viernes, 6 de mayo de 2011

PRÓRROGA AUXILIOS FINANCIEROS DE O.S. PARA PLANES DE PREVENCIÓN

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución N° 406/2011

Bs. As., 29/4/2011

VISTO las Resoluciones N° 806/07, N° 1099/09 y N° 229/11 del registro interno de esta Superintendencia, y el Expediente N° 163.413/2009 SSSalud y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 806/07-SSSALUD dispuso el auxilio financiero a Obras Sociales para la implementación y ejecución de los Planes y Programas de Prevención definidos por el mismo acto resolutivo, estableciendo mecanismos de información y transmisión de datos desde los Agentes del Seguro hacia esta Superintendencia.

Que de acuerdo con las recomendaciones formuladas por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, mediante Resolución N° 1099/09 esta Superintendencia dispuso una modificación de las especificaciones originalmente previstas para la información de los aludidos Programas de Prevención, contemplando el reenvío de los datos correspondientes a los años 2008 y 2009.


Que la modificación dispuesta ha tenido como objeto la adopción de una nueva metodología que permitiera dar coherencia a los datos obtenidos, para estar en condiciones de realizar inferencias respecto del conjunto de beneficiarios del Sistema, dado que la cantidad correspondiente a las Obras Sociales informantes resulta una muestra significativa del total de la población.

Que mediante Resolución N° 229/11 se ha solicitado a las Obras Sociales informantes la presentación de dichos datos para los períodos subsiguientes de 2009 y 2010, y la información de rendición de cuentas desde el inicio de los Programas de Prevención, con vencimiento en su presentación al 30/04/2011.

Que diversos Agentes del Seguro han realizado presentaciones y consultas ante esta Superintendencia, solicitando se analice la posibilidad de disponer una prórroga del plazo establecido por el Artículo 2° de la Resolución N° 229/11-SSSALUD para la entrega de la información.

Que en la Gerencia de Gestión Estratégica se ha procedido a analizar tales pedidos y en función de las observaciones a revisar, se ha recomendado que se prorrogue el vencimiento establecido, en atención a que el objetivo esencial que se ha propuesto esta Superintendencia es el contar con la información más completa posible respecto de la ejecución de los aludidos Programas de Prevención.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros.1615/96 y 1034/09,
Por ello,

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorrógase el plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución N° 229/11 SSSALUD hasta el 31 de mayo de 2011.

ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese a las Obras Sociales receptoras de auxilios financieros para la implementación y ejecución de Programas de Prevención en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 806/07-SSSALUD, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Dr. RICARDO E. BELLAGIO, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud

No hay comentarios: