viernes, 28 de marzo de 2014

CAPACITAN EN SALUD MENTAL EN SALTA

Fuente: prensa.argentina.ar

La jornada de formación profesional, que se llevará a cabo mañana en la capital salteña, está destinada a más de 30 especialistas y autoridades de entidades de Salud Mental y Adicciones de seis provincias del norte argentino.
El Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones (DNSMyA) y el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA), realizará mañana en Salta el tercer Curso de Capacitación sobre el Registro Nacional de Personas Internadas por Motivos de Salud Mental (RESAM), destinado a más de 30 especialistas y autoridades de Salud Mental y Adicciones de la provincia anfitriona y de Jujuy, Santiago del Estero, Tucumán, Catamarca y Formosa.


Para mayo próximo está prevista una cuarta edición de estas jornadas de capacitación para los establecimientos monovalentes públicos de la provincia de Buenos Aires, el Hospital Nacional en Red Especializado en Salud Mental y Adicciones (ex CENARESO) y el Hospital Posadas.
La DNSMyA, como autoridad de aplicación de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657, elaboró el RESAM, cuya instrumentación es de carácter obligatoria en todos los centros de internación de salud mental y adicciones del ámbito público, privado y de la seguridad social. No obstante, en una primera etapa, será instrumentado en establecimientos monovalentes del sector público.
Dicho registro, que se incorporó al SISA, permitirá conocer el número de personas internadas; sus condiciones de internación; su caracterización sociodemográfica; su situación judicial, social y familiar, y planificar acciones que orienten las políticas públicas. También posibilitará avanzar en los principios expuestos por la normativa vigente, entre ellos, la protección de los derechos humanos de quienes tienen padecimientos mentales.
Cabe destacar que en lo que refiere al mantenimiento y acceso a los datos personales, el RESAM cumple las prescripciones jurídicas en cuanto al secreto profesional y al derecho a la confidencialidad que garantiza la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. De este modo, sólo el efector y el propio ciudadano pueden acceder a información nominalizada.

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