sábado, 27 de febrero de 2010

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

H.Cámara de Diputados de la Nación


PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

Nº de Expediente 6299-D-2010

Trámite Parlamentario 183 (19/02/2010)

Sumario PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE DENUNCIAS EFECTUADAS DURANTE EL PERIODO 2006 - 2009, CUYO OBJETO RADICARIA EN LA EXISTENCIA EN EL MERCADO FARMACEUTICO DE MEDICAMENTOS, PRODUCTOS COSMETICOS Y OTROS QUE NO CUMPLIRIAN CON LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE DE CONTROL.

Firmantes PIEMONTE, HECTOR HORACIO - FLORES, HECTOR.

Giro a Comisiones ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA.

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:



a) Número de actuaciones tramitadas ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos Tecnología Médica (ANMAT) para cada año, durante el período enero 2006 - diciembre 2009, que tuvieron por objeto denuncias efectuadas por terceros o dependencias del Estado que investiguen la existencia en el mercado farmacéutico de medicamentos, cosméticos y otros productos, sometidos a su control, que no cumplan con la normativa legal vigente.-


b) Precise, del universo involucrado en el anterior inciso, para los casos de productos de mercado en los que se haya constatado que no se producían en laboratorios autorizados consignados para su identificación, los siguientes datos: I) Nombre del producto involucrado; II) Nº Disposición emanadas del ANMAT; III) Fecha de publicación de la misma; IV) Nombre de laboratorio involucrado; V) Nombre del director técnico del laboratorio involucrado


c) Refiera las acciones y medidas, preventivas y de control, que se hayan dispuesto específicamente a partir de las irregularidades detectadas.


d) Señale cualquier otro tipo de información que crea pertinente.



FUNDAMENTOS

Señor presidente:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) es un organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, creado mediante decreto 1490/92. Es su función la protección de la salud humana, asegurando la calidad de productos de su competencia: medicamentos, alimentos, productos de uso doméstico, médico y de diagnóstico.

Es la responsable de los procesos de autorización, registro, normatización, vigilancia y fiscalización de los productos que se utilizan en medicina, alimentación y cosmética humana. Depende técnica y científicamente de las normas y directivas que le imparte la Secretaria de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud, con un régimen de autarquía económica y financiera.

En este marco, la ANMAT tiene como objetivo principal garantizar que los medicamentos, alimentos y dispositivos médicos a disposición de la población, posean eficacia (cumplimiento del objetivo terapéutico, nutricional o diagnóstico) seguridad (alto coeficiente beneficio/riesgo) y calidad (respondan a las necesidades y expectativas de la ciudadanía).

Atento a que en el Boletín Oficial del 29/12/2009, por Disposiciones 6381/09 y 6379/09, se prohibieron la comercialización y el uso de todo el territorio nacional de dos productos cosméticos por no poder garantizarse la calidad: 1) NUEVO - PULSERA ANTI MOSQUITOS 100% NATURAL - RESISTENTE AL AGUA - DURA 3 SEMANAS O MAS - TALLE 2 - INDUSTRIA ARGENTINA. RNE Nº 020035432 - SENASA 1355/2004 - MS. Y AS. 115/98, LEGAJO 2459 ; 2) TERMO LISE tratamiento PASO 2 - uso profesional - ANTI FRIZZ MSYAS Res 155/98 - leg 2481 - ind arg - 1000 ml - BISSELL" y "TERMO LISE tratamiento PASO 3 - uso profesional - MASCARA FINALIZADORA - MSYAS Res 155/98 - leg 2481 - ind. arg - 1000 ml - BISSELL".

Y que en forma sistemática se vienen observando actuaciones del ANMAT, como las señaladas en el párrafo anterior, prohibiendo la comercialización y el uso de todo el territorio nacional de determinados productos lo que supone un fallo en los controles de inscripción y registro de los productos cosméticos que por Resolución ex M.S. y A.S. Nº 155/98 debe garantizar. Pudiendo esta circunstancia conllevar a una grave situación institucional en perjuicio de la salud de los habitantes de la Nación.

Por lo expresado, solicito la aprobación del presente Proyecto.



No hay comentarios: