jueves, 21 de octubre de 2010

CONSEJO DE EUROPA: ACCESO A LAS MUJERES A LA ATENCIÓN MÉDICA LEGÍTIMA: EL PROBLEMA DEL USO NO REGULADO DE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

Doc. 12389

06 de octubre 2010
Opinión1
Comisión de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres
Ponente: D. ª Ingrida CIRCENE, Letonia, Grupo del Partido Popular Europeo
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A. Conclusiones de la comisión
El Comité felicita a la Social, Sanidad y Asuntos de la Familia Comité en su informe sobre el acceso de las mujeres a la atención médica legítima: el problema del uso no regulado de la objeción de conciencia, que establece un punto de vista equilibrado y propuestas razonables. Apoya el proyecto de resolución y el proyecto de recomendación y desea proponer siete enmiendas.

B. Proyecto de enmiendas al proyecto de resolución

Una enmienda

Después del párrafo 3, insertar un nuevo párrafo del siguiente tenor literal:

"En relación con sus La resolución 1607 (2008), la Asamblea considera que, en caso de recurso a la objeción de conciencia priva a las mujeres de la posibilidad efectiva de ejercer su derecho al aborto seguro y legal, reconocidas por la ley, el resultado puede ser embarazos no deseados y los abortos clandestinos, junto con las complicaciones de salud graves , incluyendo las muertes. "

Enmienda B

Tras el apartado 4.1.1, añadir un nuevo párrafo del siguiente tenor literal:

"Se aplican tanto a los establecimientos de salud públicos y privados, y centros de salud privados, como mínimo, en situaciones de emergencia";

Enmienda C

Al final del apartado 4.1.2.1. añadir las palabras:

"Y, en materia de salud reproductiva, asesoramiento claro y esclarecedor sobre planificación familiar y métodos anticonceptivos."

Enmienda D

Tras el apartado 4.1.3, añadir un nuevo párrafo del siguiente tenor literal:

"Establecer las sanciones y recursos apropiados en los casos en que ha sido el derecho de la mujer para acceder a los servicios de salud legales violados como consecuencia del recurso a la objeción de conciencia, en particular cuando la salud del paciente o de la vida ha estado en peligro."

Enmienda E

Tras el apartado 4.1.3, añadir un nuevo párrafo del siguiente tenor literal:

"Garantizar que los sistemas nacionales de salud requieren que los proveedores de salud reciben formación sobre cómo llevar a cabo todos los servicios legales de salud reproductiva, independientemente de si los objetos o estudiante en prácticas para realizar, con el fin de garantizar el acceso a los servicios de salud en situaciones de emergencia y otras situaciones en las que conciencia objeción no es aplicable; "

Enmienda F
Después del párrafo 4.1, insertar un nuevo párrafo del siguiente tenor literal:

"Reforzar la formación de profesionales de la salud en materia de normas éticas y sistemas de referencia."

Enmienda G

Tras el apartado 4.2, añadir un nuevo párrafo del siguiente tenor literal:

"Garantizar que los prestadores de salud no objetor no están sujetos a un entorno de trabajo hostil debido a su voluntad de proporcionar servicios de salud reproductiva que otros proveedores de salud con los que trabajan a conciencia puede oponerse a".

C. Exposición de motivos de la Sra. Circene, ponente

1. Felicito a la Social, Sanidad y Asuntos de la Familia Comité y su ponente, la señora McCafferty (Reino Unido, SOC) en su informe sobre el acceso de las mujeres a la atención médica legítima: el problema del uso no regulado de la objeción de conciencia. Como ponente señala con razón, la cuestión de la objeción de conciencia con respecto a la atención médica legal tiene un impacto significativo sobre el acceso de las mujeres a los servicios de salud, particularmente en el campo de la salud reproductiva.
2. Abusivas, el recurso generalizado o injustificada a la objeción de conciencia en la práctica, los desagües de la ley de fondo y priva a las mujeres de la asistencia legal a la que tienen derecho. En materia de salud reproductiva de esta cuestión adquiere una importancia especial. Por tanto, estoy especialmente preocupado por las estadísticas citadas en el informe de la señora McCafferty's. Por ejemplo, en Italia el 70% de los médicos y el 50% de los anestesistas invocar su derecho a la objeción de conciencia al negarse a realizar abortos, que sin embargo son legales.

3. También se hace mención de la situación de las mujeres en las zonas rurales, que tienen dificultades adicionales cuando un médico se niega a realizar un procedimiento médico. ¿Qué alternativas tienen las mujeres? ¿Qué tipo de acceso a la asistencia sanitaria está garantizada en tales circunstancias? La situación geográfica no debe dar lugar a la discriminación contra las mujeres que viven en las zonas rurales en cuanto a su acceso a la atención médica legal de alta calidad. Este aspecto también debería abordarse en el informe sobre la situación real de las mujeres en las zonas rurales que está preparando nuestro colega miembro del comité de la Sra. Carmen Quintanilla Barba (España, PPE / CD).
4. Estoy de acuerdo con el ponente en que el uso de la objeción de conciencia debe estar regido por una legislación completa, clara, va de la mano con un mecanismo de supervisión y vigilancia para garantizar que los profesionales de la salud actuar de acuerdo con esta legislación. Al mismo tiempo, todas las medidas necesarias deben ser adoptadas para garantizar que las mujeres tengan acceso a una información completa e imparcial, dentro de los plazos previstos por la ley, y garantizar que el derecho a la salud pueden ser efectivamente ejercido. Esto supone referirse a las mujeres afectadas a un profesional médico que llevará a cabo la deseada procedimiento médico legal. Según lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), es necesario prever para los sistemas de referencia.2

5. Considero que el uso de la objeción de conciencia debe ser estrictamente limitada, ya que la práctica voluntaria de la medicina y la libre elección de una especialización lugar a un acuerdo para llevar a cabo una serie de procedimientos legales médico prescrito por las autoridades públicas. Los que no están dispuestos a realizar abortos no deben optar por unirse a los departamentos especializados en ginecología, obstetricia o incluso cirugía. ¿Sería concebible que un soldado profesional para invocar la objeción de conciencia a fin de evitar que participen en operaciones militares? En el ámbito de la salud reproductiva, los servicios médicos proporcionados por centros de salud pública en mi opinión, incluir datos, no sólo los procedimientos médicos y quirúrgicos, sino también medidas educativas y preventivas, clara e iluminadora y asesoramiento en materia de planificación familiar, y cuando éstos no tienen éxito, hacer frente a embarazos no deseados.

6. Me gustaría hacer hincapié en la necesidad de mejorar la formación de los profesionales de la salud en el desempeño de todos los servicios de salud legales. En el Reino Unido, la Asociación Médica Británica permite que estudiantes de medicina para optar por no ser testigo de un aborto, sin embargo, hace hincapié en la importancia de aprender sobre todos los procedimientos médicos, a pesar de la objeción de conciencia y falta de voluntad para llevarlas a cabo (ver E propuesta de enmienda).3

7. También es fundamental para crear un ambiente tolerante de trabajo - tanto para los objetores y no objetores. Por un lado, los profesionales médicos que se oponen a la realización de los servicios jurídicos de la salud reproductiva, tales como el aborto, no debe ser objeto de marginación en el lugar de trabajo.4 Por otro lado, no hacer objeciones, los proveedores que están expuestas a un comportamiento hostil y crítico de sus colegas no se decidan a realizar tales servicios. La hostilidad que la experiencia no objetores en el lugar de trabajo, por lo tanto, tiene un impacto negativo sobre el acceso de las mujeres a los servicios jurídicos de la salud reproductiva (véase la propuesta de enmienda G).

8. Por otra parte, es mi opinión personal es que los profesionales médicos que voluntariamente elegir una especialidad médica no debe ser capaz de abrazar su propia concepción de la misma, lo que daría lugar a la aparición de normas dispares de la asistencia sanitaria. Los profesionales de la medicina son regulados por el estado. Si las mujeres no pueden ejercer su derecho a un aborto legal, porque la mayoría de los médicos se niegan a realizar este procedimiento, la invocación de la objeción de conciencia, ¿cuál es el punto de hablar de derechos de la mujer?

9. Además, los Estados miembros deben ser alentados a exigir que los establecimientos de salud públicos y privados se adhieran al mismo marco normativo relacionado con la objeción de conciencia. En muchas situaciones de emergencia, de hecho, las mujeres cuya salud o la vida están en riesgo pueden ser incapaces de llegar a un centro público de manera oportuna, y por lo tanto debe ser capaz de acceder a servicios legales de salud reproductiva en el centro de salud más cercano a ellos, independientemente de si su carácter público o privado (véase la propuesta de modificación B).

10. En este sentido, en La resolución 1607 (2008), la Asamblea Parlamentaria pidió que el acceso al aborto seguro y legal e invitó a los Estados Miembros a:

"7.2. garantizará a las mujeres el ejercicio de efectivo de su derecho de acceso a un aborto seguro y legal;

7.3. permiten libertad de las mujeres de elección y ofrecer las condiciones para una elección libre y consciente, sin específicamente la promoción del aborto;

7.4. Levantar las restricciones que dificultan, de jure o de facto, el acceso al aborto seguro, y, en particular, adoptar las medidas necesarias para crear las condiciones adecuadas para la salud, atención médica y psicológica y ofrecer una cobertura financiera adecuada ".

11. Cabe señalar que en la misma resolución, la Asamblea subrayó que "la decisión final sobre si debe o no hacerse un aborto debe ser una cuestión para la mujer en cuestión, que deben tener los medios para ejercer este derecho de manera efectiva" (párrafo 6).

12. Para garantizar el acceso al aborto seguro y legal, y también el acceso a universalmente disponibles, los servicios de salud de alta calidad, Por lo tanto, considera necesario regular el recurso a la objeción de conciencia para que no tiene primacía sobre los derechos y sustituyen a otras, en la práctica priva las mujeres de la posibilidad de ejercer sus legítimos derechos, en particular en materia de salud sexual y reproductiva. A medida que el Social, Sanidad y Asuntos de la Familia Comité afirma en el párrafo 4 de sus estados miembros el proyecto de resolución tienen la obligación, por una parte, a "garantizar el acceso a la atención médica y legal para proteger el derecho a la salud" y, por otro lado, a "garantizar el respeto del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de los proveedores de atención sanitaria individual". En consecuencia, invitar al Comité a aprobar el Social, Sanidad y las propuestas de la Comisión de Asuntos de Familia y para apoyar las siete enmiendas que figura más arriba.

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1 Referencia a la Comisión: Doc. 11757, Referencia 3516, de 26 de enero de 2009. Comité de Información: Social, Sanidad y Asuntos de la Familia Comité. Ver Doc. 12347. Dictamen aprobado por el Comité el 4 de octubre de 2010.

2 La OMS Enfoque estratégico para el fortalecimiento de las políticas de salud sexual y reproductiva y los programas, WHO/RHR/07.7, OMS, 2007.

3 Asociación Médica Británica, "La objeción de conciencia y creencias de los médicos personales", disponible en www.gmc-uk.org/guidance/ethical_guidance/personal_beliefs.asp [En adelante, BMA Directrices]; Aborto Test, "GMC desarrolla una nueva guía sobre la objeción de conciencia", 1 de octubre de 2007, disponible en

www.abortionreview.org/index.php/site/article/237/. La petición fue traído a mi atención por el Centro de Derechos Reproductivos.

4 En el Reino Unido, la British Medical Association ha reconocido que "los médicos que tienen una objeción de conciencia al aborto no debe ser marginado profesionalmente" (Directrices de BMA, ibíd.).

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