Fuente: www.mercado.com.ar
MAR 28 JUN 2011 | 09:26
El Ejecutivo puntano, como
parte de su agenda digital, impulsa diferentes proyectos de ley que
sustentan sus políticas. Y como parte de esas normativas, se presentó
ante la Legislatura provincial el proyecto “Acceso de los habitantes a
su historia clínica. Creación del sistema de historia clínica digital
(HCD)”.
El propósito de esta legislación será regular un sistema de HCD que
funcionará en toda la provincia. La normativa provincial se basará en
la Ley Nacional 26.529 -Derechos del paciente en relación con
profesionales en instituciones de la salud-, en su artículo 13. Con este
nuevo proyecto, el Estado puntano hará efectivo el derecho a la salud
de la ciudadanía, mediante la provisión, en todo lugar y en tiempo real,
de sus datos y archivos médicos. A la vez, que apuntará a mejorar la
eficiencia del sistema de salud en su totalidad, garantizando la
confidencialidad y protección de los datos personales y clínicos de cada
habitante.
En referencia a la ley nacional mencionada, Luciana Vera, asesora
legal de la ULP y directora del Instituto de Firma Digital (IFD), señaló
que prevé que la historia clínica esté en poder de la institución, y el
paciente debe poder acceder a ella en un plazo de 48 horas. Al
respecto, subrayó la diferencia con la normativa sanluiseña, que apunta a
que la historia clínica esté en poder del propio paciente. “Al ser
digital será al revés. La historia clínica será del paciente y será éste
quien le permita al médico, o a una institución, acceder a esos datos”,
aseveró.
Asimismo, agregó que actualmente los pacientes acceden a sus datos
médicos solo cuando enfrentan juicios por mala praxis. “Antes, no la
pueden conseguir, porque las instituciones se oponen por una cuestión de
responsabilidad. Además, cuando se realiza una consulta médica, el
profesional llena fichas que se guardan en una carpeta o elaboran una
especie de historia clínica en sus recetarios. Lo mismo sucede con los
resultados de los análisis”, detalló Vera.
El proyecto de ley presentado por la ULP y Progreso toma algunas
pautas de la ley nacional; pero establece cuatro principios innovadores:
accesibilidad, finalidad, veracidad y confidencialidad. El primer
principio otorga el derecho a conocer los datos médicos, que sean
explicados y rectificados en caso de ser erróneos. Además, la
información deberá ser entendible para el paciente. Y en caso de que el
profesional deba realizar una modificación, no podrá eliminar ningún
dato; deberá realizar la corrección agregando el nuevo dato y tendrá que
firmar digitalmente.
En cuanto al principio de finalidad considera que los datos de la
HCD serán personales, confidenciales y sensibles, sólo podrán ser usados
para asistencia y no podrán publicarse, salvo autorización del
paciente; incluso podrán ser usados para términos estadísticos según la
reglamentación vigente. En lo referido a la confidencialidad, se trata
de que quienes administren la base de datos de salud traten a los datos
de la HCD con absoluta reserva, salvo por una disposición judicial o
autorización del paciente.
El hecho de que en San Luis la historia de salud de un paciente sea
digital, le garantizará a cada persona el acceso a ella desde cualquier
lugar en que se encuentre. “Se piensa que el instrumento de acceso sea
la CIPE -Cédula de Identidad Provincial Electrónica- ya sea usando firma
digital o con el certificado de autenticación, que es como una especie
de contraseña. Además, el ciudadano podrá restringir o dar acceso a sus
datos. También, se está pensando la manera en que otra persona-
establecida por el paciente- pueda autorizar al médico el acceso a los
datos, en caso de que el paciente no pueda dar su consentimiento”,
aclaró Vera.
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