La Cámara Federal de Mar del Plata
aceptó una acción de amparo y le ordenó a una obra social que cubra la
totalidad de un tratamiento de fecundación asistida a una pareja que no
podía concebir por métodos naturales, aunque indicó que, para preservar
el derecho a la vida de los embriones no implantados en el útero, se los
debe guardar a través del método de la crioconservación.
Para
los jueces, la obra social debe cubrir el costo del tratamiento de
fecundación asistida (ICSI) porque “el hecho que la prestación no se
encuentre contemplada en el Programa Médico Obligatorio (PMO) no resulta
de por sí causa suficiente para eximir a la demandada de su obligación
de prestar un adecuado servicio de salud, habida cuenta que los derechos
que los amparistas estiman vulnerados son ‘derechos humanos que
trascienden el derecho positivo vigente’”.
Sin
embargo, los camaristas advirtieron que “en relación al tratamiento
prescripto por los médicos tratantes es necesario analizar una cuestión
fundamental: si el tratamiento necesariamente al descartar embriones
vulnera el derecho a la vida de las personas por nacer”.
En
ese sentido, indicaron que “la Convención de los Derechos del Niño así
como los demás tratados internacionales con jerarquía constitucional
suscriptos por el Estado argentino otorgan protección a la vida humana
desde el momento mismo de la concepción”.
“Debemos
ocuparnos entonces del destino que habrá de otorgarles a los embriones
supernumerarios o no transferidos resultantes de esta práctica”,
agregaron.
Para los magistrados,
“permitir el ‘descarte’ de embriones vulnera el derecho a la vida de los
mismos, y su ‘utilización en el campo experimental’ conlleva un
atropello contra la dignidad de la persona humana”.
“No
vislumbro hasta el momento otra alternativa más favorable en orden a su
protección que la técnica de la crioconservación de aquellos embriones
que puedan resultar sobrantes”, expresó el juez Alejandro Tazza en el
voto mayoritario.
Por tal razón, se
ordenó la cobertura total del tratamiento por parte de la obra social, y
la “inmediata crioconservación de los embriones restantes”
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