jueves, 28 de junio de 2012

ALERTA EN SANTA FE POR DOS CASOS CONFIRMADOS DE TUBERCULOSIS

Fuente: miradaprofesional.com
 SANTA FE: Las autoridades provinciales confirmaron que dos personas padecen la enfermedad, por lo que lanzaron un operativo preventivo.
El cartera sanitaria santafesina confirmó que se detectaron dos casos confirmados de tuberculosis (TBC) en la ciudad de Santa Fe. Al respecto, la directora de Protección y Promoción de la Salud, Andrea Uboldi, precisó que ambos "se encuentran realizando el tratamiento correspondiente".

JUSTICIA ORDENA A OBRA SOCIAL CUBRIR TERAPIA EXPERIMENTAL

Fuente: miradaprofesional.com
 BUENOS AIRES, junio 27: Un fallo obliga a la cobertura del poder Judicial cubra una terapia no aprobada por la ANMAT para un niño que padece un tumor cerebral, pero que cuenta con el aval de la FDA de Estados Unidos.
La Obra Social del Poder Judicial deberá brindar cobertura para realizar un tratamiento de radiación a un niño con un tumor cerebral, pese a que esa práctica terapéutica no está aprobada por la Administración Nacional de Alimentos Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT). Así lo dispuso la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal.

ANMAT RETIRÓ MARCA DE ROPA HOSPITLARIA POR POSIBLE "RIESGO SANITARIO"

Fuente: miradaprofesional.com
 BUENOS AIRES, junio 28: Se trata de una marca de camisolines, batas, sábanas, compresas y paños de incisión elaboradas por la firma Rafael Pellegrino. Según la entidad no hay registros de la empresa, ni sus formas de control. Además, se confirmaron varios productos sanitarios retirados del mercado.
Por un posible “riesgo sanitario”, las autoridades de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) retiró del mercado una marca de ropa hospitalaria, elaborada por la firma Rafael Pellegrino. La medida, confirmada ayer en el Boletín Oficial, se suma a una serie de retiros que llevó adelante la entidad, dependiente del ministerio de Salud nacional.

HACEN LUGAR A MEDIDA PRECAUTORIA PARA QUE PREPAGA SE ABSTENGA DE AUMENTAR LA CUOTA EN BASE A EDAD DEL AFILIADO

Fuente: abogados.com
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial hizo lugar a una medida precautoria tendiente a que una empresa de medicina prepaga se abstuviera de aumentar la cuota de afiliación con fundamento en la edad del afiliado, remarcando el criterio amplio de apreciación de la protección preventiva que debe aplicarse en casos donde se encuentra comprometida la integridad psicofísica de una persona.

En la causa "P. A. A. c/Swiss Medical S.A. s/medida precautoria s/ incidente de apelacion art. 250 CPROC.", la demandada apeló la resolución del juez de grado que había ordenado suspender cautelarmente los aumentos establecidos por la empresa de medicina prepaga accionada a partir del mes de julio de 2012.

miércoles, 27 de junio de 2012

CONDENA AL ESTADO COMO GARANTE DEL SISTEMA DE SALUD, A CUBRIR MEDICAMENTOS DE MENOR NO OBSTANTE CONTAR CON OBRA SOCIAL

Partes: M. E. c/ Programa Federal de Salud y otros s/ amparo
Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata
Fecha: 28-oct-2011
Cita: MJ-JU-M-72687-AR | MJJ72687 | MJJ72687
El Estado tiene una responsabilidad subsidiaria como garante del sistema de salud y debe cubrir el 100% de los medicamentos prescriptos por los médicos tratantes del menor discapacitado no obstante contar éste con obra social.
 
 
 
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Sumario:


1.-Corresponde revocar parcialmente la sentencia de primera instancia -la cual rechazó la acción subsidiariamente entablada contra el Estado Nacional (Ministerio de Salud)- y hacer lugar a los agravios esgrimidos por la amparista, extendiendo por ende la condena de que se provea del 100% de los medicamentos prescriptos por los médicos tratantes del menor discapacitado, en forma subsidiaria al Estado Nacional, pues el Estado tiene una responsabilidad subsidiaria en la cuestión, de manera que si la obra social demandada no brindara una adecuada atención, el Estado Nacional no puede desentenderse de su deber de suplir tal déficit con acciones positivas encaminadas a brindar la prestación retaceada, principalmente teniendo en cuenta la situación económica del grupo familiar, al que pertenece la menor destinataria de las prestaciones solicitadas.

2.-El Estado Nacional está pasivamente legitimado para ser demandado a la entrega de medicamentos y/o insumos y asistencia al afiliado de una obra social, ya que es su obligación respetar en forma efectiva el derecho a la vida y a la salud.

CONDENA A PREPAGA POR DAR DE BAJA A BENEFICIARIA POR SUPUESTO OCULTAMIENTO DE PREEXISTENCIAS

Partes: A. M. F. c/ Galeno S.A. s/ incumplimiento de prestación de obra social - medicina prepaga
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal
Sala/Juzgado: II
Fecha: 30-mar-2012
Cita: MJ-JU-M-72855-AR | MJJ72855 | MJJ72855
Se confirman los montos indemnizatorios concedidos a la afiliada, quien tras un intento de suicidio fue dada de baja por la empresa de medicina prepaga demandada con fundamento en el presunto ocultamiento de antecedentes preexistentes.
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Sumario:


1.-Corresponde confirmar la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la empresa de medicina prepaga accionada por dar de baja a la actora afiliada tras haber sufrido un intento de suicidio invocando el presunto ocultamiento de antecedentes preexistentes -ya que el intento de suicido no habría sido el primero-, en cuanto a la cuantía del resarcimiento, pues deben rechazarse las críticas referidas a la cuantificación de los daños, si sólo traducen diferencias de criterio con el juzgador y no consiguen rebatir las consideraciones en que se apoya el pronunciamiento recurrido.

LA CÁMARA BAJA APROBÓ SIN VOTOS EN CONTRA EL PROYECTO QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE INCLUIR EL TRATAMIENTO POR INFERTILIDAD EN EL PMO

Fuente; Noticias del Congreso Nacional


La iniciativa, busca "garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de Reproducción Médicamente Asistida", fue aprobada con 169 votos a favor, sin votos en contra, y sólo se registraron 7 abstenciones de diputados del PRO.
Al abrir la discusión, la titular de la comisión de Salud, la oficialista María Elena Chieno, consideró que la sanción de esta ley "repara una deuda social" y se encuadra en "un país que aseguró el acceso a derechos sociales progresistas".
El proyecto establece además que estarán obligados a prestar esa cobertura todos los servicios de salud del sector público, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga, cualquiera sea su figura jurídica.

LA CIUDAD SIN DISPOSITIVOS ACORDES A LA LEY DE SALUD MENTAL


Fuente: www.inversorsalud.com.ar

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no implementó ningún dispositivo para adecuar el tratamiento de los usuarios de salud mental a la ley vigente, aseguraron los oradores de la presentación del libro elaborado por la Asesoría General Tutelar (AGT).

“La Ciudad no tiene un plan de salud mental. Lo que hay es una inercia en relación a planes que ya había y los que generaban mayor resistencia y avance se desmantelaron”, señaló a Télam Gabriela Spinelli, coordinadora del Área Salud Mental de la AGT.

Antes de presentar esta mañana el libro "Panorámicas de Salud Mental: a un año de la sanción de la Ley Nacional N° 26.657", Spinelli detalló que durante este tiempo "en la Ciudad de Buenos Aires se han implementado algunos organismos que no dependen del Ejecutivo como el Equipo Público de Abogados de la AGT y la Unidad de Letrados de la Defensoría General de la Nación".

RESOLUCIÓN APE PRORROGANDO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE COBERTURA POR PRESTACIONES MÉDICAS

RESOLUCIÓN MINISTERIO DE SALUD APROBANDLO LISTADO DE ESPECIALIDADES MÉDICAS