lunes, 14 de mayo de 2012

ORDENAN A PREPAGA A AFILIAR A MUJER DE 84 AÑOS

Fuente: abogados.com.ar

El Hospital Italiano y/o Sociedad Italiana deberá afiliar a una mujer de 84 años de edad en el denominado Plan Familiar que integran su esposo, una de sus hijas y tres nietas luego de que la actora abone las cuotas que correspondan.

La determinación fue llevada a cabo por la titular del Juzgado Federal Nº 2 Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Isabel Forns, que dictó una medida cautelar para que se proceda de forma inmediata.



La acción judicial se inició a partir de un amparo presentado por la mujer, en donde explicaba que desde 1953 se encontraba afiliada al Centro Gallego de Buenos Aires pero que por los inconvenientes que atraviesa la institución no le brindaban cobertura médica.

De esta manera y de acuerdo a lo establecido por la ley 26.682, la actora decidió afiliarse al Hospital Italiano de San Justo aunque las autoridades de la institución rechazaron la petición.

Por su parte, la resolución sostiene que el hospital no expuso motivo alguno que explique el rechazo a la afiliación “habiendo guardado silencio la demandada ante la intimación formulada por la Sra. G. por medio de carta documento (v. fs.10/1), contestando recién el pedido de explicaciones formulado extrajudicialmente por la Defensora Pública Oficial ‘Ad-hoc’ (v. fs. 3/6), aduciendo que el rechazo debe encuadrarse en las disposiciones del art.9 de la ley 26.682, debido a la ocultación maliciosa en la declaración de la Sra. G. de enfermedades preexistentes”.

En tal sentido, el magistrado sostuvo que el mencionado artículo, aludido por la empresa, se refiere a la rescisión de los contratos ya existentes (con una notificación previa). En el presente caso, el vínculo todavía no está celebrado por lo que los fundamentos esgrimidos por la institución aparecen a “prima facie como irrazonables”.

Por último, la jueza sentenció lo siguiente: “considero que la situación en la que se encuentra inmersa A. M. G., de 84 años de edad, implica una urgencia que no admite demoras en su respuesta, pues se conjugan compromisos internacionales asumidos por la República en materia de derechos humanos”.

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