Fuente: www.analisisdigital.com.ar
El Poder Ejecutivo promulgó bajo el número 10.035
la ley de adhesión a la norma nacional Nº 25.929 sobre derechos de
padres e hijos durante el proceso de nacimiento, que será de aplicación
tanto en el ámbito público como privado de la atención de la salud en
Entre Ríos. El texto, que fue impulsado por profesionales médicos de
Paraná obliga a las obras sociales y prepagas a contener estas
prácticas. Para ello, el artículo segundo de la ley ordena que se
realicen “las adecuaciones necesarias en el Instituto de Obra Social de
la Provincia de Entre Ríos (IOSPER) y en las entidades de medicina
prepaga del ámbito provincial, a fin de incorporar de pleno derecho al
programa médico obligatorio las prestaciones”, que habilita esta ley.
“La promulgación de la ley es un gran
paso. Es fundamental. Es un triunfo después de tanta lucha para que se
respeten los derechos”, dijo la médica Rosana Satler, promotora de la
ley que formalizó inicialmente Diputados.
En ese sentido añadió: “Con esta promulgación se abre una puerta. El
paso que sigue es que se cumpla”, evaluó la profesional que adelantó que
con la promulgación de la ley “lo que debemos hacer es informar a la
gente, a los ciudadanos porque somos agentes de educación para padres, y
deben comprender lo que esta ley significa”.
Con la ley en marcha, mencionó que las primeras acciones serán “las
visitas a los organismos público porque es necesario producir el cambio.
Vamos a trabajar para ver cómo impacta en los diferentes lugares y
también para ver cómo se instrumenta”, explicó la profesional que
lamentó, a su vez, que el trabajo se reduzca “a un par de familias” ya
que admitió que “institucionalmente” no hay un respaldo a la propuesta.
La ley a la que adhiere, mediante la 10.035 la provincia, garantiza la
vigencia en el ámbito público como privado de la atención de la salud en
el país. Las obras sociales regidas por leyes nacionales y las
entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente las
prestaciones establecidas en esta ley, las que quedan incorporadas al
Programa Médico Obligatorio.
Y que toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el
parto y el postparto, tiene derecho a ser informada sobre las distintas
intervenciones médicas, de manera que pueda optar libremente.embarazo
Ley de Parto Humanizado Nº 25.929: Derechos de Padres e Hijos durante el
Proceso de Nacimiento, a ser tratada con respeto, de modo personalizado
y que se garantice su intimidad, a ser considerada, como una persona
sana, de modo que sea protagonista de su propio parto. Y también al
parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico,
evitando prácticas invasivas. A ser informada sobre la evolución de su
parto, el estado de su hijo o hija. Además le otorga derechos para no
ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de
investigación, salvo consentimiento por escrito, a estar acompañada por
una persona de su confianza y elección, a tener a su lado a su hijo o
hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario y a ser
informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia
materna y recibir apoyo para amamantar, entre otras disposiciones,
publicó RecintoNet.
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