Este es un espacio que tiene por objetivo informarte sobre derecho sanitario en general. Aquí encontrarás noticias, doctrina, jurisprudencia y novedades sobre cursos a dictarse relacionados con el derecho de la salud.
lunes, 29 de junio de 2015
CONTROL DE LA RESISTENCIA ANTIMICROBIANA. ESTRATEGIA ARGENTINA
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Número: 834
Emisor: Ministerio de Salud
Fecha B.O.: 29-jun-2015
Localización: NACIONAL
Cita: LEG71573
Número: 834
Emisor: Ministerio de Salud
Fecha B.O.: 29-jun-2015
Localización: NACIONAL
Cita: LEG71573
Visto el Expediente N° 1-2002-28070/14-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD; y CONSIDERANDO: Que los antimicrobianos son medicamentos esenciales para la salud humana y animal, y su aplicación ha permitido salvar millones de vidas. Que su uso masivo ha traído como consecuencia la aparición del fenómeno de la resistencia a los antimicrobianos, uno de los mecanismos que tienen los microorganismos para defenderse en un medio hostil o desfavorable, como lo es la presencia de los antibióticos. Que si bien cualquier tipo de microorganismo puede desarrollar resistencia, el impacto sobre las posibilidades terapéuticas actuales es especialmente grave y preocupante en las bacterias. |
viernes, 26 de junio de 2015
RECHAZO DE CAUTELAR POR IMPLANTE COCLEAR
Río Cuarto, 7 de mayo de 2015. Téngase a la compareciente por presentada, por parte y con el domicilio constituido. Agréguese la documentación que se acompaña, y dado que la detallada en los apartados c, d, j y k del apartado 1) DOCUMENTAL/INSTRUMENTAL del ofrecimiento de prueba ha sido adjuntada en copia simple, hágase saber a la parte que deberá exhibir sus originales para su pertinente compulsa y certificación. Encontrándose prima facie acreditados los presupuestos legalmente requeridos, y sin perjuicio del análisis que eventualmente pueda volver a realizar el tribunal acerca de los requisitos formales y sustanciales previstos por los arts. 1 y 2 de la ley provincial 4915 y sus modif., en atención a los fundamentos expuestos, admítase la presente acción de amparo en contra del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba- Ministerio de la Salud de la Provincia de Córdoba – PROFE – PROGRAMA INCLUIR SALUD. Imprímasele el trámite previsto por la ley 4915. Cítese y emplácese a la demandada para que en el plazo de CINCO días presente un informe circunstanciado en los términos del art. 8 del citado plexo legal y bajo apercibimiento de ley. Téngase presente la reserva del caso federal efectuada al punto VIII y la prueba ofrecida. Dese intervención al Ministerio Pupilar. A la medida cautelar peticionada al punto VI), si bien para justificar dicha pretensión
FALLO JUDICIAL POR TRATAMIENTO DE ANOREXIA
Poder Judicial de la Nación
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III
Causa n° 5198/2014“V.A.B. c/ Swiss Medical S.A. s/ amparo de salud”
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2014.
Y VISTO: El recurso de apelación interpuesto y fundado por la actora a fs. 35/37, concedido en relación a fs. 38 contra la resolución de fs. 32/33.
Oída que fue la señora Defensora Oficial a fs. 39/39vta., y
CONSIDERANDO:
1.- La resolución apelada ordenó a Swiss Medical S.A. que diera cobertura integral a la menor A.B.V. del tratamiento para la enfermedad que padece (anorexia restrictiva) que fuera prescripto por los médicos que la asisten y a realizarse en una institución adecuada a las necesidades que presenta su patología, previa prescripción médica y hasta tanto se dicte sentencia definitiva (v.fs.32/33). La actora se agravió porque, sostiene, que la cobertura ordenada por el Juez de primera instancia no fue en los términos en que fue requerida en el escrito de inicio, esto es, que la prestación se realizara en la “ clínica de nutrición del Dr. Cormillot” (la que considera como lugar especializado en trastornos alimentarios y que fuera aconsejado por el pediatra de A.B.V.) Asimismo, señaló que se encuentra suficientemente acreditada la verosimilitud en el derecho.
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III
Causa n° 5198/2014“V.A.B. c/ Swiss Medical S.A. s/ amparo de salud”
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2014.
Y VISTO: El recurso de apelación interpuesto y fundado por la actora a fs. 35/37, concedido en relación a fs. 38 contra la resolución de fs. 32/33.
Oída que fue la señora Defensora Oficial a fs. 39/39vta., y
CONSIDERANDO:
1.- La resolución apelada ordenó a Swiss Medical S.A. que diera cobertura integral a la menor A.B.V. del tratamiento para la enfermedad que padece (anorexia restrictiva) que fuera prescripto por los médicos que la asisten y a realizarse en una institución adecuada a las necesidades que presenta su patología, previa prescripción médica y hasta tanto se dicte sentencia definitiva (v.fs.32/33). La actora se agravió porque, sostiene, que la cobertura ordenada por el Juez de primera instancia no fue en los términos en que fue requerida en el escrito de inicio, esto es, que la prestación se realizara en la “ clínica de nutrición del Dr. Cormillot” (la que considera como lugar especializado en trastornos alimentarios y que fuera aconsejado por el pediatra de A.B.V.) Asimismo, señaló que se encuentra suficientemente acreditada la verosimilitud en el derecho.
martes, 16 de junio de 2015
OTRO BROTE PARA PREOCUPARNOS?
Fuente: elmundo.es
Muere un afectado por el coronavirus saudí en Alemania
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Se había contagiado en unas vacaciones en febrero en los Emiratos Árabes Unidos
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Se trata del segundo fallecido por esta enfermedad en Alemania. El primero fue en 2013
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En Corea del Sur hay 19 fallecidos y un total de 154 contagios por este virus
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En el país asiático hay actualmente unas 5.580 personas aisladas en cuarentena
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Este virus se detectó por primera vez en 2012 en Arabia Saudí, de ahí su nombre
Trabajadores coreanos llevan un traje protector mientras fumigant un teatro en el Centro Cultural Sejong en Seúl.
AFP
La preocupación mundial por el coronavirus va en aumento, sobre todo
desde que se ha confirmado el fallecimiento de un afectado en Alemania.
Se trata de un hombre de 65 años del estado federado alemán de Renania
del Norte-Westfalia. Murió mientras estaba ingresado en el hospital de
Ostercappeln, en Baja Sajonia, según las autoridades médicas.
"Perdió la vida en la madrugada del 6 de junio como consecuencia de una enfermedad provocada por el coronavirus" (fallo de órganos), informaba este martes la clínica Niels-Stensen, a la que pertenece el hospital donde estaba ingresado el hombre, el tercero tratado por esta enfermedad en Alemania.
El paciente se contagió del virus del MERS (Middle East Respiratory Syndrome) en unas vacaciones en febrero en los Emiratos Árabes Unidos. La muerte sorprendió a los médicos, ya que el hombre había sido trasladado de la unidad de aislamiento del Marienhospital de Osnabrück a mediados de mayo al de Ostercappeln después de haber superado supuestamente el MERS.
Todavía no está claro cómo se contagió el hombre. Lo más probable es que fuera durante una visita que realizó a un mercado de animales. Los dromedarios y los camellos pueden ser portadores de este virus. No hay indicios hasta ahora de que haya contagiado a otros. Más de 200 personas que tuvieron contacto con él dieron negativo en las pruebas del virus. La transmisión de persona a persona es por el momento rara.
"Perdió la vida en la madrugada del 6 de junio como consecuencia de una enfermedad provocada por el coronavirus" (fallo de órganos), informaba este martes la clínica Niels-Stensen, a la que pertenece el hospital donde estaba ingresado el hombre, el tercero tratado por esta enfermedad en Alemania.
El paciente se contagió del virus del MERS (Middle East Respiratory Syndrome) en unas vacaciones en febrero en los Emiratos Árabes Unidos. La muerte sorprendió a los médicos, ya que el hombre había sido trasladado de la unidad de aislamiento del Marienhospital de Osnabrück a mediados de mayo al de Ostercappeln después de haber superado supuestamente el MERS.
Todavía no está claro cómo se contagió el hombre. Lo más probable es que fuera durante una visita que realizó a un mercado de animales. Los dromedarios y los camellos pueden ser portadores de este virus. No hay indicios hasta ahora de que haya contagiado a otros. Más de 200 personas que tuvieron contacto con él dieron negativo en las pruebas del virus. La transmisión de persona a persona es por el momento rara.
CUIDADO: ASÍ SEDUCEN LOS ANTIVACUNAS
Fuente: elmundo.es
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Usar un lenguaje simple y contar historias maniqueas, algunas de sus estrategias
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Los expertos advierten de que sus argumentos no tienen ninguna base científica
¿Cuáles son los argumentos de los antivacunas? ¿Cómo se las apañan
para captar a los padres que posteriormente deciden no vacunar a sus
hijos? Normalmente, la mayoría de lo que dicen no son más que mitos y bulos
que se han encargado de extender entre la sociedad, algunas veces con
mayor y otras con menor éxito, pero casi siempre haciendo caso omiso a
la evidencia científica y a la comunidad médica.
FALLO LIGADURA DE TROMPAS DE FALOPIO A INSANA
jueves, 11 de junio de 2015
SISTEMA DE INSCRIPCION ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS-MODIFICACIONES
Fuente: www.microjuris.com
RESOLUCIÓN 1353
Emisor: Ministerio de Salud
Fecha B.O.: 10-jun-2015
Localización: BUENOS AIRES
Cita: LEG71207
RESOLUCIÓN 1353
Emisor: Ministerio de Salud
Fecha B.O.: 10-jun-2015
Localización: BUENOS AIRES
Cita: LEG71207
Visto
el expediente Nº 2900-41447/12 alc. 1 por el cual la Dirección
Provincial Instituto Biológico "Dr.Tomás Perón" propicia implementar un
nuevo sistema de inscripción ante el Registro Nacional
deEstablecimientos (RNE), y CONSIDERANDO: Que las enfermedades derivadas del consumo de alimentos son uno de los problemas de salud que semanifiestan frecuentemente en la población, causando desde malestares pasajeros hasta cuadros clínicos degravedad que comprometen la vida de las personas; Que gran cantidad de los casos o brotes de este tipo de enfermedades se tornan evitables o previsibles si se fortalecen adecuadamente los controles sobre los establecimientos que elaboran productos alimenticios; |
viernes, 5 de junio de 2015
EL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO AUTORIZA A DEJAR MORIR A UN FRANCÉS
Fuente: www.minutouno.com
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió que dejar morir al tetrapléjico francés en estado vegetativo Vincent Lambert no viola su derecho a la vida.
La corte dio así la razón a la esposa, a varios hermanos de Lambert y a sus médicos, partidarios de que el enfermo sea desconectado de los aparatos que le mantienen con vida.
El tribunal rechaza la petición de sus padres y otros dos de sus hermanos que recurrieron en Estrasburgo la decisión del Consejo de Estado -máxima instancia administrativa de Francia- que autorizó en 2014 a dejar de mantener artificialmente la vida de Lambert.
El tribunal rechaza la petición de sus padres y otros dos de sus hermanos que recurrieron en Estrasburgo la decisión del Consejo de Estado -máxima instancia administrativa de Francia- que autorizó en 2014 a dejar de mantener artificialmente la vida de Lambert.
UN NIÑO CON DIFTERIA EN ESPAÑA. SUS PADRES FUERON INFLUENCIADOS POR GRUPOS ANTIVACUNAS
Los padres del niño con difteria se sienten “engañados” y “destrozados”
Fuente: El País-España
El secretario de Salud Pública de la Generalitat, Antoni Mateu, ha revelado esta mañana que los padres del niño con difteria se sienten "engañados" por los grupos antivacunas. El niño, que es el primer infectado en España desde 1987, no estaba inmunizado por voluntad de sus padres."La familia está destrozada y han reconocido que se siente engañados porque no estaban bien informados. Tienen un profundo sentimiento de culpabilidad que les intentamos quitar", ha explicado Mateu. El menor, vecino de Olot (La Garrotxa), continúa ingresado en la unidad de cuidados intensivos del Hospital Vall d'Hebron en estado muy grave.QUIÉNES SON LOS "ANTIVACUNAS"
FUENTE: EL PAÍS - España
En este mundo extraño conviven quienes piensan que Elvis sigue vivo,
los que niegan que el hombre pisase la Luna y los que creen que el ser humano y los dinosaurios coexistieron.
También están los antivacunas. A diferencia de los anteriores, estos
últimos pueden convertirse en un peligro para la salud pública.
lunes, 1 de junio de 2015
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