martes, 25 de enero de 2011

CONDENAN A RUMANIA POR NO PROTEGER LA SALUD DE UN RECLUSO

MADRID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado este martes al Gobierno de Rumanía a paga 4.000 euros por no salvaguardar el estado de salud de un recluso con fibrosis pulmonar que tuvo que compartir celda con varios fumadores.
Los siete magistrados, entre ellos el español Luis López Guerra, han dictaminado de forma unánime que hubo una violación del artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos que prohíbe el trato inhumano o degradante en el caso del ciudadano rumano Anesti Elefteriadis. El veredicto no es definitivo y puede apelarse en el plazo de tres meses.
El recluso, que cumple cadena perpetua por asesinato en una prisión rumana, había denunciado ante el Tribunal de Estrasburgo que entre 1994 y 2000 cumplió su pena una celda de 13,8 metros cuadrados con otros tres presos fumadores. Desde 1994 había estado solicitando su traslado, pero no fue hasta 1999, cuando se le diagnosticó fibrosis pulmonar, que su solicitud fue atendida.
Entre 2000 y 2005 estuvo recluido en otros lugares y, según su certificado médico de 2005, su estado de salud fue bueno. Sin embargo, en febrero de 2005 fue trasladado a un nuevo centro y obligado a compartir celda con dos presos que fumaban "día y noche". A petición suya, en noviembre de ese año le trasladaron a otra celda con no fumadores. Los exámenes médicos de 2008 mostraron que tenía una bronconeumopatía obstructiva crónica de grado dos.
Igualmente, el demandante había denunciado que en los numerosos traslados de prisión y a los tribunales viajó en furgones con más reclusos y sin ventilación y que durante las esperas los otros reclusos fumaban, por lo que él inhaló su humo, según la versión de los hechos que ofrece el Tribunal de Estrasburgo.
La primera denuncia fue presentada en 2005, pero fue rechazada aduciendo falta de espacio en la prisión. También fue rechazada otra nueva denuncia en junio de 2006. En su recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos presentado en octubre de 2005, el recluso había aducido que le obligaron a compartir celda con fumadores y que había contraído una enfermedad pulmonar para la que no recibió tratamiento y que había sido trasladado junto a fumadores a las vistas judiciales.
Los magistrados ha rechazado la parte de la denuncia relativa al periodo entre junio de 1994 y diciembre de 2000, pero sí ha aceptado las alegaciones relativas al periodo entre febrero y noviembre de 2005, dado que ya se sabía el estado de salud del recluso --tenía una "enfermedad crónica" pulmonar-- y se le obligó a compartir celda con fumadores.
"Por tanto las autoridades tenían la obligación de adoptar medidas para salvaguardar su salud separándole de prisioneros que fumaran, algo que se podría haber hecho puesto que en la prisión había una célula en la que no había fumadores", explica el tribunal, que considera que el exceso de reclusos en la prisión no exime a las autoridades penitenciarias de su obligación de proteger la salud del afectado.
También considera probado que el recluso estuvo expuesto al humo del tabaco durante sus traslados y esperas en los juzgados, pese a que los médicos habían recomendado que evitara exponerse a ello. Los magistrados también reprochan que los tribunales rumanos rechazaran la petición del demandante de compensaciones porque no había aportado "pruebas físicas de los presuntos daños y de que su estado de salud ha mejorado tras su traslado" a una celda sin fumadores --actualmente está en una celda individual--.
Por este motivo, el Tribunal de Estrasburgo, en virtud del artículo 41 de la Convención de Derechos Humanos, condena a Rumanía a pagar 4.000 euros por daños no pecuniarios al afectado. El Gobierno rumano tiene ahora un plazo de tres meses para apelar este veredicto y que el caso sea remitido a una Gran Sala con cinco magistrados.

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