Resolución 730/2010
Declárase de carácter obligatorio la
exhibición de los afiches correspondientes al área urbana y rural en
los centros de Atención al Público de las Obras Sociales y otros
Agentes del Seguro de Salud.
Bs. As., 15/6/2010
VISTO, la Ley Nº 26.281 y la Resolución Nº 9494/2006 -A.P.E. y,
CONSIDERANDO:
Que el Art. 42 de la Constitución
Nacional establece que entre los derechos de los consumidores y los
usuarios de bienes y servicios se encuentran los de protección de la
salud y de información adecuada y veraz.
Que el citado artículo también menciona
que las autoridades proveerán a la protección de esos derechos y a la
educación para el consumo con el fin de evitar menoscabos en la calidad
de los servicios.
Que la protección de la salud, es propia del
rol garante del Estado, que además, según el artículo mencionado resguarda y tutela los intereses de los usuarios.
Que, por su parte el Art. 4º de la Ley
Nº 24.240 establece que quienes presten servicios deben suministrar a
sus usuarios información veraz, detallada, eficaz y suficiente.
Que resulta necesario brindar al beneficiario
en tiempo y forma toda la información
disponible para que pueda contar con los
elementos indispensables para ejercitar sus
derechos.
Que la Resolución Nº 9494/06 A.P.E. instaura
un Programa de Control de la Enfermedad de
Chagas, para la población de los beneficiarios
de los Agentes del Seguro de Salud.
Que la Ley Nº 26.281 declara de interés nacional
la Prevención y Control de todas las formas
de la enfermedad de Chagas, estableciendo la
obligatoriedad de la realización y notificación
de las pruebas diagnósticas establecidas según
Normas Técnicas del Ministerio de Salud,
en toda mujer embarazada, en los recién
nacidos, hijos de madres infectadas, hasta el
primer año de vida y en el resto de los hijos,
menores de catorce (14) años de las mismas
madres y, en general, en niños y niñas al cumplir
los seis (6) y doce (12) años de edad. De
la misma forma, son obligatorios los controles
serológicos en donantes y receptores de órganos,
tejidos y de sangre a transfundir.
Que el Art. 2º de la Ley Nº 26.281 en su inciso
G y punto 2 establece la necesidad de
desarrollar y auspiciar actividades de educación
sanitaria, desplegando acciones continuas
en los medios de difusión masivos y en
las instituciones educativas.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos 1615/96 y 1034/09-PEN.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Declárese de carácter
obligatorio la exhibición de los afiches correspondientes al área
urbana y rural en los centros de Atención al Público de las Obras
Sociales y otros Agentes del Seguro de Salud, en sus Delegaciones y los
Prestadores institucionales públicos. El contenido de dichos afiches
obra en el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.
— Ricardo E. Bellagio.
ANEXO
- La enfermedad de Chagas tiene tratamiento y se cura.
- Hay Chagas en el campo y la ciudad.
- La enfermedad de Chagas puede y debe diagnosticarse.
- La produce un parásito pequeño que inocula la vinchuca al picar.
¿Cómo se contagia?
- Por la picadura de la vinchuca.
- Por transfusiones de sangre de dadores infectados.
- Por transplante de órganos de donantes infectados.
- Por la placenta y la leche de una madre infectada.
- Por contacto directo con la sangre de personas y animales infectados.
¿Cómo me doy cuenta si tengo Chagas? Con un sencillo análisis de sangre.
¿Cuáles son los síntomas? Al comienzo
es una enfermedad silenciosa. Si la enfermedad avanza puede traer
lesiones en el corazón, intestino y sistema nervioso.
¿Cuál es el tratamiento? Una pastilla durante dos meses, sirve para curar la enfermedad
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