B.O.
06/09/11 - Resolución 1337/11-MS - SALUD PUBLICA - Aprueba Listado de
Especialidades Multiprofesionales, actualizado periódicamente
Ministerio de Salud
SALUD PUBLICA
Resolución 1337/2011
Apruébase el Listado de Especialidades
Multiprofesionales, que podrá ser actualizado periódicamente a través
del mecanismo instituido por la Resolución Nº 1105/06.
Bs. As., 1/9/2011
VISTO el expediente Nº 2002-10714/10-0 del
registro del MINISTERIO DE SALUD, y el Acta 02/2009 del CONSEJO FEDERAL
DE SALUD (CO.FE.SA.), y
CONSIDERANDO:
Que es necesario afirmar el rol de Rectoría del
MINISTERIO DE SALUD en el desarrollo y calidad de los Recursos Humanos
en Salud, teniendo en cuenta también los procesos
de integración regional.
Que el ordenamiento racional, la planificación
y distribución de los Recursos Humanos
en Salud, son un componente central
en la política sanitaria de este Ministerio.
Que es necesario determinar y validar aquellas
especializaciones que no son competencia
exclusiva de una profesión, que son
caracterizadas como especialidades multiprofesionales,
reservadas para los profesionales
de la salud de grado universitario.
Que por lo tanto resulta pertinente armonizar
con las jurisdicciones provinciales cuáles
especialidades deberán ser reconocidas
en todo el país, con el objeto de estimular
su formación en función de las necesidades
de la población.
Que el reconocimiento de especialidades
es dinámico y requiere de actualizaciones
periódicas por la evolución científica y las
necesidades de recursos humanos caracterizados.
Que la nómina de especialidades fue sometida
a consideración de los representantes
técnicos de las distintas jurisdicciones provinciales.
Que la Comisión Nacional Asesora del
Ejercicio de las Profesiones de Grado Universitario en Salud creada por
Resolución Ministerial Nº 1105/06, en reunión del 6 de octubre de 2008
resolvió proponer al CONSEJO FEDERAL DE SALUD (CO.FE.SA.) la aprobación
de dicho listado de especialidades
multiprofesionales.
Que los Ministerios de la totalidad de las
jurisdicciones del país expresaron su conformidad al listado de
especialidades en la Reunión del CONSEJO FEDERAL DE SALUD (CO.FE.SA.)
del 7 de agosto de 2009, refrendando el Acta CO.FE.SA. 2/2009.
Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y
CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION
Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
han prestado conformidad a esta propuesta.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa conforme a las disposiciones de la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificada por Ley Nº 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébese el Listado de Especialidades
Multiprofesionales que como ANEXO I forma parte de la presente, que
fuera aprobado por unanimidad en reunión del CONSEJO FEDERAL DE SALUD
(COFESA) del 7 de agosto de 2009.
Art. 2º — El listado aprobado por el artículo anterior
podrá ser actualizado periódicamente a través del mecanismo instituido
por la Resolución Ministerial Nº 1105 de fecha 27 de julio de 2006 y con
acuerdo del CONSEJO FEDERAL DE SALUD (COFESA).
Art. 3º — La certificación del título de especialista se
realizará a través de la modalidad que la reglamentación disponga para
cada profesión de la salud de grado universitario.
Art. 4º — Invítese a los Señores Ministros del CONSEJO
FEDERAL DE SALUD (COFESA) a adecuar las normativas jurisdiccionales que
permitan la aplicación de la presente resolución.
Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Boletín Oficial y archívese.
— Juan L. Manzur.
ANEXO I
• SALUD PUBLICA
• EPIDEMIOLOGIA
• AUDITORIA DE SERVICIOS DE SALUD
• GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
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