martes, 5 de mayo de 2015

VIH Y TRABAJO: DE LA EXCLUSIÓN LABORAL A LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

Fuente: msal.gov.ar

En la actualidad, las personas con VIH pueden realizar todas las actividades que se propongan. Pueden formar una pareja, una familia, tener hijos, estudiar, practicar deportes, realizar sus proyectos y cumplir sus expectativas como todas las personas. Los avances científicos en materia de tratamientos permitieron que su calidad de vida mejorara hasta tal punto que en nuestros días la infección por VIH es considerada una infección crónica.

A su vez, estas personas tienen los mismos derechos laborales que quienes no tienen la infección: al acceso libre al trabajo, a no sufrir ningún tipo de discriminación, a que no se les exija un test de VIH para su ingreso y a que no se conozca su diagnóstico si no lo quieren dar a conocer.

Estos derechos están protegidos por la Ley Nacional de Sida (Nº 23.798), la cual establece que el equipo de salud que tome conocimiento de la infección de una persona tiene prohibido revelar esa información a otros. Asimismo, la persona con VIH tiene derecho a manejar esta información de acuerdo con su criterio y elegir a quién se lo quiere decir y a quién no, y en qué momentos.
Sin embargo, aún hoy persisten actitudes estigmatizantes que hacen que un alto número de quienes tienen VIH viva la exclusión del mercado laboral. Se puede advertir en las consultas que atiende el Área de Derechos Humanos y Sociedad Civil de la Dirección de Sida y ETS del Ministerio de Salud de la Nación que la falta de un trabajo estable y la dificultad del acceso al primer empleo son temas centrales en las preocupaciones que diariamente deben enfrentar las personas con VIH en nuestro país.
De hecho, dos de cada diez consultas al Area tienen que ver con un tema de discriminación en el ámbito laboral y el 13 por ciento de los llamados son para pedir asesoramiento en el trámite para la obtención de la pensión laboral.
En este caso, se trata de personas que suelen recurrir a las pensiones sociales cansadas ya de la búsqueda laboral y los obstáculos que se les presentan. La falta de recursos los lleva a buscar este tipo de ayuda social por parte del Estado.
Por otro lado, recientemente se dio a conocer que el Ministerio de Trabajo de la Nación se encuentra trabajando en la elaboración de una resolución que establece que la realización de la prueba de VIH en los exámenes preocupacionales constituye una violación de la ley antidiscriminatoria y de protección de datos personales y, como tal, se trata de un delito y puede ser denunciada.
Es necesario seguir esforzándonos en derribar las barreras que impiden a las personas con VIH acceder a un trabajo digno, entendiendo que la plena realización del derecho al trabajo es parte ineludible del derecho a una vida digna y, por lo tanto, a su salud.
Si tenés alguna duda sobre tus derechos podés comunicarte con el Área de Derechos Humanos y Sociedad Civil de la Dirección de Sida y ETS del Ministerio de Salud de la Nación a consultasdsyets@gmail.com o por teléfono al (011) 4379-9017.

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