B.O. 11/11/11 - Resolución 1812/11-MS - MINISTERIO DE SALUD - Crea Programa Nacional de Control de Enfermedades Zoonóticas
MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1812/2011
Créase el Programa Nacional de Control de Enfermedades Zoonóticas.
Bs. As., 4/11/2011
VISTO el Expediente Nº 1-2002-17577/11-7 del
registro del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución Nº 233 del 26 de abril
de 2002, la Resolución Ministerial Nº 2090 de fecha 24 de noviembre de
2010 y el Decreto Nº 1088/11, y
CONSIDERANDO:
Que las zoonosis constituyen un grupo de enfermedades de
los animales que se transmiten a las personas, con elevadas tasas de
morbilidad y mortalidad en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que las enfermedades zoonóticas representan
un serio problema de Salud Pública,
con un elevado costo económico para los servicios de salud en razón de
los altos costos de internación y tratamiento de las personas.
Que en la actualidad, la mayoría de las enfermedades emergentes se incluyen dentro de las zoonosis.
Que las principales enfermedades zoonóticas
en la REPUBLICA ARGENTINA son: rabia, hantavirus, leptospirosis,
hidatidosis, triquinosis, brucelosis, psitacosis, fiebre hemorrágica
argentina, leishmaniasis visceral,
fiebre amarilla, alacranismo, aracnoidismo,
ofidismo, toxoplasmosis, geohelmintiasis,
síndrome urémico hemolítico, salmonelosis.
Que se presentan diversos factores que están
generando el aumento de las enfermedades
zoonóticas, como: cambios climáticos, globalización, urbanización, contacto con animales silvestres y adaptación microbiológica.
Que las enfermedades zoonóticas afectan a
las personas de todas las edades, tanto varones como mujeres, en las VEINTICUATRO (24) Jurisdicciones Nacionales.
Que en los últimos DOS (2) años se han reportado
más de VEINTE MIL (20.000) casos humanos ocasionados por enfermedades zoonóticas, con un registro de NOVENTA (90) fallecidos.
Que existe un tratamiento efectivo para la
mayoría de los casos humanos como así también inmunoprofilaxis y quimioprofilaxis en algunas patologías zoonóticas.
Que se debe hacer hincapié en la prevención
y en la tenencia responsable, ya que
solo de esta manera se obtendrá un equilibrio
real entre la salud pública y la protección
de perros y gatos en un ambiente sano.
Que la Ley Nacional Nº 12.732 del 29 de
septiembre de 1941, sobre profilaxis de
la hidatidosis, instaura que esta zoonosis
debe ser combatida por el Estado.
Que, la Ley Nacional Nº 15.465 del 28 de
octubre de 1960, establece el régimen legal
de las enfermedades de notificación obligatoria
en las cuales se incluyen las enfermedades
zoonóticas.
Que la Ley Nacional Nº 22.953 del 19 octubre
de 1983 declaró de interés nacional en
todo el Territorio de la REPUBLICA ARGENTINA
la lucha antirrábica, estableciendo
diversas obligaciones y responsabilidades,
tanto para las personas que tienen animales
bajo tenencia, así como para las autoridades
competentes.
Que la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 233 del 26
de abril de 2002, establece como acciones de la DIRECCION DE
EPIDEMIOLOGIA, entre otras, las de promover y establecer normas de
control de zoonosis, reservorios e infecciones
hospitalarias y establecer normas
para el control de las zoonosis urbanas
y rurales.
Que por Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 2090 de
fecha 24 de noviembre de 2010 se aprobó la NORMA TECNICA Y MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE LA HIDATIDOSIS EN LA REPUBLICA
ARGENTINA.
Que por Decreto Nº 1088 del 19 de junio de 2011 se creó
el PROGRAMA NACIONAL DE TENENCIA RESPONSABLE Y SANIDAD DE PERROS Y GATOS
en el MINISTERIO DE SALUD.
Que, en tal sentido, se considera necesario crear un
Programa de alcance Nacional a fin de centralizar la coordinación y
articulación de aquellas acciones destinadas a la prevención y control
de las enfermedades
zoonóticas.
Que a tales efectos, se propone la creación del PROGRAMA
NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES ZOONOTICAS, con los objetivos de
vigilar, prevenir y controlar las enfermedades zoonóticas.
Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGO y
la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS han prestado
conformidad a la propuesta de creación del referido Programa Nacional.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por la Ley de Ministerios - T.O. 1992, modificada
por la Ley 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Créase en el ámbito de la DIRECCION DE
EPIDEMIOLOGIA dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE
RIESGOS, de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS, el
PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES ZOONOTICAS, teniendo como
objetivos principales disminuir la morbilidad y mortalidad de las
enfermedades zoonóticas.
Art. 2º — Apruébese los objetivos y estrategias del
PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES ZOONOTICAS que se detallan
en el Anexo I de la presente.
Art. 3º — En el ámbito del PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL
DE ENFERMEDADES ZOONOTICAS, funcionará una UNIDAD COORDINACION, que
tendrá a cargo la elaboración de los planes de corto y mediano plazo
destinados al logro de los objetivos aprobados en Artículo 2º, integrado
por un área técnico-profesional y un área administrativa.
Art. 4º — Asígnase funciones de COORDINADORA DEL
PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES ZOONOTICAS a la Médica
Veterinaria Natalia CASAS (DNI Nº 24.753.258).
Art. 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la
presente se imputará a la Partida Específica del Programa 20 del
Presupuesto de este Ministerio, y eventualmente de Organismos
Internacionales y de otras Instituciones.
Art. 6º — Déjese sin efecto cualquier otra Resolución que se oponga a la presente.
Art. 7º — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Juan L. Manzur.
ANEXO I
OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES ZOONOTICAS
OBJETIVO GENERAL
Reducir de la morbimortaliclad ocasionada por las enfermedades zoonóticas.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Mejorar la notificación, prevención y control de las principales enfermedades zoonóticas del país
Reducir el impacto en la población de las mismas con acciones específicas.
• Implementar la notificación de casos animales en el Sistema Nacional de Vigilancia de Salud.
• Promover y participar en la realización de Campañas de Vacunación Antirrábica en áreas de riesgo.
• Fortalecer las Redes de Laboratorios de Diagnóstico de
Rabia, Brucelosis, Leptospirosis, FHA, Toxoplasmosis, SUH y
Salmonelosis.
• Conformar o fortalecer las Redes de Laboratorios de
Diagnóstico de Hidatidosis, Triquinosis, Hantavirus, Leishmaniasis
visceral, Psitacosis y
Envenenamiento por Animal Ponzoñoso.
• Participar en el Desarrollo de programas de
capacitación para el personal de salud de las
distintas jurisdicciones del país.
• Implementar actividades de educación y
promoción de la salud.
• Mantener un stock estratégico de medicamentos
y biológicos para proveer a las provincias
para su utilización en la prevención y control
de enfermedades zoonóticas.
• Fomentar la tenencia responsable de animales
de compañía.
ESTRATEGIAS
• Brindar soporte, capacitación y acompañamiento
a los niveles provinciales y locales
para el manejo de las diferentes zoonosis.
• Diseñar e implementar estrategias de capacitación
continua en el ámbito de su competencia
para el personal abocado a las enfermedades
transmitidas por animales.
• Participar activamente en la organización de
actividades con los Programas Provinciales de
Zoonosis.
• Coordinar y generar acuerdos con los diferentes
actores involucrados en el control de las
zoonosis en Argentina.
• Promover la participación del país en acuerdos
regionales de estrategias destinadas al control
de las enfermedades zoonóticas en la población
de los países involucrados.
• Optimizar la Vigilancia de eventos de importancia
en Salud Pública relacionados con la interfase
animal humano de la enfermedad.
• Desarrollar e implementar instrumentos de
notificación obligatoria de enfermedades zoonóticas
en animales.
• Diseñar materiales de difusión y capacitación,
referidas a la prevención y el control de las
zoonosis y en la tenencia responsable de perros
y gatos.
• Organizar y coordinar campañas de prevención
destinadas a disminuir la incidencia de las
zoonosis en la población.
• Producir y difundir informes de morbilidad
por zoonosis en Argentina.
• Colaborar en la verificación de eventos o
rumores relacionados con zoonosis en el país,
como parte de un sistema de Alerta y Respuesta
Rápida.
• Contribuir al cumplimiento de los compromisos
internacionales mediante el análisis y difusión
de la información de la Región.
• Brindar apoyo técnico eh terreno ante la
ocurrencia de eventos relacionados a las zoonosis
en el territorio nacional e internacional.
• Coordinar las actividades con los distintos
Programas dependientes del Ministerio y otras
Instituciones que tengan relación con las enfermedades
zoonóticas.
• Coordinar las actividades con el Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
(SENASA) en lo que respecta a la sanidad animal.
• Articular las actividades con el PROGRAMA NACIONAL DE TENENCIA RESPONSABLE Y SANIDAD DE PERROS Y GATOS
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