sus objetivos transversalizar la problemática de la variabilidad climática y el cambio climático en las Políticas, Planes y Programas del MINISTERIO DE SALUD; fomentar la incorporación de la promoción y la protección de la salud como elementos fundamentales de las políticas relacionadas con el cambio climático; y desarrollar e implementar un Plan de Acción Nacional sobre Salud y Cambio Climático.
Que en el marco de la citada MESA DE TRABAJO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Y SALUD, así como en el Grupo de Trabajo de Salud del GABINETE NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO se ha actualizado el Plan de Acción Nacional de Salud y Cambio Climático, bajo el nombre Estrategia Nacional de Salud y Cambio Climático (ENSyCC).
Que los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE SALUD y del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) sus modificatorias y complementarias y el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
Y
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la ESTRATEGIA NACIONAL DE SALUD Y CAMBIO CLIMÁTICO, que como Anexo I (IF-2023-67624365-APN-DNCC#MAD) forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Deróguese el Anexo VI correspondiente al Plan de Acción Nacional en el sector Salud (IF-2019- 102521397-APN-DNCC#SGP) de la Resolución N° 447 de 2019 de la ex Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA.
ARTÍCULO 3º.- Invítase a las Provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a tomar en consideración dicha ESTRATEGIA a fin de transversalizar la salud en el desarrollo de sus Planes de Respuesta al Cambio Climático.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti - Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/06/2023 N° 48764/23 v. 29/06/2023
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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