jueves, 21 de junio de 2012

OTORGAN LA COBERTURA TOTAL DE MEDICACIÓN A PACIENTE DIABÉTICO

Fuente: abogados.com

La justicia le ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), como medida cautelar innovativa, que le brinde cobertura del 100 por ciento del tratamiento de ácido hialurónico a una persona que padece diabetes.

Cabe destacar que el procedimiento médico tiene como objetivo que el beneficiado de 74 años de edad pueda curar las escaras ulceradas que fueron provocadas por la enfermedad que lo aqueja.


En una primera instancia, el juez desestimó la medida autosatisfactiva pretendida a partir de que la misma “se agota con un despacho favorable y que, por ello, para acceder a aquella se requiere una situación de suma gravedad”.

Por su parte, los magistrados de la Sala II de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal decidieron revocar el fallo de primera instancia y ordenar la cobertura total del tratamiento médico para el paciente.

“Nos encontramos frente a una medida cautelar innovativa que no es autosatisfactiva, porque se trata de un tratamiento constante que debe realizar el actor hasta que la ulcera tálica del pie derecho sane”, sostiene la resolución.

Además, afirmaron que “en el caso, la profesional interviniente indicó control semanal y una cantidad determinada de medicación para un tratamiento de dos meses. Consecuentemente, el objeto de la medida pretendida no se agota con el otorgamiento de aquella, y para resolver su admisibilidad corresponde examinar si se han cumplido los recaudos generales para el otorgamiento de cualquier cautelar en la cual está comprometido el derecho a la salud”.

Por último, los camaristas Ricardo Guarinoni, Alfredo Gusman y Santiago Kiernan concluyeron en que “resulta aconsejable disponer que el INSSJyP le brinde al señor L. A. C. la medicación prescripta por la profesional interviniente en la cantidad que en la parte dispositiva se indica mientras dure el plazo previsto en el artículo 207 del código de rito, pues a través del dictado de la medida cautelar innovativa se intenta evitar las consecuencias perjudiciales irreparables. Mas cabe agregar que será indispensable la iniciación del proceso principal, tanto para plantear la subsistencia de la medida cautelar innovativa aquí otorgada como para resolver la definitiva viabilidad y conveniencia de proveer a C. la cobertura integral de los medicamentos pretendidos”.

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