miércoles, 31 de octubre de 2012

MARCO REGULATORIO DE LA MEDICINA PREPAGA

RESOLUCIÓN

Número: 1321

Emisor: Superintendencia de Servicios de Salud

Fecha B.O.: 31-oct-2012

Localización: NACIONAL

Cita: LEG49742



VISTO el Expediente Nº 199.371/11-S.S.SALUD del Registro de esta Superintendencia de Servicios de Salud, la Ley Nº 26.682, los Decretos Nros. 1991/11 y 1993/11 y las Resoluciones Nros. 1386/11-S.S.SALUD y 1152/12-S.S.SALUD; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26.682 se estableció el marco regulatorio de la medicina prepaga, disponiéndose en su artículo 4º que el Ministerio de Salud de la Nación es la autoridad de aplicación de la citada norma legal.

Que mediante el Anexo del Decreto Nº 1993/2011, el Poder Ejecutivo Nacional ha dispuesto la reglamentación de la Ley Nº 26.682, estableciendo expresamente en el artículo 4º que el Ministerio de Salud, a través de esta Superintendencia de Servicios de Salud, es la autoridad de aplicación de dicha norma.

Que en virtud de ello, la Superintendencia de Servicios de Salud, tendrá a su cargo todos los objetivos, funciones y atribuciones indicados en la Ley Nº 26.682, debiendo -entre otras funciones- fiscalizar el cumplimiento de la ley por parte de los sujetos alcanzados por la norma, otorgar la autorización para funcionar a dichos sujetos, implementar mecanismos de información actualizada de cada sujeto sobre los aspectos que permitan a los usuarios decidir su asociación y recibir los reclamos efectuados por usuarios y prestadores del sistema, referidos a condiciones de atención, funcionamiento de los servicios e incumplimientos.

Que con fin de lograr la articulación de las medidas adecuadas para sostener la implementación y optimización de los circuitos administrativos de atención y recepción de trámites y presentaciones tanto de los sujetos incluidos en el artículo 1º de la ley Nº 26.682 (modif.
por Decreto Nº 1991/11) como de los usuarios de sus respectivos planes de cobertura, mediante la Resolución Nº 1386/11-S.S.SALUD fue creada con carácter transitorio, la "OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682", que funciona en el ámbito de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Que la creación de dicha área específica, tuvo como objetivo la coordinación de todas las acciones vinculadas con las presentaciones, trámites y requerimientos formulados por los referidos sujetos y usuarios, para dar inicio a una eficaz y pronta implementación del nuevo sistema de medicina prepaga.

Que por otra parte, por Resolución Nº 1152/12-S.S.SALUD se creó la COMISION EVALUADORA en el ámbito de Gerencia de Gestión Estratégica para la evaluación de la documentación presentada por las Entidades de Medicina Prepaga para su inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.), conforme lo establecido en la normativa citada en el Visto.

Que dentro de la esfera de control y supervisión asignados a la Superintendencia de Servicios de Salud, corresponde a esta Autoridad unificar criterios relacionados con el tratamiento de las pautas enmarcadas en la normativa legal vigente por parte de los sujetos indicados en el artículo 1º de la Ley Nº 26.682 (modificada por el Decreto Nº 1991/11) y los usuarios del sistema.

Que en ese sentido, se presenta como una medida adecuada y oportuna disponer que las funciones encomendadas por Resolución Nº 1386/11-S.S.SALUD a la "OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682", sean concentradas en el ámbito de la Subgerencia de Gestión Estratégica de la Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la cual se canalizarán todas las presentaciones, requerimientos y trámites relacionados con los sujetos y usuarios alcanzados por la Ley Nº 26.682.

Que, en consecuencia, corresponde dar por finalizada la designación del Agente Maximiliano Alberto Ahlen (D.N.I.
Nº 23.549.431) como Coordinador General de la "OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682".

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Gerencia General toma intervención en la órbita de su competencia.

Que esta Superintendencia comparte el criterio sustentado por las áreas técnicas del Organismo.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 1008/12.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º - Dispónese que la "OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682" funcionará en el ámbito de la Subgerencia de Gestión Estratégica de la Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la cual se canalizarán todas las presentaciones, requerimientos y trámites relacionados con los sujetos y usuarios alcanzados por la Ley Nº 26.682, de manera exclusiva y en los términos y condiciones previstos en dicha norma (modificada por Decreto Nº 1991/11) y en la Ley de Procedimientos Administrativos y su Decreto Reglamentario.

ARTICULO 2º - Instrúyese a la Subgerencia de Gestión Estratégica a fin de implementar con las distintas áreas del Organismo las acciones necesarias para la coordinación y seguimiento de las presentaciones, requerimientos y trámites efectuados por los sujetos y usuarios comprendidos en la Ley Nº 26.682.

ARTICULO 3º - Dése por finalizada la designación del Agente Maximiliano Alberto Ahlen (D.N.I. Nº 23.549.431) como Coordinador General de la "OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682", y que fuera efectuada mediante Resolución Nº 1386/11-S.S.SALUD.

ARTICULO 4º - Establécese que la Resolución Nº 1386/11-S.S.SALUD mantiene plena vigencia en todo lo que no ha sido modificado expresamente por la presente resolución.

ARTICULO 5º - La presente Resolución será aplicable a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 6º - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.

LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.


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