24 mayo 2012 Por
La Cámara Laboral confirmó una condena contra una
cadena de hipermercados por el despido discriminatorio de un cajero enfermo de
sida y ordenó que el empleado sea indemnizado con 60 mil pesos más
intereses.
Los jueces de la Sala Sexta de la Cámara
consideraron que la cadena Coto “conocía (que el trabajador) era
portador de HIV al momento del despido”. Como prueba de ello,
destacaron que el cajero había sido internado en dos
oportunidades a raíz de su cuadro de salud.
En este sentido, los
camaristas remarcaron que el despido del trabajador se produjo diez días después
de que el empleado fuera hospitalizado (por segunda vez) en el Sanatorio San
José. “En un período de cinco meses, el actor se ausentó e internó por diversos
malestares, circunstancia que, unida a la contemporaneidad que existe entre el
momento en que el actor es despedido resulta conducente a la presunción de
discriminación”, explicaron los magistrados.
De este modo, descartaron los argumentos de la
defensa, que sostenía que el trabajador ” fue despedido porque hubo una
reestructuración”.
“Ante la ausencia de prueba que demuestre que el
accionar de la empleadora se debió a una causa distinta a la mencionada, no
queda mas que tener por cierto que el despido obedeció al estado de salud” del
empleado detalla el fallo, que concluye que el hipermercado “incurrió con su
accionar en la figura del despido discriminatorio”.
Por esta razón, los camaristas condenaron al
hipermercado a indemnizar al trabajador con 60 mil pesos, más los intereses
desde la fecha de la ruptura de la relación laboral.
Fuente: http://www.clarin.com/sociedad
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