martes, 28 de agosto de 2012

ESPAÑA: EL SUPREMO RECHAZA QUE SE INDEMNICE A UNA MADRE A QUIEN NO SE LE DETECTÓ QUE SU HIJO TENÍA SÍNDROME DE DOWN


Fuente_ jano.es 
La mujer tenía 34 años y ocho meses en el momento de la gestación, y los protocolos médicos no recomiendan la amniocentesis hasta los 35.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por unos padres que reclamaban ser indemnizados por la administración sanitaria madrileña, al no haberse detectado en su hijo el síndrome de Down antes de nacer. La mujer no había sido sometida a una amniocentesis debido a diversos factores, entre ellos la edad.


La mujer tenía 34 años y ocho meses en el momento de la gestación, y los protocolos médicos no recomiendan la amniocentesis hasta los 35. Los padres son condenados, además, a pagar 3.000 euros, correspondientes a los honorarios del letrado de la Comunidad de Madrid y de la aseguradora Zurich.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal Enrique Lecumberri, rechaza el recurso interpuesto por la pareja contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) de confirmar la decisión de la Consejería de Sanidad madrileña, que consideró que la imposibilidad de la paciente de recurrir al aborto eugenésico no era imputable a la Administración sanitaria.
Los protocolos no lo establecen

El Supremo, al igual que señaló en su día el TSJ, considera que se efectuaron las pruebas diagnósticas exigidas según los protocolos de actuación existentes en el momento del embarazo y no concurría ningún signo o indicio que requiriera la práctica de pruebas complementarias, sobre todo ante el resultado del análisis bioquímico del segundo trimestre del embarazo.

Para el Alto Tribunal, el núcleo central de la cuestión litigiosa es el relativo a la edad de la gestante y la incidencia que este dato tiene en la realización de las pruebas médicas.

Así, concluye que el hecho de que la madre tuviera menos de 35 años en el momento de la gestación tiene especial relevancia en este caso concreto, "pues los protocolos no recomiendan las pruebas" sino a partir de dicha edad.

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