domingo, 8 de diciembre de 2013

EL DERECHO SANITARIO EN 30 AÑOS DE DEMOCRACIA




Dra. MARÍA CRISTINA CORTESI**


     Hace 30 años resultaba difícil hablar de “derecho de la salud” o “derecho sanitario”. Siempre hacíamos referencia a “derecho a la salud”, como el derecho que le asiste a toda persona de poder reclamar la atención sanitaria requerida.

     Quienes supimos abrazar desde sus inicios esta maravillosa temática del Derecho, nos quejábamos precisamente de la falta de normativa específica. Contábamos entonces con leyes como la de ejercicio de la medicina, las que regulaban algunas viejas enfermedades (esa vieja costumbre argentina de regular por enfermedad, que aún subsiste), echábamos mano a la legislación extranjera (sobre todo la española) y luego el Código de Etica de la Asociación Médica Argentina nos fue de mucha utilidad. También recurríamos a los principios de la Bioética, para poder resolver algunos temas relacionados con la salud, que nos sometían a consulta.

     Pero a poco de andar, nos dimos cuenta que aún con pocas normas que regularan temas específicos, contábamos con una doctrina y una jurisprudencia casi unánime en muchos casos, que nos permitían por ejemplo, saber cómo había que llevar una historia clínica, a quién le pertenecía la misma, qué era el consentimiento informado, qué informar, qué no informar, que había que respetar la voluntad de los pacientes en cuanto a su negativa a tratarse o no, etc. Y ello en virtud de la inusitada cantidad de demandas iniciadas en forma individual o colectiva por las personas que reclamaban por la vía judicial el cumplimiento de su derecho a los tratamientos de salud por parte del Estado o de las Obras Sociales. Recuerdo que podíamos dar todo un curso de Derecho de la Salud sólo con fallos jurisprudenciales. Para recordar algunos, podemos citar el fallo “Benghalensis” en el cual las personas viviendo con HIV-Sida reclamaron los tratamientos gratuitos, o el fallo Bahamondez, un Testigo de Jehová que se negaba a recibir una transfusión sanguínea y finalmente la CSJN resolvió hacer efectivo el principio de la autonomía de la voluntad de los pacientes.

     Algunos derechos, hoy consagrados en la Ley de Derechos de los Pacientes surgieron a partir de la década de los 80’ cuando, producida la “crisis de la mala praxis” en California, ésta se extendió a varios países, entre ellos, Argentina. Recuerdo que entonces la comunidad médica se enojó bastante con nuestros colegas que se dedicaban a abogar en juicios de responsabilidad médica y los acusaban de incentivar la “industria del juicio”, o hablaban de “litigiosidad indebida”. Entonces muchos decíamos, inclusive desde las jornadas llevadas a cabo en esta casa, que esas demandas eran llamadas de atención. Que había que indagar en forma introspectiva y ver qué estaba pasando dentro de los establecimientos sanitarios, que debían trabajar con estándares de calidad asistencial; que muchos errores médicos que podían terminar con la vida de los pacientes podían evitarse si todo el trabajo se focalizaba en la seguridad del paciente; que el abordaje del error médico debía ser sistémico. Decíamos también que había que mirar qué pasaba en algunas industrias como la de la aviación por ejemplo, que siendo la más riesgosa era la que menos errores cometía y entonces había que trabajar como ellos en el reporte de errores, anticipando lo inesperado, etc. Decíamos entonces que las personas reclamaban atención su salud de calidad y que no litigaban indebidamente.

     Hoy en día, que se trabaja en todos los centros asistenciales con medidas focalizadas en la seguridad del paciente, vemos cómo las demandas por responsabilidad médica han disminuido. Pero aquellas demandas nos sirvieron para dejar sentadas algunas medidas y sirvieron de antecedente para reglamentar mucho más tarde, los derechos de los pacientes.

     Todo esto me recuerda la doctrina abordada por Roberto Lyra Filho en Brasil en relación a lo que él llama “Derecho desde la calle”. Para este autor, el derecho surge o emerge de la sociedad simbolizada en la “calle”; nace de la demanda popular de los oprimidos, los expoliados y este proceso sólo puede ser posible en libertad y democracia.

     Y precisamente este fue el derrotero seguido por este derecho que hoy se ha convertido en una disciplina autónoma; como vimos nació de los reclamos populares y sigue forjándose y nutriéndose en forma dinámica  de las sucesivas “llamadas de atención” de las personas en forma individual o colectivamente, que buscan ser escuchadas en sus reclamos. En eso también hemos visto un gran crecimiento, signo de un alto grado de madurez social, de los grupos de pacientes.

     Y esta Asociación, no ha permanecido ajena sino que ha contribuido a conformar este derecho, hoy disciplina autónoma. La Comisión de Derecho Sanitario desde su creación hasta nuestros días, ha sido una de las más proactivas. Quienes ocuparon su presidencia: el Dr. Kraut, la Dra. Fontan, el Dr. Iribarren Pugach y en la actualidad quien les habla, hemos capacitado a cientos de colegas que asistieron a nuestros cursos y jornadas. Pero también hemos sido consultados en varios proyectos legislativos.

     Cuando nos consultaron por uno de los proyectos de regulación de la medicina prepaga, decíamos en nuestro dictamen que no sólo había que contemplar el contrato privado, sino que los planes de adherentes y superadores de las Obras Sociales no podían quedar fuera de la reglamentación. También opinábamos que crear una estructura de contralor y regulación de las mismas, constituía un dispendio de recursos cuando ya existía la Superintendencia de Servicios de Salud que podía hacerse cargo. Todo ello fue luego incorporado a la actual ley, por lo que entendemos que íbamos por el buen camino en nuestro asesoramiento.

     Hemos sido invitados cuando se discutió en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, la llamada “ley de muerte digna”. Y allí conocimos el trabajo silencioso y casi anónimo de quienes luchaban para que sus seres queridos pudieran morir con dignidad. Recuerdo que conocí a la mamá de Camila, una adolescente que pedía evitar el encarnizamiento terapéutico, y a otras madres con hijos en esa situación. Y allí decíamos que la muerte es parte de la vida y que con la misma dignidad con la que tenemos derecho a vivir, merecemos morir.

     Por eso quiero hoy aprovechar para rendirle mi homenaje a todos esos luchadores que en forma anónima o visible, que individual o colectivamente han “peleado” para forjar este derecho sanitario que está en continua etapa de construcción. Es que el derecho sanitario es el producto de la libertad, nació y se forjó en estos 30 años de democracia.

     Queda mucho por hacer todavía y ese es nuestro gran desafío. Todos los que trabajamos en esta Asociación, si bien venimos de distintos estratos políticos y sociales tenemos en común el respeto y el compromiso en la defensa de los derechos humanos. Y la salud, es un derecho humano fundamental así consagrado por nuestra Constitución Nacional. Muchas Gracias!


**Discurso pronunciado por la Dra. Cortesi, presidenta de la Comisión de Derecho Sanitario, con motivo de cumplirse los 30 años en Democracia, en la Asociación de Abogados de Buenos Aires.

Bs. As., 4-12-2013

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