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Este es un espacio que tiene por objetivo informarte sobre derecho sanitario en general. Aquí encontrarás noticias, doctrina, jurisprudencia y novedades sobre cursos a dictarse relacionados con el derecho de la salud.
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FUENTE: aldia de Microjuris
Partes: G. R. O. c/ Medicar S.A. s/ daños y perjuicios
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: B
Fecha: 10 de febrero de 2026
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-158796-AR|MJJ158796|MJJ158796
Voces: DAÑOS Y PERJUICIOS – DAÑO MORAL – EXAMEN PREOCUPACIONAL – SIDA – PRUEBA DE PERITOS – PÉRDIDA DE LA CHANCE
Procedencia de una demanda de daños contra una empresa de servicios médicos laborales por haber informado erróneamente un resultado positivo de HIV en un examen preocupacional. Cuadro de rubros indemnizatorios.
Sumario:
1.-La empresa de servicios médicos laborales debe responder por los daños ocasionados al actor al haberle informado un resultado positivo de HIV que luego se comprobó falso por problemas técnicos asociados con la prueba, ya sean la confusión de muestras, el etiquetado incorrecto o el procesamiento inadecuado.
FUENTE: aldia de microjuris
Partes: I. J. c/ Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica y otros s/ daños y perjuicios – Resp. prof. médicos y aux.
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: B
Fecha: 13 de febrero de 2026
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-158747-AR|MJJ158747|MJJ158747
Voces: MALA PRAXIS – RESPONSABILIDAD MÉDICA – DAÑOS Y PERJUICIOS – INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA – PÉRDIDA DE LA CHANCE
Procedencia de una demanda de mala praxis por la omisión de profilaxis antibiótica durante una cirugía de reemplazo total de rodilla izquierda, que culminó con la amputación supracondílea del miembro inferior del actor. Cuadro de rubros indemnizatorios.
Sumario:
1.-Corresponde admitir la demanda de mala praxis, por la omisión de profilaxis antibiótica, en la que se incurrió en oportunidad de practicarse al actor la cirugía de reemplazo total de su rodilla izquierda.
2.-Toda vez que el reproche debe circunscribirse a quien hubiera tenido la responsabilidad de la administración del tratamiento antibiótico, no aparece que ello pueda imputarse más que a quien actuó como cirujano a cargo de la artroplastia total de rodilla practicada al actor ese día.
3.-No cabe condenar al codemandado por la omisión de una medida que no se ha acreditado que le correspondiera adoptar puntualmente a él, en función de esa particular participación que tuvo, como ayudante quirúrgico, en la cirugía del accionante.
4.-Si lo que derivó en la amputación supracondílea del miembro inferior izquierdo del actor, fue la infección de la prótesis para reemplazo total de rodilla, es evidente que no pueden dar lugar a la imputación de responsabilidad pretendida las atenciones por el codemandado de las que da cuenta la historia clínica con anterioridad a esa oportunidad.
5.-Es directamente impensable revocar la desestimación de la demanda en lo que hace a los codemandados, en tanto todos ellos atendieron al actor cuando la infección en cuestión estaba ya, o bien francamente manifestada, o bien fatalmente instalada.
6.-La indemnización por pérdida de chance debe desestimarse, porque el resarcimiento ya ha sido contemplado en la partida correspondiente a la incapacidad psicofísica y no se acreditó la oportunidad frustrada que el concepto requiere.
Fallo:
En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 13 días del mes de febrero de dos mil veintiséis, en reunión para Acuerdo la Señora Jueza y los Señores Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala «B», para conocer en los recursos interpuestos en los autos caratulados: «I., J. c/Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica y otros s/Daños y perjuicios» (Expte. N° 10135/2010), respecto de la sentencia del 22 de mayo de 2023, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada? Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: Dra. LORENA FERNANDA MAGGIO – Dr. ROBERTO PARRILLI – Dr. CLAUDIO RAMOS FEIJOO.
https://www.cpacf.org.ar/noticia/capacitacion/6110/introduccion-a-los-medicamentos-y-su-regulacion-juridica
Escuela de Posgrado
Programa Integral de Formación Profesional: Virtual - online. Inicio: lunes 11 de mayo de 2026. Días y Horarios: lunes de 17:00 a 19:00 hs. Duración: 4 clases de 2 horas.
Coordinadora Académica: Dra. Maria Cristina Cortesi.
Cuerpo Docente:
Dra. María Cristina Cortesi. Abogada (UBA). Especialista en Derecho Sanitario y Farmacéutico. Ex Directora del Instituto de Derecho Sanitario del CPACF. Ex Presidenta y Vicepresidenta de la Comisión de Derecho Sanitario de la Asociación de Abogados y Abogadas de Bs. As. (AABA). Ex Integrante de la Comisión de Derecho de la Salud de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A), autora de libros sobre la materia y de artículos publicados en el país y en el exterior. Capacitadora y Docente universitaria (U.C.A. y Universidad Favaloro). Asesora legal en la Superintendencia de Servicios de Salud (S.S.SALUD).
Dr. Martin Zambrano (H). Abogado especializado en Derecho Administrativo y de la Salud. Integrante del Instituto de Derecho Sanitario del CPACF. Coordinador y docente curso de posgrado en U.C.A. Ex-Asesor Legal en la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación.
Y Profesores Invitados.
Objetivos del Programa: Formación del Profesional con capacidad para operar dentro de los distintos subsistemas que componen el sector salud, actualizando sus conocimientos frente al Código Civil y Comercial de la Nación y las últimas novedades surgidas en la materia.
CONTENIDOS
MÓDULO I: Marco legal y regulatorio del medicamento. DNU 70/2023 y Dcto. 63/2024. El mercado de medicamentos en Argentina. Actores de la oferta y la demanda. Medicamentos innovadores. Las patentes Leyes 24.481 y 24.766. El Acuerdo Adpic. El rol de la O.M.C.
Actualización sobre últimas resoluciones y normativas.
MÓDULO II: Errores en la prescripción de medicamentos. Seguridad del paciente. Modelo centrado en el sistema. La receta electrónica.
MÓDULO III: Fijación de precios de los medicamentos. Cadena de distribución y venta. Acceso. Vías de excepción. Legislación y Jurisprudencia. Medicamentos de alto precio y de ultra alto precio. Eficacia vs. Efectividad. Terapia génica. El rol de la CONETEC y del Consejo de Asistencia Técnica para Procesos Judiciales de Salud (CATPROS). Dcto. 468/2023. Desafíos y soluciones para los sistemas de salud.
MÓDULO IV: Taller: Los Amparos por Provisión de Medicamentos.
Inicio: lunes 11 de mayo de 2026
Finaliza: lunes 8 de junio de 2026
Días y horarios de cursada: lunes de 17.00 a 19.00 hs.
Carga horaria total: Dos (2:00) horas reloj semanales, una (1) clase por semana.
Ocho (8) horas totales de cursada.
Duración: Un (1) mes. Cuatro (4) clases de dos (2:00) horas de duración cada una.
Modalidad: Clases ONLINE vía plataforma.
Escuela de Posgrado
Masterclass: Virtual - online. Único día: lunes 13 de abril de 2026. Día y Horario: lunes de 17:00 a 18:00 hs. Duración: 1 clases de 1 hora.
Disertante:
Dra. María Cristina Cortesi. Abogada (UBA). Especialista en Derecho Sanitario y Farmacéutico. Ex Directora del Instituto de Derecho Sanitario del CPACF. Ex Presidenta y Vicepresidenta de la Comisión de Derecho Sanitario de la Asociación de Abogados y Abogadas de Bs. As. (AABA). Ex Integrante de la Comisión de Derecho de la Salud de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A), autora de libros sobre la materia y de artículos publicados en el país y en el exterior. Capacitadora y Docente universitaria (U.C.A. y Universidad Favaloro). Asesora legal en la Superintendencia de Servicios de Salud (S.S.SALUD).
Dia: lunes 13 de abril de 2026.
Horario: 17:00 a 18:00 hs.
Duración: Una (1) clase de 1:00 hora.
Modalidad: Virtual - Clases ONLINE.
Se remitirá el Link de la sesión con 24 hs. de antelación al inicio de la actividad para todos los inscriptos, una vez realizada la inscripción y pago del Arancel correspondiente.
EL PRESENTISMO DE CADA CLASE DEBE ACREDITARSE DURANTE LOS PRIMEROS 5 MINUTOS CONECTÁNDOSE CON SU “APELLIDO Y NOMBRE” COMO PERFIL Y MANTENIÉNDOSE LUEGO CONECTADO DURANTE TODA LA CLASE.
Con Presentación Especial del PROGRAMA DE ALTA FORMACIÓN EN INTRODUCCIÓN A LOS MEDICAMENTOS Y SU REGULACIÓN JURÍDICA: Nuevo Encuadre Jurídico, Acciones y Reclamos:
ACTIVIDAD NO ARANCELADA – CON INSCRIPCÍON PREVIA
Requisitos para la inscripción:
-Profesionales con Matrícula Activa del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), que se encuentren al día con el pago del canon de matrícula anual, Abogados/as de otras jurisdicciones y otros profesionales o que se desempeñen en el Poder Ejecutivo, Legislativo o Judicial y sus organismos dependientes, siempre que acompañen su DNI y copia de su credencial profesional o título universitario, según corresponda.
-Generar Usuario y Contraseña en el Campus del CPACF ingresando al siguiente link: https://campus.cpacf.org.ar/index.php?option=suscribe2
-Una vez recibida la confirmación vía el email registrado, podrá preinscribirse.
Link Inscripción (clickear en “preinscripción” y completar sus datos):
https://campus.cpacf.org.ar/pop.php?option=course&Hash=9c17614d6e44249d3e81ac2ede50229e
Informes e Inscripción: los interesados podrán contactar al Departamento de Alumnos a los fines de requerir información:
E-mail: escuela.posgrado@cpacf.org.ar - secretaria.posgrado@cpacf.org.ar
Web CPACF: www.cpacf.org.ar
Tel: Tel: 4379-8700 – Internos 303/304 (8:00 a 15:00 hs.) - 6077-7600 (Líneas Rotativas)
IMPORTANTE:
LAS INSCRIPCIONES SERÁN INGRESADAS POR ORDEN DE LLEGADA, CON LA PRESENTACIÓN DE TODA LA DOCUMENTACIÓN SE GESTIONA EL LEGAJO DE ALUMNO Y RESERVA DE VACANTE.
Cupo Máximo: Doscientos Ochenta (280) inscriptos.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial consideró lícitos los aumentos por franja etaria efectuados por una Entidad de Medicina Prepaga, al estar establecidos en el contrato de afiliación.(Dcto. 66/2019)
Link al fallo: https://www.diariojudicial.com/uploads/0000060538-original.pdf
FUENTE: diariojudicial
En tiempos en que la eficacia de los sistemas de salud se mide por múltiples indicadores, pocas métricas resultan tan reveladoras como la cobertura de vacunación infantil. Este artículo de Federico Tobar invita a repensar cómo evaluar el desempeño de la salud pública a partir de un indicador sencillo, pero profundamente significativo: la cobertura de la vacuna triple bacteriana (DTP3). A través de un análisis comparativo e histórico, el autor demuestra que este parámetro no solo refleja la capacidad operativa y la equidad de los sistemas sanitarios, sino también su impacto macroeconómico y su preparación frente a brotes epidémicos. Con especial atención al caso argentino, Tobar propone una lectura crítica sobre los avances, retrocesos y desafíos que enfrenta la salud pública en la región.
Federico Tobar es Asesor de financiamiento para el desarrollo en el fondo de Poblacion de las Naciones Unidas. Ejercio como asesor en financiamiento y sistemas de salud en la misma agencia y tambien como consultor internacional trabajando en 24 paises. Es Doctor en Ciencias Politicas, Master en Economia y licenciado en Sociologia. Fue Jefe de Gabinete del Ministerio de Salud de Argentina entre 2001 y 2003, donde implemento el programa Remediar.
La cobertura de vacuna triple bacteriana o DTP3 (tercera dosis de difteria, tétanos y tos ferina) es un termómetro que mide, con bastante exactitud, la respuesta social organizada a los problemas de salud de una población. En otras palabras, es un indicador muy eficaz de cómo responden los sistemas y las políticas de salud.
El dato revela mucho más que los niveles de inmunización. En primer lugar, da cuenta de la eficacia del modelo de atención vigente. Porque la cobertura de DTP requiere tres contactos con el sistema de salud, lo que refleja la capacidad del sistema para no solo iniciar, sino también completar esquemas de vacunación.
Pocas cosas son menos eficaces para mejorar la tasa de vacunación que la medicina del radar. Esteban Lifschitz denomina así al modelo de atención en el que los pacientes solo tienen un seguimiento esporádico, limitado a visitas episódicas a los servicios médicos (1). Los mejores modelos de atención son aquellos que captan al paciente de forma precoz y le dan seguimiento más allá de la consulta. (2)
En lo que respecta a la vacunación en los modelos de atención más proactivos se entrecruzan y potencian la responsabilidad del Estado por la salud poblacional y la necesidad de salir a buscar a quienes deben vacunarse antes de que enfermen. Pero el indicador de DPT3 es más relevante que otros, porque cuando un niño es contabilizado a través de este, es muy probable que haya recibido también otras vacunas básicas (BCG, Polio, HepB, etc.), de modo que funciona como indicador sintético del funcionamiento del sistema.
En segundo lugar, la cobertura de DPT3 es fácilmente comparable a nivel internacional y sensible a variaciones coyunturales. Por ese motivo, tanto la OMS como UNICEF lo consideran el indicador central de sus estimaciones de niveles nacionales de cobertura vacunal desde los años 1990. (3) El que todos los países y regiones reporten de forma homogénea y anual facilita mucho la comparación en tiempo y espacio. Por ejemplo, al hacer una comparación transversal, se observa que en 2024 Costa Rica y Cuba obtuvieron la misma respuesta que
Portugal, Japón y Corea, mientras que Uruguay alcanzó la misma respuesta que Estados Unidos. Brasil puede compararse en su desempeño con Holanda, mientras que Colombia puede compararse con Alemania. Paraguay y Perú se asemejan a Bosnia. La respuesta alcanzada ese mismo año por Argentina y Honduras es superior a la de Namibia y Etiopía y apenas inferior a la de Camerún. A su vez, Bolivia registró la misma respuesta que Afganistán.(4) Por otro lado, si la lectura es longitudinal, obtenemos hallazgos como la verificación de que Argentina en 2004 y 2005 alcanzó un 98% de cobertura, situándose muy por encima de toda la región.
En tercer lugar, la cobertura de DPT3 reviste una alta relevancia epidemiológica. En particular, la tos ferina (pertussis) continúa siendo una enfermedad centinela de la calidad de la vacunación infantil. Como lograr la inmunidad poblacional requiere refuerzos, los descensos en DTP3 suelen anticipar rebrotes o brotes epidémicos. En otras palabras, la cobertura de DTP3 provee una medida de cuan preparado esta el sistema de salud para responder a brotes epidémicos.
En cuarto lugar, la cobertura de DPT3 puede considerarse un proxy de la contribución de la salud a la macroeconomía. Debido a las altas externalidades que generan las vacunas esenciales, desde la economía de la salud se ha demostrado que cada punto de incremento en la cobertura de DPT3 se asocia con un aumento de entre 0,005 y 0,008 puntos porcentuales en la tasa anual de crecimiento del PIB. (5)
Cabe alertar que para obtener una perspectiva sanitaria completa, partiendo de mirar desde la vacunación, haría falta considerar la evolución de un “paquete básico” de indicadores que, además de la cobertura de DTP3 incluya MCV1 (en Argentina conocida como Triple Viral -Sarampión, Rubéola, Parotiditis), la tasa de personas que no completan el esquema (dropout rate) y el % de chicos que no reciben ni siquiera la primera dosis de DTP. Este último es un indicador muy relevante (tal vez el mejor) de inequidad en salud.
A la luz de este marco de referencia, detengámonos en el análisis de la situación argentina. El país registraba altos niveles de cobertura, por encima del promedio de la región, hasta el 2019. Como se aprecia en el gráfico, en 2020, afectada por la pandemia, la cobertura cayó 9 puntos porcentuales, quedando por debajo del promedio regional. Desde entonces, Argentina registró una cobertura inferior al promedio de la región. Pero la situación registrada en 2023 fue catastrófica; el 66% de cobertura alcanzado ese año no tiene precedentes y dejó al país en ituación comparable a la de Haití y Madagascar. (Fuente: MSAL (6) y OMS (4))
La recuperación registrada en 2024 constituye un logro importante. Argentina incrementó sucobertura en 12,6 puntos porcentuales. De mantenerse, el país podría, en pocos años, recuperar la posición destacada que registró hace dos décadas.
Por otro lado, aplicando al caso argentino el modelo desarrollado por Masia y colaboradores (2018), este logro en la respuesta de salud se traduce en una contribución a la economía del orden de los 524 millones de dólares anuales. Lo cual, por sí solo, justifica el incremento en valores reales de las asignaciones a la función salud dentro del presupuesto nacional.
¿Qué explica esas variaciones tan abruptas en la desempeño del sistema de salud? Es difícil reducir el análisis de la variación de la cobertura de DPT3 a pocas causas. Se puede argumentar que no es una variable dependiente de la macroeconomía (cabe destacar que la contribución del trabajo de Masia y colaboradores no es respecto a cómo la economía contribuye a la salud sino de como la salud contribuye a la economía).
Una posible interpretación es que en los últimos años se haya registrado una crisis del paradigma de los programas verticales como modalidad prevalente de política de salud. Entre 2001 y 2023 proliferaron flujos de recursos desde el centro hacia la periferia, guiados por lógicas que cada vez respondieron menos a las necesidades epidemiológicas y más a afinidades político-partidarias. Es posible que la gobernanza del sistema haya quedado afectada por un modelo de descentralización proselitista y que, al cortarse abruptamente los flujos financieros, el sistema se haya enfocado en priorizar respuestas básicas. Pero esta última es una hipótesis que enuncio para su debate. Aún no es evidencia corroborada.
(1) Lifschitz, Esteban (2014). “La medicina del radar”. Disponible en: https://fsg.org.ar/publicaciones/La%20medicina%20del%20radar.pdf
(2) Tobar, F., & Anigstein, C. (2013). Redes de Salud: Análisis de caso y conceptualización del funcionamiento en red del Hospital El Cruce. 1ª edición. Florencio Varela: Universidad Nacional Arturo Jauretche. https://www.scribd.com/document/378936409/Tobar-Federico-Anigstein-Carlos-2012-Redes-en-Salud-Teoria-y-Practica
(3) World Health Organization & United Nations Children’s Fund. (2025). WHO/UNICEF Estimates of National Immunization Coverage (WUENIC), 2024 Revision (Data up to 2024, released 15 July 2025). Geneva: WHO & UNICEF. Available at: https://www.who.int/teams/immunization-vaccines-and-biologicals/immunization-analysis-and-insights/global-monitoring-immunization-coverage& https://data.unicef.org/topic/child-health/immunization/
(4) https://www.who.int/data/gho/data/indicators/indicator-details/GHO/diphtheria-tetanus-toxoid-and-pertussis-%28dtp3%29-immunization-coverage-among-1-year-olds-%28-%29
(5) Masia, J., Mugo, S., & Hauck, K. (2018). “Vaccination and GDP Growth Rates: Exploring the Links in Conditional Convergence Framework”. World Development, 103, 88–99. https://doi.org/10.1016/j.worlddev.2017.10.012
(6) MSAL (2025). Boletín Epidemiológico Nacional N°769 del Ministerio de Salud, agosto 2025.