lunes, 18 de septiembre de 2017

ALQUILER DE VIENTRES

Columna de actualidad: 40 preguntas (sin respuesta) sobre alquiler de vientres. Lafferriere, Jorge N.

Autor: Lafferriere, Jorge N. –
Fecha: 08-09-2017
Cita: MJ-DOC-11992-AR | MJD11992
Doctrina:
Por Jorge N. Lafferriere (*)
En Argentina, a partir de algunos fallos judiciales y de la presentación de tres proyectos de ley en la Cámara de Diputados (exptes. 5759-D-2016, Dip. Rach Quiroga; 5700-D-2016, Dip. Araceli Ferreyra y otros; y 3202-D-2017, Dip. Lipovetsky), se ha abierto un debate en la opinión pública sobre el alquiler de vientres. En anteriores boletines, analizamos el activismo judicial en la materia, los proyectos de ley y reseñamos las razones que nos llevan a concluir que la maternidad subrogada está prohibida en nuestro país.



En esta ocasión, proponemos 40 preguntas que dejan en evidencia los dilemas que encierra la maternidad subrogada y que no reciben respuesta éticamente aceptable. Para ello, es oportuno recordar que la maternidad subrogada (o alquiler de vientres, o gestación por sustitución) se configura por el contrato que realiza uno o unos comitentes que, por intermediación de una clínica de procreación artificial, encargan la concepción in vitro de un niño para que sea gestado por una mujer quien, luego del nacimiento, se compromete a entregarlo a los comitentes y renuncia al vínculo jurídico de maternidad. Los comitentes son inscriptos como los padres del niño. Existen distintas modalidades, según los comitentes aporten o no sus propios gametos, según la gestante cobre o no cobre, según ella aporte sus óvulos o no los aporte, según existe o no un vínculo con los comitentes, o según la gestante sea anónima o no.
A continuación, compartimos las preguntas:
1. ¿El consentimiento dado por la gestante es revocable?
2. Si la gestante queda embarazada luego de concebidos los embriones pero antes de su transferencia, ¿qué sucede con el contrato?
3. ¿Qué sucede con los embriones concebidos in vitro y no transferidos si la gestante o los comitentes revocan el consentimiento?
4. ¿Qué pasa si la gestante luego de dar a luz se arrepiente y quiere ejercer su maternidad?
5.¿Qué pasa si los comitentes se arrepienten durante el embarazo y demandan que la gestante aborte y ella no quiere abortar?
6. ¿Qué pasa si los comitentes se arrepienten luego del parto y no quieren recibir al niño recién nacido?
7. ¿Qué sucede si los comitentes mueren antes del parto?
8. ¿Qué sucede si la gestante muere antes de la transferencia de los embriones?
9. ¿Qué sucede si la gestante fallece durante el embarazo?
10. ¿Se puede obligar a una madre a entregar a su hijo si ella se niega?
11. ¿Qué podrá hacer la madre gestante en caso que los comitentes se arrepientan?
12. ¿Se puede obligar a los comitentes a recibir al hijo si ellos se niegan?
13. Si la gestante percibe una remuneración por su servicio, ¿estamos en presencia de una relación laboral?
14. Si la gestante percibe una remuneración por su servicio, ¿debe contar con cobertura de riesgos de trabajo?
15. ¿Puede la gestante trabajar en relación de dependencia durante el embarazo?
16. Si la gestante estuviera trabajando en relación de dependencia, ¿goza la licencia por maternidad?
17. ¿Quién goza las licencias por nacimiento?
18. ¿Quién percibe la asignación familiar prenatal: la gestante o los comitentes?
19. Si la gestante tuviera que salir del país, ¿debe pedir permiso a los comitentes?
20. ¿Qué pasa si la gestante se enferma durante el embarazo y tiene que hacer tratamientos que puedan poner en peligro la vida del niño?
21. ¿Qué gastos de vida y salud de la gestante quedan incluidos en el contrato?
22. Si la gestante está casada, ¿debe el marido prestar consentimiento para este contrato?
23. Si la gestante está casada, ¿se le aplican las reglas legales que presumen que el hijo nacido de su cónyuge es su hijo?
24. ¿Cómo se determina el precio que cobra la clínica de procreación artificial?
25. ¿Quién contrata a la gestante: la clínica o los comitentes?
26. ¿Quién pacta con la gestante el precio de sus servicios?
27.¿Cómo se determina el precio-salario que se abona a la gestante?
28. El contrato que obliga a la gestante, ¿consiste en una prestación de servicio?
29. ¿Qué características de la gestante (edad, apariencia física, raza, religión, estudios, antecedentes clínicos y psicológicos, laborales, familiares) se toman en cuenta para su elección?
30. ¿Las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deben abonar el precio-salario de la gestante?
31. En los proyectos que afirman que la gestante no cobra por sus servicios, ¿cómo evitar fraudes o pagos por fuera del marco del acuerdo controlado judicialmente?
32. ¿Cómo se determina la «compensación económica» en la gestación donde la gestante no recibe una retribución?
33. ¿Cobra la clínica de procreación artificial por los servicios en caso que la gestante no perciba una retribución?
34. En caso que la gestante sea pariente de la comitente que aporta los óvulos (madre, hermana, cuñada), ¿cómo se resuelven los vínculos filiatorios?
35. ¿Es la persona por nacer el objeto del contrato que debe ser gestado y entregado al nacer?
36. Durante la gestación, ¿quién ejerce la representación jurídica de la persona por nacer en los términos de los artículos 24 y 101 del Código Civil y Comercial?
37. En caso de intervenciones médicas prenatales que afecten al por nacer, como por ejemplo una amniocentesis, ¿quién otorga el consentimiento por la persona por nacer?
38. Si fallece el marido de la gestante durante el embarazo, ¿el por nacer se considera heredero en los términos del artículo 2279 CCC?
39. Si la gestante se arrepiente antes de la transferencia del embrión, ¿puede ser obligada a cumplir el contrato?
40. ¿Cuántos embriones se transfieren a la gestante y qué pasa si transita un embarazo múltiple?
Estas preguntas intentan poner en evidencia los dilemas a los que lleva la legalización de la maternidad subrogada.En esta práctica, no sólo se verifica la expansión de una lógica biotecnológica que somete la transmisión de la vida a una lógica productiva y que tiende a considerar al hijo como un producto, sino que también se generan condiciones para la explotación de mujeres pobres y se manipulan los vínculos más básicos y constitutivos de la personalidad. De allí que reiteremos que tanto el legislador como los jueces y demás gobernantes deben actuar ratificando la prohibición de la maternidad subrogada y poniendo límites al poder biotecnológico para proteger a la persona humana y su dignidad.
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(*) Abogado, UBA. Doctor en Ciencias Jurídicas, UCA. Profesor de Elementos de Derecho Civil, UBA. Profesor de Principios de Derecho Privado, UCA. Director del Centro de Bioética, Persona y Familia.
N. de la R.: Artículo publicado por el Centro de Bioética, Persona y Familia [http://centrodebioetica.org/].

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