viernes, 22 de octubre de 2010

SE DESESTIMA DEMANDA DE UNA TESTIGO DE JEHOVÁ

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha absuelto al Servicio de Salud del Principado de Asturias de la demanda interpuesta por una paciente que alegaba que las complicaciones postoperatorias que sufrió fueron consecuencia de un retraso diagnóstico por la Administración que no pudo realizar una resonancia magnética por avería del aparato.
Según los hechos declarados probados, la enferma fue sometida a una intervención quirúrgica para una hernia discal que no mejoraba con un tratamiento conservador. Antes de la operación, tal y como consta en la historia clínica, la paciente había expresado su deseo de no ser sometida a una transfusión sanguínea por su condición de testigo de Jehová. Después de la operación comenzó con un cuadro progresivo de hormigueos y pérdida de flexión en el dorso plantar, por lo que acordó la realización de una resonancia que no pudo practicarse por avería de la máquina.
Además, durante el postoperatorio la enferma también presentó anemia, que se abordó con un tratamiento alternativo a la transfusión por negativa de la paciente.La sentencia no niega que uno de los factores que provocó el retraso en el tratamiento de la patología fuera la avería del aparato, pero achaca la demora más a la decisión de la enferma que a las actuaciones sanitarias.
  • Los niveles sanguíneos no aconsejaban adelantar la operación, pues podría acarrear graves efectos para la vida y la salud de la paciente
En efecto, el tribunal autonómico afirma que ha quedado acreditado que la negativa de la paciente a someterse a las transfusiones sanguíneas por sus creencias religiosas "fue constante en todo momento", es decir, en los "actos anteriores, coetáneos y posteriores a las intervenciones y que esa negativa condicionó las actuaciones médicas realizadas".
Efectos de una elección
Por ejemplo, la actitud de la enferma hizo precisa una interconsulta al banco de sangre con motivo de la primera operación, ya que "era necesario aumentar la cifra de hemoglobina prequirúrgica".
Además, el rechazo a las transfusiones también afectó a la actuación de los facultativos tras la operación y para el tratamiento de la complicación neurológica surgida, ya que presentaba un cuadro anémico con tasas de hemoglobina muy bajas.
En consecuencia, los magistrados, que admiten las conclusiones de los informes periciales presentados por los peritos aportados por Zurich España, aseguradora de la Administración, representada en el proceso por el abogado Javier Moreno, achacan las consecuencias a la decisión de la paciente. "Fue este hecho y no el retraso en el diagnóstico por la avería de la máquina de imágenes la que determina que el tratamiento quirúrgico se retrasara en contra de la recomendación de que la intervención era urgente para evitar las graves secuelas que acarrea".
Es más, el tribunal autonómico afirma que si la segunda intervención quirúrgica se hubiera adelantado con los niveles sanguíneos que presentaba la enferma, "hubiera podido acarrear graves efectos para su vida y salud, amen de contravenir los criterios de los propios servicios hospitalarios, por lo que era necesario posponer la operación hasta que surtieran efectos las medidas alternativas".El fallo rechaza la indemnización solicitada, que ascendía a 488.338 euros.
FUENTE: diariomedico.com

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