viernes, 16 de abril de 2010

AMPARO PARA QUE LA OBRA SOCIAL CUBRA EL CAMBIO DE SEXO


Mendoza, 15 de abril .- Una mendocina de 44 años, que padece de distrofia de género, y a quien la Justicia autorizó recientemente a colocar en su documento un nombre femenino, presentó un recurso ante los Tribunales Federales a fin de obligar a la obra social de la que es afiliada a que le cubra la operación de cambio de sexo.

Carolina, nacida como varón, padece disforia sexual o de género, un rechazo psicológico a las características físicas de su sexo biológico. Tras el descubrimiento de la enfermedad comenzó a bregar por modificar su identidad, primero en su documentación, y ahora en su aspecto físico.

El 14 de diciembre pasado, el juez del Primer Juzgado de Familia de la provincia, Germán Ferrer, autorizó el cambio de identidad en el DNI.

De esta forma, el 26 de marzo recibió un nuevo documento único, donde figura con nombre femenino. Idéntico trámite se realizó con su título universitario como licenciada en Sistemas y en toda su documentación personal.

Pero recientemente decidió reclamar a la Obra Social de los Empleados de Comercio (OSECAC), de la que es afiliada, que le cubra la cirugía que le permita adaptar su aspecto físico a su identidad sexual.

Pero la solicitud fue rechazada, porque esa enfermedad no está incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Su abogado patrocinante, Ricardo Córica, precisó que su clienta padece de ‘disforia de género, que es una enfermedad contemplada por la Organización Mundial de la Salud y que implica un perfil psicológico masculino o femenino, en un cuerpo diferente‘. ‘Es distinta a la homosexualidad‘, dijo el abogado, en declaraciones a DyN, y aclaró que ‘se da un caso cada cien mil personas, aproximadamente‘.

De acuerdo con lo establecido por la OMS, primero se realizan tratamientos químicos, hormonales, para luego pasar, como en este caso, a la ablación del órgano masculino.

El juez Ferrer autorizó en su momento la intervención quirúrgica y ordenó que le fuera practicada en un hospital público de la ciudad de Buenos Aires.

Pero ‘el problema es que, por una ley específica, está determinado que cuando una persona no carece de recursos o tiene obra social, tiene que pagar la operación‘, explicó Córica. Por ese motivo, se llevó a cabo el pedido a la OSECAC y ahora a la Justicia.

El abogado se quejó porque en la obra social se le hizo saber a su clienta del rechazo, ‘ni siquiera de manera formal, sino verbalmente‘.

‘Le dijeron a mi clienta que rechazaban su pedido porque la enfermedad referida no estaba incluida en al Programa Médico Obligatorio, que es una ley‘, señaló.

Entonces, el letrado presentó un amparo ante el Segundo Juzgado Federal de Mendoza, a cargo de Olga Pura Arrabal, ‘que en tres horas rechazó también el pedido basándose en los mismos argumentos que la obra social, pero olvidándose de la subordinación de las leyes a la Constitución Nacional‘, que en su artículo 33, establece el derecho de toda persona al acceso a la salud.

‘Es una resolución arcaica‘, se quejó el abogado, porque se basa en la jurisprudencia sentada por otro caso en el cual se solicitaba un tratamiento de fertilización asistida. ‘Pero en ese caso se trataba de una (empresa de) medicina prepaga, donde los contratos son distintos. Esto es una obra social, donde existe una obligación legal a contribuir, y donde la obras sociales reciben subsidio del Estado‘, manifestó.

La medida de la jueza Arrabal, fue apelada por Córica ante la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones, que todavía no ha dado una respuesta. ‘Estamos esperando una resolución a este caso‘, sostuvo el abogado.

La operación sólo puede ser realizada en Buenos Aires, y tiene un costo que ronda los 28 mil pesos, explicó Córica.

FUENTE: Diario de Cuyo 15-4-2010

No hay comentarios: