B.O. 10/02/11 - Resolución 102/11-MS - SALUD PUBLICA - Aprueba e
incorpora al Programa Médico Obligatorio la pesquisa a través del
marcador sérico IgA para la detección de la enfermedad celíaca
Ministerio de Salud
SALUD PUBLICA
Resolución 102/2011
Apruébase e incorpórase al Programa
Médico Obligatorio la pesquisa a través del marcador sérico IgA para la
detección de la enfermedad celíaca.
Bs. As., 2/2/2011
VISTO el Expediente Nº
1-2002-21630/10-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº
26.588, el Decreto 492 del 2 de septiembre de 1995, y la Resolución del
ex MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE Nº 1991 del 28 de diciembre de 2005,
complementarias y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la enfermedad celíaca es una
condición permanente de intolerancia al gluten y se manifiesta como una
enteropatía mediada por mecanismos inmunológicos.
Que por Ley Nº 26.588 se declara de
interés
nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica,
la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y
tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso
a los alimentos libres de gluten.
Que conforme al informe técnico
científico
elaborado por la Unidad Coordinadora de Evaluación de Tecnología
Sanitaria del MINISTERIO DE SALUD, en Argentina existe un caso cada 79
niños y uno cada 167 adultos.
Que la Ley mencionada determina que las
obras sociales enmarcadas en las Leyes Nros. 23.660 y 23.661, la obra
social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social
para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina
prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las
universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden
servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la
figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las
personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el
seguimiento y el tratamiento de la misma.
Que varias de las prácticas y
tratamientos que forman parte del tratamiento integral de la enfermedad
celíaca ya están incluidas en el PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO hoy vigente
por Resolución MS 1991/2005, complementarias y modificatorias.
Que, sin embargo, resulta necesario
incorporar otras prácticas y tratamientos destinados a su efectiva
detección y diagnóstico, ya que la detección temprana y el tratamiento
oportuno revisten fundamental importancia para evitar complicaciones
secundarias de esta patología.
Que el análisis con el Anticuerpo IgA
Anti Transglutaminasa tisular humana (a-tTGIgA) y la biopsia endoscópica
del duodeno proximal son herramientas costo-efectivas para el
diagnóstico de la enfermedad celíaca.
Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION
SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS,
REGULACION E INSTITUTOS han prestado conformidad a esta propuesta.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa conforme a las
disposiciones de la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificada por Ley
Nº 26.338, la Ley Nº26.588 y el Decreto 492/1995.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase e incorpórase al
PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO la pesquisa a través del marcador sérico
IgA Anticuerpos anti transglutaminasa tisular humana (a-tTG-IgA) para la
detección de la enfermedad celíaca.
Art. 2º — Apruébase e incorpórese al
PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO la biopsia del duodeno proximal para el
diagnóstico de la enfermedad celíaca.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Juan L. Manzur.
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