viernes, 29 de diciembre de 2017

RESOLUCIÓN AUTORIZANDO AUMENTO CUOTA PREPAGAS A PARTIR DE FEBRERO/2018



MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2479-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-34821492-APN-SSS#MS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley Nº 26.682, los Decretos Nº 1991, de fecha 29 de noviembre de 2011 y Nº 1993 de fecha 30 de noviembre de 2011, la Resolución Nº 1975-APN-MS de fecha 27 de octubre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.682 establece el Marco Regulatorio de Medicina Prepaga, alcanzando a toda persona física o jurídica, cualquiera sea el tipo, figura jurídica y denominación que adopten, cuyo objeto consista en brindar prestaciones de prevención, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud humana a los usuarios, a través de una modalidad de asociación voluntaria mediante sistemas pagos de adhesión, ya sea en efectores propios o a través de terceros vinculados o contratados al efecto, sea por contratación individual o corporativa.
Que el artículo 4° del Decreto Nº 1993/2011, reglamentario de la citada Ley, establece que el MINISTERIO DE SALUD es la autoridad de aplicación de la misma, a través de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de su jurisdicción.
Que el artículo 17° de la referida Ley, prevé que la Autoridad de Aplicación fiscalizará y garantizará la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales de las Empresas de Medicina Prepaga y autorizará el aumento de las mismas, cuando dicho aumento esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgo.
Que, de acuerdo al artículo 5°, entre otros objetivos y funciones, la Autoridad de Aplicación, debe autorizar y revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones.

jueves, 28 de diciembre de 2017

LA CORTE RECHAZA EL DIAGNÓSTICO GENÉTICO PREIMPLANTACIONAL POR NO ENCONTRARSE INCLUIDO EN LA "ALTA COMPLEJIDAD"

Partes: L.E.H. y otros c/ O.S.E.P. | amparo
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Fecha: 1-sep-2015
Cita: MJ-JU-M-94461-AR | MJJ94461
Producto: MJ,SYD
Por no encontrarse el diagnóstico genético preimplantacional incluido en el decreto que explica
y marca el alcance de la “alta complejidad” respecto de la Ley 26.862, la CSJN rechazó el
amparo para obtener cobertura del tratamiento de fertilización asistida.
Sumario:
1.- Corresponde confirmar la sentencia que rechazó la acción de amparo por la que se
pretendía que la obra social provincial otorgare cobertura integral (100%) de la prestación de
fertilización asistida in vitro (FIV), por técnica ICSI (inyección introcitoplasmática) con DGP
(diagnóstico genético preimplantacional), puesto que la negativa de la obra social demandada a
hacerse cargo del costo de la prestación cuestionada pudiera ser considerada un acto u
omisión teñido de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta -que permita tener por configurados los
requisitos de procedencia del amparo según el art. 43 de la CN- en la medida en que no
existe una norma específica que le imponga tal obligación.

FALLO CONDENANDO AL M. DE SALUD A LA COBERTURA AL 100% DE LA MEDICACIÓN RECLAMADA, A PESAR DE HABERSE PRESCRITO POR MARCA

Se condena al Ministerio de Salud a otorgar cobertura en un 100% de la medicación reclamada
por el amparista en representación de su hijo menor de edad, quien padece de leucemia
mieloide crónica, a pesar de haberse cambiado de droga en el tratamiento del menor y de que
la prescripción del medicamento fuera por marca


Partes: B. E. N. c/ Ministerio de Salud de la Nación - Banco de Drogas | amparo
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal
Sala/Juzgado: III
Fecha: 7-may-2010
Cita: MJ-JU-M-57905-AR | MJJ57905
Producto: MJ,SYD
.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar la sentencia que admitió la acción de amparo interpuesta por el actor
en representación de su hijo menor de edad -quien padece leucemia mieloide crónica- y,
consecuentemente, condenó al Estado Nacional -Ministerio de Salud- a que otorgara cobertura
en un 100% de la medicación reclamada, aunque se haya cambiado de droga en el tratamiento
del menor y la prescripción médica fuera por marca, pues de ella depende la debida atención
de la enfermedad del paciente y, por lo tanto, la garantía del derecho a la salud, de jerarquía
constitucional.

EL SISTEMA UNICO DE REINTEGROS PARA LAS OBRAS SOCIALES NACIONALES (SISTEMA S.U.R.)

(Artículo publicado en la revista "Enfoques sobre Salud, Bioética y Derecho" de la editorial Visión Jurídica)

Autora: María Cristina Cortesi (*)

1.-Hagamos un poco de historia reciente:
Hasta la creación del S.U.R., la ex Administración de Programas Especiales (A.P.E.) era la que distribuía y controlaba los fondos para las atenciones de  alta complejidad brindadas por las obras sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud (Leyes 23.661 y 23.660) a sus beneficiarios.
La A.P.E. se regía entonces por la Resolución 500/04-M.S. que contenía el listado de patologías y tecnología cubiertas, primeramente bajo la modalidad de “subsidios” y luego bajo la de “reintegros”. Las dificultades de entonces las constituian los procedimientos poco transparentes y el alto nivel de discrecionalidad en los expedientes que tramitaban los agentes del seguro de salud solicitando subsidios o reintegros, la mayoría bajo la modalidad de “vía de excepción”, por patologías o tecnologías no contempladas en aquella Resolución.

martes, 26 de diciembre de 2017

TURISMO MÉDICO EN ARGENTINA

Turismo médico. Por qué Argentina está entre los primeros cinco países del ranking en Latinoamérica.

Fuente: http://www.proyecto-salud.com.ar/shop/detallenot.asp?notid=12369


Cirugías de salud y estéticas son las más elegidas. Un segmento que puede facturar 300 millones de dólares en 2017 y que atrae a más de 14 mil personas por año. 
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Ciudad de Buenos Aires (Argentina).-  Alta complejidad, trayectoria, última tecnología y, no menos importante, bajos costos, llevaron a que la Argentina ya esté entre los 5 países latinoamericanos que más visitas recibe por turismo médico. Se espera que este año la facturación llegue a los 300 millones de dólares.
 
- ¿Qué es el "turismo médico"?
 
Es aquel que se orienta a personas que tienen que someterse a alguna cirugía, ya sea para mejorar su salud o por cuestiones estéticas. En 2016 fueron más de 14 mil las personas que llegaron desde el resto del continente y Europa para visitar a un médico y, de paso, conocer algunos lugares de la Argentina. La característica clave que tiene este tipo de turismo para el país es que gastan entre 5 y 9 veces más que el turista tradicional. Además, el 75% de los viajeros llega acompañado.
 

“VACA MUERTA”, EL” FRACKING” , EL VIEJO CONFLICTO MAPUCHE, LA LUCHA POR EL MEDIO AMBIENTE Y LA SALUD, Y EL EJERCICIO DE LA SOBERANÍA SOBRE EL GAS Y EL PETRÓLEO EXTRAÍDO DE NUESTRO TERRITORIO

EDITORIAL REVISTA "ENFOQUES SOBRE SALUD, BIOÉTICA Y DERECHO (Nº 3/2017)

¿Hasta cuándo los países latinoamericanos seguiremos aceptando las órdenes del    mercado como si fueran una fatalidad del destino? ¿Hasta cuándo seguiremos implorando limosnas, a los codazos, en la cola de los suplicantes? Eduardo Galeano
Las venas abiertas de América Latina


      Cuando las reservas de combustible comenzaron a agotarse en nuestro país, y desde el 2010 se vio en la necesidad de importarlo, esto implicó uno de los mayores  gastos que debió enfrentar el gobierno anterior por lo que se trató de revertir la situación buscando extraer de su subsuelo petróleo y gas no convencional, a través de la aplicación de una técnica bastante polémica de fracturación hidráulica o “fracking” por medio de la cual se perfora la “roca madre o generadora” inyectándole millones de litros de agua, arena y aditivos químicos con gran fuerza.
      Según la Agencia de Información de Energía de los EEUU, Argentina tiene en Vaca Muerta, uno de los mayores reservorios del  mundo de gas y petróleo “shale” o “esquisto”, como se lo denomina a ese combustible, capaz de convertirnos en una potencia energética.
       Desde 2010, Argentina pasó a ser el único país en América Latina en explotar el combustible no convencional, (así llamado porque para extraerlo se debe fracturar la roca) a través de un convenio celebrado entre YPF y Chevrón. Desde entonces, la ausencia de consentimiento de la comunidad Mapuche que habita la zona (Comunidad Campo Maripe), aceleró el conflicto.

jueves, 21 de diciembre de 2017

AMPARO POR SUMINISTRO DE CANNABIS MEDICINAL A UN NIÑO CON DISCAPACIDAD


Fallo del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de la Plata Nº 2 en los autos caratulados “LSL y otros c. Obra Social de Petroleros”, expte. Nº 39.357/2016, del 8 de noviembre de 2016  (descargar el fallo completo en el siguiente enlace).

RESUMEN
Los progenitores de un niño con discapacidad, en su representación, iniciaron una acción de amparo a fin de que la Obra Social de Petroleros le suministre al niño la cobertura total de un medicamento (jarabe) cuyo principio activo es el Cannabidol. Señalaron que la medicación indicada por el médico tratante no se comercializa en el país y su componente sustancial es un derivado de una droga -cannabis- cuya utilización, aún con fines medicinales, no está legalmente autorizada. Asimismo, los actores solicitaron el dictado de una medida cautelar a fin de que la demandada suministre la medicación hasta tanto se resuelva el fondo del asunto. Para fundar su pedido, refirieron que el niño padece síndrome de West y sufre aproximadamente 620 espasmos diarios.

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viernes, 1 de diciembre de 2017

OMS PIDE PROHIBIR LOS ANTIBIOTICOS PARA ESTIMULAR EL CRECIMIENTO DE ANIMALES EN GRANJA

Fuente: www.animanaturalis.org

OMS pide prohibir los antibióticos para estimular el crecimiento de animales en granjas
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha pedido que los animales para consumo humano no reciban antibióticos -para estimular su crecimiento o prevenir enfermedades- ya que pueden provocar el desarrollo de bacterias resistentes que son transmitidas a las personas.
Por primera vez, la OMS se pronuncia de manera clara y categórica, en unas directrices publicadas este martes, contra el uso de todo tipo de antibióticos para favorecer el crecimiento de los animales o para prevenir patologías que no han sido diagnosticadas.
El uso desregulado de esos medicamentos constituye una grave amenaza relacionada con la resistencia de las bacterias a los antibióticos, que la OMS considera uno de los mayores desafíos sanitarios de la actualidad.

TRUMP DECLARA LA "EMERGENCIA NACIONAL" POR LA GRAN ADICCION DE EEUU A LOS OPIACEOS

Fuente: www.elmundo.es


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Trump durante la comparecencia en la que ha anunciado sus planes para combatir el problema de los opiáceos. KEVIN LAMARQUE REUTERS Vídeo: EFE

Esta declaración flexibiliza a los estados el uso de los fondos federales pero no aporta nuevas remesas
Con al menos 64.000 muertes por sobredosis de opiáceos en 2016 y una media de 175 muertes al día, según ha resaltado el presidente Donald Trump hoy en la Casa Blanca, no es de extrañar que desde diferentes ámbitos de Estados Unidos se reclame que esta epidemia sea tratada como una emergencia nacional.