Fuente: lacapital.com.ar
El diputado provincial Alberto Monti presentó un proyecto para legalizar el alquiler de vientres en el territorio santafesino. La iniciativa, conocida como ley de maternidad gestacional subrogada, busca llenar el vacío normativo que existe en torno a esta práctica médica. Y, de prosperar, promete reabrir polémica entre las posibilidades de los procedimientos científicos y las convicciones bioéticas. Uno de los artículos de la propuesta acepta la compensación económica a la mujer encargada de llevar adelante el embarazo.
El proyecto se presentó el jueves pasado en la Cámara baja santafesina. Según describe su autor, la medida “busca garantizar el derecho de aquellos impedidos de procrear” y prevé la regulación de esta técnica “con objetividad y desprejuicio, teniendo como pilares la voluntad procreacional y la oportunidad que presta la ciencia”.
La iniciativa lleva la firma de Monti, sin el acompañamiento de sus pares. Pero, según aclararon colaboradores del diputado justicialista pronto a concluir su mandato, “hay otros legisladores dispuestos a sostener el proyecto y debatir sobre un tema que tiene cada vez más presencia pública”.
En foco. El caso más resonante fue el nacimiento de los mellizos de la vedete Flor de la V, quien alquiló un vientre en Estados Unidos. No obstante, este procedimiento no sólo permite el nacimiento de un hijo biológico a parejas de varones, también es un camino para muchas parejas heterosexuales o mujeres que no pueden tener hijos en forma natural, por malformaciones en el útero, cáncer u otras complicaciones.
Para esto, una mujer debe gestar un bebé para entregarlo una vez nacido. Mediante fecundación in vitro, el embrión puede ser concebido con el óvulo y el esperma de quienes asumirán la crianza del niño. Pero también uno de los dos gametos, o ambos, pueden ser aportados por personas ajenas a los futuros padres.
En la Argentina, la maternidad subrogada entra en un vacío legal. Es decir, no está permitida ni prohibida. Tampoco es una práctica frecuente, ya que si bien los centros de fertilidad cuentan con la tecnología para concretarla, la falta de leyes que la amparen no la hace conveniente (ver aparte).
En cambio, algunos estados de Norteamérica legalizaron estas prácticas, al igual que Israel, Grecia, India, Ucrania, Finlandia, Reino Unido, Bélgica y Rusia.
Según la iniciativa presentada en la Legislatura, se busca garantizar “la procreación como un derecho de titularidad y ejercicio, individual o compartido, de los habitantes, en condiciones de igualdad”, además de proteger “el deseo a la maternidad o paternidad, fuente de la responsabilidad del hecho filial”.
De este modo, busca “establecer normas y garantías para la protección de todas las partes involucradas y para confirmar la situación jurídica de los niños nacidos como resultado de estas practicas”.
De acuerdo a la iniciativa, las mujeres que alquilen su vientre deben ser mayores de edad, haber tenido un hijo y superar exámenes médicos y psíquicos. Además, él o los padres subrogados deberán contribuir al menos con uno de los gametos en el preembrión y acreditar con certificado médico la necesidad del tratamiento. Ambas partes, además, deben contar con una residencia mínima de dos años en la provincia.
La madre sustituta y los padres subrogados deberán firmar un “instrumento de subrogación gestacional” donde, entre otras cosas, manifiesten haber “recibido información acerca de los derechos legales, financieros y contractuales” previstos. Y, según indica en el artículo 7º, si se contempla el pago de una compensación a la madre sustituta se deberá depositar en un banco oficial a nombre de la mujer.
Una vez suscripto, este instrumento deberá ser notificado al Registro Nacional de las Personas y a la entidad, publica o privada, donde nazca el bebé “para que el estado del menor nacido mediante esta práctica sea contemplado en su filiación como hija o hijo desde el momento de la fecundación de su padre o padres subrogados”.
A debate. La diputada socialista Lucrecia Aranda consideró dificil legislar a nivel provincial sobre maternidad subrogada sin que exista una ley integral nacional.
Sin conocer detalles del proyecto de Monti, la legisladora consideró “urgente” debatir sobre estos temas.
“Hay que avanzar sobre temas como la fertilización asistida, el alquiler de vientres y todo lo que estas nuevas formas de maternidad y paternidad traen aparejado para llenar los huecos que va abriendo la ciencia y para que estos tratamientos no sean una alternativa exclusiva para las personas que tienen dinero y contactos para acceder a ellos”, concluyó.
El diputado provincial Alberto Monti presentó un proyecto para legalizar el alquiler de vientres en el territorio santafesino. La iniciativa, conocida como ley de maternidad gestacional subrogada, busca llenar el vacío normativo que existe en torno a esta práctica médica. Y, de prosperar, promete reabrir polémica entre las posibilidades de los procedimientos científicos y las convicciones bioéticas. Uno de los artículos de la propuesta acepta la compensación económica a la mujer encargada de llevar adelante el embarazo.
El proyecto se presentó el jueves pasado en la Cámara baja santafesina. Según describe su autor, la medida “busca garantizar el derecho de aquellos impedidos de procrear” y prevé la regulación de esta técnica “con objetividad y desprejuicio, teniendo como pilares la voluntad procreacional y la oportunidad que presta la ciencia”.
La iniciativa lleva la firma de Monti, sin el acompañamiento de sus pares. Pero, según aclararon colaboradores del diputado justicialista pronto a concluir su mandato, “hay otros legisladores dispuestos a sostener el proyecto y debatir sobre un tema que tiene cada vez más presencia pública”.
En foco. El caso más resonante fue el nacimiento de los mellizos de la vedete Flor de la V, quien alquiló un vientre en Estados Unidos. No obstante, este procedimiento no sólo permite el nacimiento de un hijo biológico a parejas de varones, también es un camino para muchas parejas heterosexuales o mujeres que no pueden tener hijos en forma natural, por malformaciones en el útero, cáncer u otras complicaciones.
Para esto, una mujer debe gestar un bebé para entregarlo una vez nacido. Mediante fecundación in vitro, el embrión puede ser concebido con el óvulo y el esperma de quienes asumirán la crianza del niño. Pero también uno de los dos gametos, o ambos, pueden ser aportados por personas ajenas a los futuros padres.
En la Argentina, la maternidad subrogada entra en un vacío legal. Es decir, no está permitida ni prohibida. Tampoco es una práctica frecuente, ya que si bien los centros de fertilidad cuentan con la tecnología para concretarla, la falta de leyes que la amparen no la hace conveniente (ver aparte).
En cambio, algunos estados de Norteamérica legalizaron estas prácticas, al igual que Israel, Grecia, India, Ucrania, Finlandia, Reino Unido, Bélgica y Rusia.
Según la iniciativa presentada en la Legislatura, se busca garantizar “la procreación como un derecho de titularidad y ejercicio, individual o compartido, de los habitantes, en condiciones de igualdad”, además de proteger “el deseo a la maternidad o paternidad, fuente de la responsabilidad del hecho filial”.
De este modo, busca “establecer normas y garantías para la protección de todas las partes involucradas y para confirmar la situación jurídica de los niños nacidos como resultado de estas practicas”.
De acuerdo a la iniciativa, las mujeres que alquilen su vientre deben ser mayores de edad, haber tenido un hijo y superar exámenes médicos y psíquicos. Además, él o los padres subrogados deberán contribuir al menos con uno de los gametos en el preembrión y acreditar con certificado médico la necesidad del tratamiento. Ambas partes, además, deben contar con una residencia mínima de dos años en la provincia.
La madre sustituta y los padres subrogados deberán firmar un “instrumento de subrogación gestacional” donde, entre otras cosas, manifiesten haber “recibido información acerca de los derechos legales, financieros y contractuales” previstos. Y, según indica en el artículo 7º, si se contempla el pago de una compensación a la madre sustituta se deberá depositar en un banco oficial a nombre de la mujer.
Una vez suscripto, este instrumento deberá ser notificado al Registro Nacional de las Personas y a la entidad, publica o privada, donde nazca el bebé “para que el estado del menor nacido mediante esta práctica sea contemplado en su filiación como hija o hijo desde el momento de la fecundación de su padre o padres subrogados”.
A debate. La diputada socialista Lucrecia Aranda consideró dificil legislar a nivel provincial sobre maternidad subrogada sin que exista una ley integral nacional.
Sin conocer detalles del proyecto de Monti, la legisladora consideró “urgente” debatir sobre estos temas.
“Hay que avanzar sobre temas como la fertilización asistida, el alquiler de vientres y todo lo que estas nuevas formas de maternidad y paternidad traen aparejado para llenar los huecos que va abriendo la ciencia y para que estos tratamientos no sean una alternativa exclusiva para las personas que tienen dinero y contactos para acceder a ellos”, concluyó.
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