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jueves, 21 de octubre de 2010
AUMENTAN LAS RECLAMACIONES EXTRAJUDICIALES EN CATALUÑA
Según los datos del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña, el año pasado se registraron 202 reclamaciones extrajudiciales (62,9 por ciento del total), mientras que las penales fueron 70 (21,8 por ciento) y la civiles, 48 (14,9 por ciento). Los datos confirman una tendencia al alza que comenzó en 2004 y que se ha mantenido en el primer semestre de este año.
Los datos del Consejo también muestran cómo están bajando el número de siniestros en la comunidad autónoma: 321 al año pasado, 338 en 2008 y 345 en 2007. Entre enero y septiembre de este años se han registrado 207. Y paralelamente se está observando una ligera tendencia a la baja en los siniestros que llegan a la vía penal, en la que sólo prosperan un 5 por ciento de los casos, según ha explicado Josep Arimany, director del Área de Praxis del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB) y del Servicio de Responsabilidad Profesional del Consejo de Colegios catalanes.
* Los acuerdos extrajudiciales dan lugar a indemnizaciones casi inmediatas (en seis meses) y análogas al baremo de Tráfico
A su juicio, está calando entre abogados y usuarios que la vía extrajudicial es la mas rápida y barata para lograr indemnizaciones cuando hay relación de causalidad entre el daño y la atención recibida. La vía judicial puede suponer un proceso de siete u ocho años y un alto coste en abogados, procuradores y péritos y no es seguro que el paciente vaya a ganarlo. En Cataluña, donde los médicos de Barcelona, Tarragona, Lérida (en Gerona, sólo 200), las patronales del sector concertado, el Instituto Catalán de la Salud y el Servicio Catalán de la Salud comparten la misma póliza de responsabilidad civil (de Zurich), hay tres comisiones con miembros de todas las partes implicadas (técnica, de seguimiento y tripartita) que analizan los casos. "Para que se acepte indemnizar tiene que haber un equilibrio: si ha habido mal resultado pero buena praxis, lógicamente no hay acuerdo extrajudicial posible". Las indemnizaciones son casi inmediatas (seis meses después de hacerse la reclamación) y por cantidades análogas a las que establece el baremo de Tráfico, porque en España no hay baremo de daños sanitarios.
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