martes, 3 de febrero de 2015

NUEVOS ARANCELES PARA HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA

 Fuente: microjuris.com
RESOLUCIÓN  60

Emisor: Ministerio de Salud

Fecha B.O.: 3-feb-2015

Localización: NACIONAL

Cita: LEG69049



VISTO el Expediente N° 2002-1.009/11-9, del registro del MINISTERIO DE SALUD; el Decreto N° 939 de fecha 19 de octubre de 2000; y las Resoluciones Nros. 1230 del 28 de octubre 2008, 226 del 6 de marzo de 2009, 2207 de fecha 14 de diciembre de 2010, 254 de fecha 1 de marzo de 2011, 1080 de fecha 19 de julio de 2011 y 1630 de fecha 16 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones N° 1230/08, 226/09 y 760/09 del MINISTERIO DE SALUD se puso en vigencia y se actualizó el Nomenclador de Prestaciones de Salud mediante el cual se establecieron los aranceles modulares para los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.

Que por la citada Resolución N° 1230/08 se creó, en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS, un COMITÉ DEL REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA, con la finalidad de mantener continua y permanentemente actualizados los valores del Nomenclador de Prestaciones de Salud del Hospital Público de Gestión Descentralizada.

Que dicho comité, presidido por el titular de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, se integra con representantes de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACIÓN, y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que posteriormente, por la mencionada Resolución N° 226/09, se amplió la integración del comité con la incorporación de Ministros de Salud Provinciales, representantes del Consejo Federal de Salud (COFESA) y del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (ISSPJyP).

Que por Resolución Ministerial N° 2207 de fecha 14 de diciembre de 2010 se designaron los nuevos integrantes que conforman el COMITÉ DEL REGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA.

Que en fecha 1 de marzo de 2011 se llevó a cabo una actualización de los valores en el Nomenclador, los que quedaron establecidos de acuerdo a lo que indica la Resolución Ministerial N° 254/2011.

Que la Resolución antes mencionada fue ampliada a través de la incorporación del Anexo II que se estableció mediante Resolución Ministerial N° 1080 de fecha



19 de julio de 2011.

Que por Resolución N° 1630 de fecha 16 de octubre de 2013 se actualizaron los valores del Nomenclador.

Que en fecha 10 de diciembre de 2014, se realizó una reunión de los representantes del Comité del Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada, a fin de evaluar la posibilidad de modificar los valores establecidos anteriormente, llegando a la conclusión de resultar oportuno el reajuste de los valores correspondientes a las prestaciones brindadas, justificándose los motivos y los valores referenciales, para su adecuación a los que ya se encuentran establecidos y vigentes en el ámbito sanitario.

Que, por lo tanto, a los fines de aprobar los nuevos montos, corresponde se deje sin efecto los valores establecidos por la Resolución Ministerial N° 1630 de fecha 16 de octubre de 2013.

Que resulta oportuno destacar la plena vigencia de las NORMAS DE FACTURACIÓN PARA EL RÉGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA, establecidas como ANEXO II, de la Resolución Ministerial N° 254 de fecha 1 de marzo de 2011, incorporado por Resolución Ministerial N° 1080 de fecha 19 de julio de 2011, modificatoria de la primera y que como ANEXO II, acompañará la presente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley de Ministerios, T.O. por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992, modificada por la Ley N° 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Apruébase los nuevos Aranceles Modulares y Normas de Facturación para los HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA que se detallan en los ANEXOS I y II, que forman parte de la Resolución, a partir del 1° de enero de 2015.

ARTICULO 2° - Derógase la resolución, del MINISTERIO DE SALUD N° 1630 de fecha 16 de octubre de 2013.

ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese.-

Dr.JUAN LUIS MANZUR, Ministro de Salud.

ANEXO I

NOMENCLADOR PARA HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA












































No hay comentarios: