viernes, 9 de marzo de 2012

MAR DEL PLATA: CLAUSURAN CLÍNICA QUE TENÍA UNA FARMACIA ILEGAL

 Fuente: miradaprofesional.com
GENERAL PUEYRREDON: En un hotel de esa localidad bonaerense funcionaba un geriátrico y clínica sin habilitar, que entregaba medicamentos sin ningún tipo de control ni supervisión. Fue cerrado por las autoridades, que además decomisaron gran parte de los remedios que allí se entregaban.
La municipalidad de general Pueyrredón clausuró ayer un hotel donde funcionaba un geriátrico y clínica psiquiátrica ilegales, que además tenía una farmacia que entregaba medicamentos. La inspección detectó la presencia de 15 personas a las que se les suministraban esos fármacos sin ninguna clase de control médico. Se investiga si además surtían de remedios a otras personas.

CRISIS EN LA SALUD PORTEÑA: OTRA VEZ POLÉMICA EN EL BORDA

 Fuente: miradaprofesional.com
CAPITAL FEDERAL: Desde la oposición volvieron a cargar por el estado del neuropsiquiátrico. Legisladores denunciaron la demolición de una zona donde funcionaba un taller de panadería. Dicen que se perfila un “negocio inmobiliario”. 
Esta semana, otra vez hubo fuertes críticas de la oposición por el estado del hospital Borda, el neuropsiquiátrico de la ciudad de Buenos Aires que hace casi un año está sin gas. En este caso, hubo quejas por la demolición de un lugar donde funcionaba un taller de panadería. Aseguran que la estrategia es parte de un “negocio inmobiliario” que quiere hacer el jefe de gobierno porteño.

MÁS PROBLEMAS EN LA SALUD DE CÓRDOBA: PARAN LOS ANESTESISTAS

 fuente: miradaprofesional.com
CORDOBA: Se sumarán a los reclamos del personas profesional, y realizarán protestas en todos los hospitales públicos. Desde el lunes 19 de marzo, sólo se atenderán urgencias, en un quirófano por nosocomio. Respaldo de la FESPROSA. 
Con asambleas de tres horas, los médicos anestesiólogos de los hospitales provinciales de Córdoba acentuarán el plan de lucha que desde hace varios meses cumple el personal de la salud en demanda de mejores salarios, informó una fuente sindical.

martes, 6 de marzo de 2012

NUEVA RESOLUCIÓN SSSALUD PARA EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGA

http://www.sssalud.gov.ar/novedades/archivosGSB/documentos/Res_174_12_sss.pdf

LA ANMAT PROHIBIÓ EN EL PAÍS LAS MAMADERAS CON BISFENOL

 Fuente_miradaprofesional.com
 BUENOS AIRES: La entidad confirmó que en 30 días los productores deberán retirar del mercado todos los artefactos para lactantes que contengan esa sustancia, sospechada de generar efectos tóxicos. La medida ya había sido tomada en otros países, como Estados Unidos y Brasil.
Luego de que un informe alertara que la exposición al bisfenol A (BPA), sustancia presente en muchos productos plásticos de policarbonato, aumenta el riesgo de desarrollo de las enfermedades del corazón durante toda la vida, en la Argentina se prohibió su uso en mamaderas. La medida, oficializada ayer por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), da un plazo de 30 días a los fabricantes para adaptarse a las nuevas normas, y retirar el material existente.

JUSTICIA GRATUITA PARA TODOS LOS CONSUMIDORES

  Fuente: mercadoytransparencia.org
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que el beneficio de “justicia gratuita” para la defensa del consumidor incluye las costas del proceso. Hasta hoy muchos jueces se negaban a aplicar el texto legal con ese alcance y limitaban la exención a la tasa de justicia. ¿Acatarán los jueces el fallo de la Corte o seguirán resistiendo la aplicación de la ley vigente?
La Corte Suprema de Justicia con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y – por su voto- Carmen Argibay, ratificaron que el beneficio de justicia gratuita otorgado por la Ley de Defensa del Consumidor para toda las acciones judiciales iniciadas en defensa de intereses de incidencia colectiva, abarca las costas del proceso.

viernes, 2 de marzo de 2012

RESOLUCION ANSES SOBRE OPCIÓN DE CAMBIO DE OBRA SOCIAL

Administración Nacional de la Seguridad Social
OBRAS SOCIALES
Resolución 62/2012
Los beneficiarios titulares de una prestación previsional otorgada por el Sistema Previsional Argentino podrán ejercer la opción de cambio de Obra Social, por el aplicativo disponible en la página Web de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
Bs. As., 29/2/2012
VISTO el Expediente Nº 024-99-81359406-0-790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, los Decretos Nº 292 de fecha 14 de agosto de 1995, Decreto Nº 492 de fecha 22 de septiembre de 1995, Resolución Conjunta del ex Ministerio de Salud y Acción Social Nº 151 y del ex Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Nº 364 de fecha 26 de octubre de 1995, Decreto Nº 1187 de fecha 18 de octubre de 1996, Decreto Nº 197 de fecha 10 de marzo de 1997, Resolución DE N 684 del 25 de julio de 1997, y,
 
 CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de Resolución a fin de implementar mejoras en el circuito de opción de Obras Sociales a través de la Web para jubilados y pensionados. Que en virtud del artículo 11 del Decreto Nº 292/95, modificado por su similar Nº 492/95, los beneficiarios mencionados en el artículo 8º, inciso b), de la Ley Nº 23.660 podrán optar por afiliarse al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) o a cualquier otro Agente del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD inscripto en el Registro correspondiente. Que el artículo 12 del Decreto Nº 292/95 establece que las opciones de cambio sólo podrán ser ejercidas por los beneficiarios una vez por año, facultando a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL para establecer y poner en funcionamiento los procedimientos necesarios que posibiliten a los jubilados y pensionados elegir libremente el Agente del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD que les brindará la prestación médico-asistencial. Que mediante la Resolución DE Nº 684/1997 se instrumentó la reglamentación de derecho de libre elección por parte de los mencionados en el artículo 8°, inciso b), de la Ley 23.660, determinando expresamente cuáles son los sujetos legitimados. Que corresponde adecuar las funciones necesarias para implementar un mecanismo idóneo utilizando la tecnología en beneficio de todos los beneficiarios de la seguridad social. Que esta Administración Nacional instrumentó un aplicativo vía Web a efectos de agilizar el mecanismo para ejercer la opción de una Obra Social, facilitando el acceso a todo nuevo beneficiario Previsional como así también a los ya existentes a partir de la implementación de este nuevo mecanismo. Que es decisión institucional brindar una creciente calidad de servicio al ciudadano, mediante la implementación de mecanismos informáticos adecuados, evitando la concurrencia a las UDAI y Oficinas de Atención al Público. Que este aplicativo permite a los beneficiarios realizar la opción a la Obra Social vía web contando con la Clave de Seguridad Social que es personal e intransferible. Que la opción a la Obra Social a través de Internet permite establecer la manifestación de la voluntad del beneficiario. Que además es fundamental actualizar mecanismos ágiles respecto de la gestión, información y comunicación, que contribuye al incremento de la eficiencia y eficacia del organismo y a la optimización del manejo de la información, suprimiendo de esta manera instancias innecesarias para el Estado Nacional, como así también, maximizando los tiempos de los ciudadanos a través de la posibilidad de ejercer la opción de Obra Social vía web desde la página de internet de esta Administración Nacional. Que todo ello en virtud de un constante desarrollo y modernización de los medios informáticos de esta Administración Nacional. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia no encontrando objeciones legales que formular. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto 2741/91 y el artículo 36 de la Ley 24.241. Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:
Artículo 1º — Los beneficiarios titulares de una prestación previsional otorgada por el Sistema Previsional Argentino podrán ejercer la opción de cambio de Obra Social, por el aplicativo disponible en la WEB de esta Administración Nacional de la Seguridad Social, debiendo utilizarse la Clave personal de la Seguridad Social.
Art. 2º — Los beneficiarios que utilicen la aplicación de Internet de acuerdo al proceso aprobado por la presente, quedaran automáticamente empadronados, juntamente con el grupo familiar seleccionado, en la Obra Social del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) o en la Obra Social elegida, sin necesidad de concurrir a la UDAI.
Art. 3º — La operatoria aprobada por la presente se implementará para las Obras Sociales comprendidas en el Decreto 292/95 inscriptas en el Registro creado por el artículo 10 del Decreto Nº 292/95, modificado por su similar Nº 492/95, a excepción de las Obras Sociales que sólo aceptan beneficiarios de origen.
Art. 4º — Aquellos beneficiarios que requieran cambios en sus datos personales y/o de su grupo familiar, deberán concurrir a la UDAI más cercana a su domicilio con la documentación pertinente.
Art. 5º — La presente Resolución entra en vigencia a partir del 1º de marzo de 2012.
Art. 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Diego L. Bossio.

jueves, 1 de marzo de 2012

EL 5 DE MARZO COMIENZA LA INSCRIPCIÓN EN EL POSTGRADO DE DERECHO DE LA SALUD

ESPAÑA: UN JUEZ PROHIBE COMERCIALIZAR 17 GENÉRICOS DEL VIAGRA

Día 01/03/2012
Un juez de Barcelona ha prohibido cautelarmente la comercialización de 17 fármacos genéricos de Viagra. La sentencia, del Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona, ordena «cesar y abstenerse de fabricar, importar a España, adquirir de terceros, ofrecer, poseer, introducir en el comercio y utilizar directa o indirectamente, por sí mismas o a través de terceros» cualquier composición farmacéutica que incorpore sildenafilo, el principio activo de la famosa Viagra que comercializa Pfizer para el tratamiento de la disfunción eréctil.
Según expone el fallo, al que ha tenido acceso ABC, los medicamentos deberán ser retirados del mercado tan pronto como Pfizer presente una fianza de 500.000 euros. La medida afecta a Kern Pharma, Actavis Spain, Laboratorios Cinfa, Laboratorios Normon, Ratiopharm España, Sandoz Farmacéutica, Tecnimede España Industria Farmacéutica, Teva Pharma, Mabo Pharma, Laboratorios Q. Pharma, Germed Farmacéutica, Farmalider, Genéricos Normon, Apotex España y GP-Pharm.

REAFÍLIESE POR DICTAMEN DE LA PROCURADORA

 Fuente: diariojudicial.com
La Corte ordenó la reafiliación de una mujer a la Obra Social de Entre Ríos, luego de que el TS provincial rechazara la petición por haber sido interpuesta fuera del plazo legal. La amparista padecía hidrocefalia y la Corte, con remisión al dictamen de la Procuradora Fiscal, admitió su recurso extraordinario.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió el recurso extraordinario de una mujer, revocó la sentencia impugnada del Tribunal Superior de la provincia de Entre Ríos, y ordenó la reafiliación de la actora a la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER), “en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 16, segundo párrafo, de la Ley 48”.