miércoles, 27 de junio de 2012

LA CÁMARA BAJA APROBÓ SIN VOTOS EN CONTRA EL PROYECTO QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE INCLUIR EL TRATAMIENTO POR INFERTILIDAD EN EL PMO

Fuente; Noticias del Congreso Nacional


La iniciativa, busca "garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de Reproducción Médicamente Asistida", fue aprobada con 169 votos a favor, sin votos en contra, y sólo se registraron 7 abstenciones de diputados del PRO.
Al abrir la discusión, la titular de la comisión de Salud, la oficialista María Elena Chieno, consideró que la sanción de esta ley "repara una deuda social" y se encuadra en "un país que aseguró el acceso a derechos sociales progresistas".
El proyecto establece además que estarán obligados a prestar esa cobertura todos los servicios de salud del sector público, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga, cualquiera sea su figura jurídica.


Asimismo, de acuerdo a la iniciativa, no habrá "requisitos ni limitaciones debido a la orientación sexual o estado civil" de los beneficiarios.
"Estamos dando un paso importantísimo", afirmó el radical Ricardo Gil Lavedra, quien sostuvo que de esta forma los bloques parlamentarios demostraron que "pueden encontrar un camino de coincidencias sobre lo que preocupa a millones de personas".
Chieno, en tanto, destacó que el proyecto tiene una "mirada inclusiva, equitativa y responsable, que no deja afuera ningún sector" y garantiza el "acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales" de reproducción asistida.
También, desde el oficialismo, María del Carmen Bianchi, puso de relieve que una de cada seis familias de Argentina "aliviarán con este paso sus angustias" por sus problemas de fertilidad.
En cambio, para la diputada del PRO, Silvia Majdalani, autora de uno de los dictámenes de minoría, dijo que se trata de un proyecto "inviable" porque "no tiene una regulación clara ni plantea un límite de edad y tampoco prevé un presupuesto que pueda cubrirlo".
El texto reúne varias iniciativas de proyectos impulsados por legisladores de diferentes bloques, en tanto que las especificaciones técnicas quedarán contempladas en el nuevo Código Civil y Comercial.
"Quedan comprendidos en el PMO los servicios de guarda de gametos o tejidos reproductivos (...) para las personas -incluso menores de 18 años- que por problemas de salud o por tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas puedan ver comprometida su capacidad de procrear en el futuro", establece el artículo 8 de la norma.
Entre los procedimientos que incluye la ley se encuentran la inducción de ovulación, la estimulación ovárica controlada, el desencadenamiento de la ovulación, las Técnicas de Reproducción Asistida y la inseminación intrauterina, intracervical o intravaginal con gametos del cónyuge, pareja conviviente o no de un donante

No hay comentarios: