Fuente: microjuris.com
Título: Salud. Plan para la reducción de la mortalidad materno infantil. Unidad Ejecutora Provincial (UEP). Creación.
Tipo: DECRETO
Número: 7268
Emisor: Poder Ejecutivo Provincial
Fecha B.O.: 27-mar-2013
Localización: SAN LUIS
Cita: LEG53680
Visto:
El EXD-0000-7230307/12; y,
CONSIDERANDO:
Que
en act. DOCEXT 118163 obra Acta Acuerdo entre la Provincia de San Luis y
el Ministerio de Salud de la Nación, en el marco del "Plan para la
reducción de la mortalidad materno infantil, de la Mujer y de
Adolescentes" 2012-2015;
Que en virtud a lo convenido en la
presente acta, deviene necesario la creación de una Unidad Ejecutora
Provincial (UEP) conformando un equipo de trabajo capaz de formular e
implementar políticas de fondo que revistan la integridad,
multidisciplinaridad y calidad necesarias en el abordaje de estrategias
para la reducción de la mortalidad materno infantil, de la mujer y del
adolescente;
Que en act. ENCAPS 49088 obra intervención de la Jefatura de Coordinación de Promoción y Políticas Sanitarias;
Que por lo antes citado corresponde el dictado del acto administrativo correspondiente; Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo
1.- Crear la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del "Plan para la
reducción de la mortalidad materno infantil, de la mujer y de
adolescentes 2012-2015", la que estará coordinada por la señora Ministro
Secretario de Estado de Salud de la Provincia de San Luis, C.P Lucía
Teresa Nigra D.N.I N°16.133 .300.- |
Artículo
2.- Conformar la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) la que estará
integrada de la siguiente manera: Jefe de la Jefatura de Coordinación de
Promoción y Políticas Sanitarias Jefe del Programa de Salud
Materno-Infantil Jefe de Programa Epidemiología y Bioestadística Jefe de
Salud Sexual y Reproductiva Responsable de Prevención de Cáncer de Mama
Jefe de Plan Nacer Jefe del Programa Medicina del Interior Jefe Zona
Sanitaria I Jefe Zona Sanitaria II Jefe Zona Sanitaria III Coordinador
de la Dirección de Obra Social del Estado Provincial D.O.S.E.P. Jefe del
Hospital San Luis Jefe del Hospital Juan Domingo Perón Jefe de la
Oficina Legal del Ministerio de Salud Responsable de Prevención de
Cáncer de Cuello Uterino, Responsable de Salud Integral del Adolescente |
Artículo 3.- Establecer las siguientes funciones de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP):
a) Evaluar la evolución de los indicadores de Morbilidad y Mortalidad Materno Infantil de la Mujer y del Adolescente.
b) Monitorear y Supervisar las acciones establecidas en el Plan de Trabajo Provincial e Indicadores de Gestión.
c) Determinar necesidades referidas a la Infraestructura Sanitaria.
d) Brindar asistencia técnica a los efectores de salud.
e) Evaluar Programas de Capacitación.
f) Evaluar necesidades referidas al equipamiento.
g) Definir acciones que involucren al Sector Privado de Salud.
h) Desarrollar estrategias de comunicación.
i) Proponer legislación para alcanzar metas sanitarias.
j)
Proponer acuerdos con Organismos Gubernamentales, No Gubernamentales,
Asociaciones Civiles, Fundaciones Provinciales, Nacionales e
Internacionales.
k) Convocar ante temas específicos y
requerimiento de la UEP a organizaciones sociales, universidades,
sociedades científicas, entre otras, en el carácter de consultores.
Dicha enumeración no es taxativa pudiendo la Coordinadora de la UEP
fijar o determinar otras acciones a desarrollar.- |
Artículo
4.- Disponer que la UEP se reunirá mensualmente en el ámbito del
Ministerio de Salud y toda vez que la Coordinadora la convoque.- |
Artículo
5.- Pasar las actuaciones de referencia a la Jefatura de Coordinación
de Promoción y Políticas Sanitarias, a sus efectos,- |
Artículo 6.- Hacer saber a los organismos y/o responsables mencionados en el Artículo 2 del presente Decreto.- |
Artículo 7.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud. |
Artículo 8.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucía Teresa Nigra |
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